NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (20/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 24
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G36/G37/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 20 de setiembre de 2004 ción antes referida, por parte de los trabajadores de esta Corte Superior de Justicia que acataron la huelga nacionalaludida, los mismos que deben compensar con dos horasadicionales a la jornada laboral, de lunes a viernes de ma-nera obligatoria con atención al público, por los días nolaborados desde el 1 de agosto del año en curso; Que, asimismo, se deben emitir disposiciones relativas a la atención al público en este Distrito Judicial, para elcumplimiento del Acuerdo antes mencionado, las mismasque podrán irse actualizando a manera que se dicten otrasnormas sobre el particular; Que, en consecuencia, en uso de las atribuciones con- feridas a los Presidentes de Cortes Superiores, por los in-cisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado dela Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por DecretoSupremo Nº 017-93-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER, que para efecto de lo establecido en la parte considerativa de la presente Reso-lución, la atención al público se efectuará, solo en cuanto alos siguientes aspectos se refiere: a) Recepción de escritos, hasta las 6.30 p.m. b) Información sobre el estado de los expedientes judi- ciales, hasta las 6.45 p.m. Artículo Segundo.- DISPONER, que para lo dispues- to en el Artículo Primero de la presente Resolución, la aten-ción al público en esta Corte Superior de Justicia, se desa-rrolle a través de las siguientes Dependencias: Centro de Distribución General, incluyendo la atención de venta de cédulas de notificación. Centro de Distribución Modular de los Módulos Corpo- rativos Laboral y de Familia, Penal y Civil. Centro de Distribución Modular del Módulo Básico de Justicia de Ventanilla. Mesa de Partes del Segundo Juzgado Mixto de Venta- nilla. Mesa de Partes del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla. Mesa Unica de Partes de los Juzgados de Paz Letrado del Callao. Mesa de Partes de las Salas Superiores. Artículo Tercero.- DISPONER, que los Administrado-res de los respectivos Módulos, Administrador del Centro de Distribución General, Administrador de los Juzgados dePaz Letrados y Secretarios de Salas Superiores, se encar-garán de organizar la atención al público a que se refiere lapresente Resolución, por parte del personal sujeto a la com-pensación de horas por los días no laborados, así como elcontrol de dicha compensación; debiendo coordinar con elEncargado del Centro de Control de Asistencia de esta Cor-te Superior de Justicia, quien bajo responsabilidad deberáremitir la información que se requiera para tal efecto. Artículo Cuarto.- DISPONER, que en cuanto se refie- re al Segundo Juzgado Mixto y Segundo Juzgado de PazLetrado de Ventanilla, la coordinación y organización a laque se alude en el artículo precedente, se efectuará porlos señores Magistrados a cargo de dichos Órganos Juris-diccionales. Artículo Quinto.- DISPONER, que en caso de contar con personal suficiente para la atención al público, de acuer-do a lo dispuesto en el Artículo Tercero de la presente Re-solución, el personal sujeto a la compensación de horaspor los días no laborados, que no ejerza dicha función du-rante las dos horas adicionales de labores, deberá prestarapoyo a las demás Áreas de su respectivo Órgano Juris-diccional y/o Administrativo; la organización de este apoyoestará a cargo de mismo personal al que alude en el citadoArtículo Tercero. Artículo Sexto.- DISPONER, que la Comisión Distrital de Control de la Magistratura del Callao - CODICMA-Ca-llao, realice visitas extraordinarias para verificar el cumpli-miento de las disposiciones establecidas en la presenteResolución, informando semanalmente a este Despacho. Artículo Sétimo.- PÓNGASE, la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivodel Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistra-tura del Poder Judicial, de la Gerencia General del PoderJudicial, de la Gerencia de Personal y Escalafón del PoderJudicial, del Colegio de Abogados del Callao, de los seño-res Magistrados de esta Corte Superior de Justicia, de laOficina de Administración Distrital y de la Oficina de Ima-gen Institucional y de los interesados. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. CARLOS ZECENARRO MATEUS PresidenteCorte Superior de Justicia del Callao 16933 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Minería y otros organismos públicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2. Las resoluciones deberán presentarse debidamente refrendadas en original y acompañadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicación de éstas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente según sea el caso. 3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitirán además en disquete o al siguiente correo electrónico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. 4. No se aceptarán oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompañados por la versión electrónica. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU