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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (19/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 32

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G37/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 19 de setiembre de 2004 Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 047- 2004-CD/OSIPTEL de fecha 2 de junio de 2004 se exone-ró a OSIPTEL del proceso de adjudicación directa para lacontratación del consultor David Sappington; Que, la Resolución de Presidencia Nº 018-2004-PD/O- SIPTEL y la Resolución de Consejo Directivo Nº 047-2004-CD/OSIPTEL aprueban los valores referenciales que com-prende los honorarios para el pago de los consultores y losimpuestos de Ley; Que, en los valores referenciales aprobados no se consi- deró el IES, debido a una interpretación en la aplicación de los impuestos que afectan los honorarios que perciben losconsultores por sus servicios como personas naturales nodomiciliadas en el País; Que, en ese sentido se considera que el pago de los honorarios de los consultores esta afecto al IES, por lo que resulta necesario modificar los valores referenciales apro- bados con la finalidad de cumplir en pagarle a los consul-tores los honorarios netos acordados; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado; el Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado; y la Ley Nº 28128, Ley de Presupuestodel Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2004 ycon lo acordado en la Sesión del Consejo Directivo Nº 208del 13 de setiembre 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el valor referencial considerado en la Resolución de Presidencia Nº 018-2004-PD/OSIP-TEL agregando a dicho valor la suma de US$ 662.32 (Seis-cientos sesenta y dos y 32/100 dólares americanos). Artículo 2º.- Modificar el valor referencial conside- rado en la Resolución de Consejo Directivo Nº 047-2004-CD/OSIPTEL agregando a dicho valor la suma de US$1,053.70 (Mil cincuenta y tres y 70/100 dólares america-nos). Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia General la suscrip- ción de las addendas correspondientes modificando los montos a pagar a los consultores incluidos el Impuesto a laRenta y el Impuesto Extraordinario de Solidaridad. Artículo 4º.- Disponer que la Gerencia de Comunicación Corporativa remita copia de la presente Resolución y delinforme que sustenta esta modificación a las exoneracio- nes aprobadas mediante Resolución de Presidencia Nº 018- 2004-PD/OSIPTEL y Resolución de Consejo Directivo Nº047-2004-CD/OSIPTEL a la Contraloría General de la Re-pública dentro de los diez días calendario siguientes a lafecha de aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDWIN SAN ROMÁN Z. Presidente del Consejo Directivo 16885 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G63/G6F/G6E/G6F/G2D /G6D/G69/G73/G74/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G6F/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G6D/G6F/G64/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 655-2004-GR-LL/PRE Trujillo, 21 de junio del 2004 VISTOS: El Memorándum Nº 076-2004-GR.LL/PRE/GGR de fe- cha 31.05.2004 con el que se adjunta el Informe TécnicoNº 01-2004-GR.LL-PRE/GGR de fecha mayo del 2004 y elMemorando Nº 065-2004-GR.LL-PRE/GGR de fecha12.05.2004, sobre contratación de servicios personalísi- mos del economista Dr. Carlos Justo Rivas Dávila; y,CONSIDERANDO: Que, el literal h) del Artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, exonera de los procesos de Concurso Público o Ad- judicación Directa, según sea el caso; las contratacionesque se realicen para servicios personalísimos, contrata-ciones que en virtud del Artículo 20º del mismo cuerpo le-gal se realizarán mediante Proceso de Adjudicación deMenor Cuantía; Que, el Artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, establece que deconformidad con el inciso h) del Artículo 19º de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, se encuentranexonerados del respectivo proceso de selección, los con-tratos de locación de servicios para cuya celebración se tenga en cuenta y como requisito esencial, a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, par-ticulares o especiales o por su determinada calidad, profe-sión, arte u oficio; Que, con Memorando Nº 065-2004-GR.LL-PRE/GGR, la Gerencia General del Gobierno Regional de La Liber- tad, da conocer la disposición del Presidente del Gobier- no Regional La Libertad Dr. Homero Burgos Oliveros decontratar los servicios de un Asesor para la Presidenciadel Gobierno Regional especializado en temas económi-cos, financieros, presupuestales y contables con la fina-lidad de obtener recursos presupuestales de entidades financieras nacionales y extranjeras, a fin de que el Go- bierno Regional pueda cumplir con sus compromisos conlos pueblos del ámbito regional, proponiendo al Dr. Car-los RIVAS DÁVILA, por sus cualidades personalísimasy amplia experiencia en asesoría técnica que exigen losprocesos en mención; Que, mediante Informe Técnico Nº 01-2004-GR.LL- PRE/GGR de fecha mayo del 2004 la Gerencia GeneralRegional sustenta la contratación del Dr. Carlos RIVASDÁVILA por ser un profesional especializado en temaseconómicos, financieros y contables que prestan ase-soría técnica y legal en el ámbito nacional, conocido por su labor profesional en su especialidad tanto en el país como en el extranjero que su trayectoria denota ampliaexperiencia en el campo económico, financiero y conta-ble lo que sumado a la posición especial que le otorga alser Ministro de Economía y Finanzas, Decano del Cole-gio de Economistas de Lima, Presidente de la Comisión Bicameral de Presupuesto y Cuenta General del Con- greso; Estando a lo expuesto y con la visación de la Ge- rencia General Regional, Gerencia de Asesoría Jurídi-ca, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuestoy Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Administración y de conformidad con las facultades conferidas mediante Leyes Nº 27783 - Ley de Bases dela Descentralización, Nº 27867 - Ley Orgánica de losGobiernos Regionales y su modificatoria Nº 27902; SE RESUELVE: Artículo Primero.- EXONERAR del Proceso de Se- lección Adjudicación Directa Selectiva la Contratación delos Servicios Personalísimos del economista Carlos JustoRIVAS DÁVILA, por Locación de Servicios en la Modali-dad de Menor Cuantía. Artículo Segundo.- El valor neto que se ha determinado para el contrato del mencionado profesional es de S/.21,000.00 Nuevos Soles, por el período comprendido delmes de abril al mes de junio del 2004. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia Regional de Administración se encargue de realizar la contratación exonerada del mencionado profesional, por la presente Resolución, conforme a la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado y su Reglamento. Artículo Cuarto.- Notificar a cada una de las Unidades Orgánicas pertinentes del Gobierno Regional La Libertady remitir copia fedateada de la presente Resolución a la Contraloría General de la República dentro de los 10 días calendario a su aprobación. Regístrese y comuníquese. HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 16963