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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (20/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 21

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G36/G37/G37/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 20 de setiembre de 2004 TARGA en servicios de salud de Organizaciones No Gu- bernamentales, de acuerdo a su capacidad resolutiva, pre-via evaluación por la Estrategia Sanitaria Nacional de Pre-vención y Control de Infecciones de Transmisión Sexual yVIH-SIDA". Artículo 2º.- Priorizar las siguientes acciones para con- solidar la capacidad de respuesta del sector en el Trata-miento Antirretroviral de Gran Actividad -TARGA: - Facilitar de acuerdo a las características locales, la disposición a tiempo completo de los especialistas y losintegrantes de los equipos multidisciplinarios. - El precio del paquete mínimo de exámenes comple- mentarios para el inicio del tratamiento no deberá excederlos S/.20,00 con la posibilidad de acceder a una exonera-ción total si el caso lo amerita, previa evaluación social. - Facilitar la supervisión de campo de las direcciones de salud a los niveles operativos para verificar el cumpli-miento de la normatividad relacionada al TARGA y brindarasistencia técnica administrativa. - Aplicar un plan comunicacional para incrementar la demanda de usuarios al TARGA. - Brindar las facilidades requeridas para la formación de Grupos de Ayuda Mutua (GAM) en los establecimientosacreditados para el TARGA. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas, para que a través de la Estrategia Sanita-ria Nacional de Prevención y Control de Infecciones deTransmisión Sexual y VIH/SIDA supervise, monitoree yevalúe el cumplimiento de la presente resolución a nivelnacional. Artículo 4º.- Disponer que las direcciones regionales de salud, hospitales e institutos implementen la presenteresolución, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 5º.- Disponer que la Oficina General de Co- municaciones, publique el contenido de la presente resolu-ción en la página web del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquesePILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 16893TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G2D/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G61/G62/G6C/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 691-2004-MTC/03 Lima, 16 de septiembre de 2004 VISTA, la solicitud formulada con Expediente Nº 2004- 000779 por don DIDI MATOS BENITES para que se le otor-gue concesión para la prestación del servicio público de dis-tribución de radiodifusión por cable en el distrito de Huaria-ca, de la provincia de Pasco, del departamento de Pasco; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde alMinisterio de Transportes y Comunicaciones otorgar con-cesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materiade telecomunicaciones; Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado del Re- glamento General de la Ley de Telecomunicaciones, apro-bado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, estableceque los servicios públicos de difusión se prestan bajo elrégimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimientode los requisitos y trámites establecidos en la Ley y suReglamento y se perfecciona mediante la suscripción deun contrato de concesión aprobado por el Titular del Minis-terio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado del Re- glamento General de la Ley de Telecomunicaciones, esta-blece que entre los servicios públicos de difusión se en-cuentra el servicio público de distribución de radiodifusiónpor cable; Que, mediante Informes Nºs. 073 y 198-2004-MTC/ REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado , se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere. 3. La documentación a publicar se enviará además al siguiente correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo N°. 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU