Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2004 (19/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, MORDAZA 19 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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ticulo 18º de dicha Ley, en un plazo de cuarenta y cinco (45) dias calendario; Que, el Consejo Nacional de Descentralizacion ha cumplido con formular dentro del plazo establecido, los criterios y lineamientos para la elaboracion del expediente tecnico para la integracion y conformacion de Regiones; y, Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en Sesion Ordinaria de fecha 16 de agosto de 2004, de conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 27783 y sus normas modificatorias, Ley de Bases de la Descentralizacion, la Ley Nº 27867 y sus normas modificatorias y complementarias, Ley Organica de Gobiernos Regionales, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, la Ley Nº 28274, Ley de Incentivos para la Integracion de Regiones, y su MORDAZA reglamentaria aprobada por el Decreto Supremo Nº 063-2004-PCM, y en uso de las atribuciones dispuestas por la Resolucion Presidencial Nº 053-CND-P2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 003-CND-P-2004 "Criterios y Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Expediente Tecnico para la Integracion y Conformacion de Regiones - Ley N° 28274", la misma que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Directiva rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente DIRECTIVA Nº 003-CND-P-2004 "CRITERIOS Y LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACION Y APROBACION DEL EXPEDIENTE TECNICO PARA LA INTEGRACION Y CONFORMACION DE REGIONES - LEY Nº 28274" 1. OBJETO La presente Directiva tiene por objeto establecer los criterios y lineamientos para la elaboracion del Expediente Tecnico que contendra la fundamentacion de la viabilidad para la conformacion de Regiones que propongan los ciudadanos y/o instituciones que tienen iniciativa para tal efecto, asi como los factores para la aprobacion de dicho Expediente, en el MORDAZA de las disposiciones establecidas en la Ley Nº 28274, Ley de Incentivos para la Integracion y Conformacion de Regiones, y en su MORDAZA reglamentaria aprobada por el Decreto Supremo Nº 063-2004PCM. 2. BASE LEGAL 2.1 Constitucion Politica del Peru. 2.2 Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 2.3 Ley Nº 27783 y sus normas modificatorias, Ley de Bases de la Descentralizacion. 2.4 Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica. 2.5 Ley Nº 27795, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM. 2.6 Ley Nº 27867 y sus normas modificatorias y complementarias, Ley Organica de Gobiernos Regionales. 2.7 Ley Nº 27972 y sus normas modificatorias, Ley Organica de Municipalidades. 2.8 Ley Nº 28059, Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada. 2.9 Ley Nº 28274, Ley de Incentivos para la Integracion y Conformacion de Regiones. 2.10 Decreto Legislativo Nº 955, Ley de Descentralizacion Fiscal. 2.11 Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 816, Codigo Tributario. 2.12 Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM. 2.13 Decreto Supremo N° 063-2004-PCM, Reglamento de la Ley Nº 28274, Ley de Incentivos para la Integracion y Conformacion de Regiones.

2.14 Resolucion Presidencial Nº 042-CND-P-2003, Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Nacional de Descentralizacion. 2.15 Resolucion Ministerial Nº 100-2003-PCM que aprueba la Directiva Nº 001-2003-PCM/DNTDT sobre Diagnostico y Zonificacion para fines de Demarcacion Territorial y Directiva Nº 002-2003-PCM-DNTDT que establece el "Procedimiento de Registro y MORDAZA de Expedientes sobre Demarcacion y Organizacion Territorial". 3. ALCANCES La presente Directiva es de aplicacion a todos los Funcionarios y Servidores que laboran en el Gobierno Nacional, en los Gobiernos Regionales y en los Gobiernos Locales, sin distincion de cargo o de regimen de contratacion, asi como a la Sociedad Civil organizada conforme a lo dispuesto en los articulos 16º y 17º de la Ley Nº 28274, que en el MORDAZA de las iniciativas para la integracion y conformacion de Regiones, se encuentren vinculados con la MORDAZA de dichas iniciativas y con los procesos de sustentacion y evaluacion de los Expedientes Tecnicos que las contienen, conforme a lo dispuesto en los articulos 18º y 19º de la Ley Nº 28274 y en los articulos 24º, 25º y 26º del Decreto Supremo N° 063-2004-PCM. 4. CRITERIOS Y LINEAMIENTOS Los criterios y lineamientos establecidos en la presente Directiva, son de aplicacion general en la elaboracion de los Expedientes Tecnicos a ser presentados al CND en la primera etapa referida a la integracion de dos o mas departamentos en una Region. Asimismo, seran aplicables, en lo que resulte pertinente, en una MORDAZA etapa referida a la integracion de provincias y distritos a una Region previamente conformada. Los criterios y lineamientos enunciados no son limitativos o excluyentes, de manera tal que, sin desvirtuar el caracter basico de la estructura que se plantea, los Expedientes Tecnicos podran adaptarse a las condiciones tecnicas e informacion disponible. 4.1 Estructura y Sustentacion del Expediente Tecnico La viabilidad de la Region propuesta debe acreditarse en el Expediente Tecnico, el mismo que sera formulado tomando en consideracion elementos politicos, economicos, sociales, culturales, historicos, territoriales y de gestion; sustentados en informacion base de fuente primaria o secundaria, sea esta estadistica y/o cartografica, que provenga de una entidad estatal que tenga la responsabilidad y reconocimiento oficial para realizar dicha labor. La MORDAZA de informacion de caracter prospectivo o de MORDAZA no oficiales debe estar acompanada de los correspondientes estudios tecnicos; siendo esta informacion de responsabilidad de quienes presenten el Expediente Tecnico. La informacion a ser evaluada por el CND permitira una aproximacion a la problematica y las perspectivas de la Region a conformarse; asimismo, servira como diagnostico de base para evaluar el avance de las acciones del futuro Gobierno Regional y sus impactos. Incluira las orientaciones estrategicas para una vision de desarrollo regional compartida por la poblacion, y los criterios y evaluacion de la viabilidad territorial, economico-financiera, politico-institucional y social de la futura Region. El Expediente Tecnico debe de respetar la siguiente estructura de contenido: A. INDICE. B. RESUMEN EJECUTIVO. I. Resena del MORDAZA seguido en la elaboracion del Expediente Tecnico, con indicacion de la metodologia utilizada en su elaboracion y de las personas e instituciones que participen en ella. II. Viabilidad general de la Region, incluyendo una vision de la misma en el contexto nacional, y la estrategia general que impulsara el desarrollo de la nueva Region. III. Identificacion de los beneficios economicos y sociales que obtendran cada uno de los departamentos que se integran a la Region. C. MORDAZA I. Nombre o denominacion de la Region. II. Departamentos incluidos en la Region, con indicacion expresa de sus correspondientes provincias y distritos.

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