Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2004 (20/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES
RESUELVE:

MORDAZA, lunes 20 de setiembre de 2004

vista en el articulo 201 numerales 1 y 2 de la indicada Ley Organica, constituyendo lo sucedido hechos que atentan gravemente contra la respetabilidad del Poder Judicial, comprometiendo la dignidad del cargo y desmereciendolo en el concepto publico, lo que le hace pasible de la sancion de destitucion de conformidad con lo dispuesto en el articulo 31 numeral 2 de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; por lo que mi MORDAZA es porque se declare infundada la excepcion de caducidad deducida por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y se le imponga la medida disciplinaria de destitucion, por su actuacion como Juez Titular del MORDAZA Juzgado Civil de Sullana, de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, disponiendose la cancelacion del titulo y todo otro nombramiento que se le hubiere otorgado al magistrado destituido, inscribiendose la medida en el registro personal, debiendose asimismo comunicar al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica. MORDAZA LA HOZ LORA. 16926

Articulo Unico.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del Partido Peru Posible, para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Chachas, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2003-2006; debiendosele otorgar la respectiva credencial. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 16927

JNE
Convocan a candidatos no proclamados para que asuman cargos de regidores de los Concejos Distritales de Chachas y Razuri
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 185-2004-JNE Exp. Nº 298-2004 MORDAZA, 17 de setiembre de 2004 VISTA la solicitud de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Funes, MORDAZA del Concejo Distrital de Chachas, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, para la convocatoria del candidato reemplazante ante la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llamoca; CONSIDERANDO: Que notificado don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llamoca para que ejerza su derecho de defensa, conforme consta a fojas 7, en sesion extraordinaria del 8 de marzo de 2004, el Concejo Distrital de Chachas, acordo con MORDAZA aprobatorio de cinco miembros, declarar la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llamoca, por la causal prevista en el inciso 7) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, segun consta de la MORDAZA del acta que obra a fojas 9; expidiendose la Resolucion Municipal Nº 0016-2004-MDCH del 6 de MORDAZA de 2004 de fojas 10; Que con las constancias de citacion que obran a fojas 8 y 18 a 20, se acredita haber notificado a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llamoca a las sesiones de concejo del 22 de diciembre de 2003, 5 de enero de 2004, 28 de enero de 2004 y 6 de febrero de 2004, mas en las actas correspondientes a dichas fechas, consta que el citado Regidor no asistio a las sesiones de concejo estando debidamente notificado, conforme consta a fojas 22, 25 y 26; Que con fecha 23 de agosto de 2004, se presento el documento que obra a fojas 48, por el que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLamoca manifesto su conformidad con la declaratoria de vacancia de su cargo de Regidor del citado concejo; Que conforme lo dispone el articulo 24º de la acotada ley, en caso de vacancia del Regidor lo reemplaza el suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, correspondiendo la suplencia a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, segun documentacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Castilla; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 186-2004-JNE Exp. Nº 622-2004 MORDAZA, 17 de setiembre de 2004 VISTA la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Alcaldesa del Concejo Distrital de Razuri, provincia de Ascope, departamento de La MORDAZA, por el que solicita se convoque al candidato que por ley corresponde, ante la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA Asmat Chirinos; CONSIDERANDO: Que segun las constancias que obran a fojas 2, 21 y 31, emitidas por la Juez de Paz de Unica Nominacion del distrito, se cito a don MORDAZA MORDAZA Asmat MORDAZA para que concurra a las sesiones ordinarias de concejo de fechas 19 de MORDAZA, 28 de MORDAZA y 19 de MORDAZA de 2004; y en las actas de las sesiones ordinarias de las referidas fechas, consta la inconcurrencia del citado Regidor; Que con la MORDAZA que obra a fojas 57, se acredita haber notificado a don MORDAZA MORDAZA Asmat MORDAZA, para que asista y ejerza su derecho de defensa en la sesion extraordinaria del 22 de junio de 2004, convocada para tratar la vacancia de su cargo de Regidor; Que el Concejo Distrital de Razuri en sesion extraordinaria del 22 de junio de 2004, con el MORDAZA aprobatorio de cuatro miembros de seis, que es el numero legal, acordo declarar la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA Asmat MORDAZA, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas de concejo, prevista en el inciso 7) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, conforme consta de fojas 58 a 60, expidiendose el Acuerdo de Concejo Nº 054-2004-MDR-PM; Que notificado con el acuerdo de vacancia el 5 de MORDAZA de 2004, conforme consta a fojas 62, segun la certificacion emitida por la Juez de Paz de Unica Nominacion del distrito de Razuri - Puerto Malabrigo, a la fecha ha transcurrido el plazo de ley para interponer los recursos impugnatorios que faculta el articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por tanto, dicho acuerdo ha quedado consentido; Que conforme lo establece el numeral 2) del articulo 24º de la Ley Nº 27972, en caso de vacancia del regidor, este es reemplazado por el suplente respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, correspondiendo convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada del Partido Aprista Peruano; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;

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