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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (20/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 37

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G36/G37/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 20 de setiembre de 2004 voluntario, esquemas de reducción de comisiones en fun- ción a los compromisos de permanencia de los afiliadosen las AFP en que se encuentren inscritos. Para dicho efec-to, se deberá tener en cuenta las siguientes definiciones: a. Cotización.- El pago por el aporte obligatorio esta- blecido en el inciso a) del artículo 30º del TUO de la Leydel SPP; b. Planes de Permanencia.- Esquema de bonificación establecido por la AFP, que da lugar a la aplicación de unvalor de descuento en la comisión por administración, so-bre la base de un compromiso de permanencia futuro delafiliado en la AFP; c. Compromiso de permanencia.- Período contabiliza- do en meses en que el afiliado se compromete a permane-cer como afiliado en una determinada AFP; d. Beneficio por permanencia.- Monto equivalente a la reducción en la comisión vigente por la administración dela cuenta individual de capitalización de un afiliado, en fun-ción al compromiso de permanencia como afiliado en unadeterminada AFP. Del Plan de Permanencia AFP Artículo 54º.- Las AFP podrán implementar programas de compromiso de permanencia para sus afiliados, en cuyocaso, deberán presentar un “Plan de Permanencia AFP”,sujeto a las características siguientes: a. Ámbito.- Afiliados a la AFP que tienen la condición de activos y que se encuentran afectos al pago de una co-misión por administración que se aplica sobre la remune-ración del afiliado, de conformidad con lo establecido en elartículo 30º del TUO de la Ley del SPP; b. Beneficio.- Descuento o reducción en la comisión por administración que paga el afiliado a la AFP; c. Condición de acceso.- El descuento se hará efectivo en función al compromiso de permanencia futura del afilia-do en la AFP en la que se encuentra inscrito; d. Compromiso de permanencia.- El afiliado y la AFP acor- darán el período por el cual aquel se compromete a permane-cer en la AFP. El período no podrá ser inferior a doce (12)meses. En caso se pactaran periodos con fracciones de año,dichas fracciones solo podrán ser semestrales. Para efectosdel plazo, este se computará desde el primer día del messiguiente a la suscripción de la Carta - Compromiso de per-manencia de que trata el artículo 56º del presente Título; e. Base de cálculo para el beneficio.- Será determinado aplicando el descuento en la comisión sobre la remunera-ción asegurable del afiliado; f. Características del beneficio.- Será determinado por la AFP en el Plan de Permanencia, pudiendo fijar un únicovalor de descuento en la comisión o rangos de variaciónen función a los criterios de otorgamiento que se determi-ne en el Plan. Para efectos de una adecuada comparaciónpor parte del afiliado, el beneficio será expresado en pun-tos básicos sobre la remuneración mensual que percibiráel afiliado durante el período de permanencia; g. Criterios para el otorgamiento del beneficio.- Esta- rán en función a uno o la a combinación de los siguientescriterios : - regularidad en la cotización al fondo de pensiones; o, - tiempo de permanencia futura del afiliado; h. Otorgamiento del beneficio.- Se podrá realizar al fi- nalizar un período semestral o anual, según como se de-termine en el Plan de Permanencia. Los pagos tendrán efec-to cancelatorio; i. Abono del beneficio.- En moneda nacional, en una cuenta bancaria que será proporcionada por el afiliado, oen una cuenta de ahorro voluntario sin fin previsional; j. Condiciones de pérdida del compromiso de perma- nencia.- El compromiso de permanencia quedará sin efec-to en caso el afiliado no mantenga una regularidad en elpago de sus aportes durante el período de permanenciaconvenido, entendiendo por ello cuando se deje de realizarlos aportes en el mes que correspondan al de su deven-gue, de acuerdo con las especificaciones que establezcael Plan. Se entenderá que el afiliado cumple con la regula-ridad, en tanto el empleador haya retenido los aportes obli-gatorios de su remuneración;k. Mecanismos de salida.- El afiliado podrá dar por con- cluido el compromiso de permanencia antes del plazo acor-dado con la AFP, en cuyo caso, ello se materializará cuan-do traspase su cuenta individual a otra administradora. Laconclusión del compromiso por parte del afiliado dará lu-gar a la pérdida del beneficio contemplado en el referidoplan de permanencia; l. Renovación del compromiso de permanencia.- Al fi- nalizar el período contemplado en el Plan y deberá reque-rir autorización expresa del afiliado. Tomando en cuenta los criterios señalados en el inciso g. del presente artículo, la Superintendencia podrá admitir,de modo complementario, factores adicionales para el otor-gamiento del beneficio que provea el Plan de Permanen-cia, en la medida que su aplicación promueva escenariosde mayor competencia en la industria del SPP. En ningúncaso, los elementos establecidos en el Plan de Permanen-cia podrán importar una diferenciación entre afiliados enfunción a sus remuneraciones mensuales. Suscripción del compromiso de permanencia Artículo 55º.- Para efectos de la celebración del com- promiso de permanencia, el afiliado deberá suscribir, amodo de declaración jurada, una Carta –Compromiso conla AFP en la que se encuentra inscrito, que formará parteintegrante del Plan de Permanencia respectivo y en la quedeberá constar, cuando menos, la información siguiente: a. Identificación del afiliado; b. Nº del CUSPP;c. Domicilio y teléfono;d. Plazo del compromiso de permanencia acordado (meses de inicio – término del plazo); e. Valor o rango de reducción de comisiones acordado, expresado en puntos básicos; f. Otorgamiento del beneficio (acordado sobre la base del diseño que presente la AFP); g. Oportunidad en que se otorgará el beneficio;h. Denominación de la institución financiera y número de cuenta bancaria en donde se abonará el monto del be-neficio, de ser el caso; i. Derechos y deberes del afiliado por el compromiso de permanencia; j. Responsabilidades y obligaciones de la administra- dora por el compromiso de permanencia del afiliado; k. Condiciones que dan lugar a la pérdida del beneficio;l. Lugar y fecha;m. Firma del afiliado y del funcionario responsable de la AFP. El documento deberá ser firmado en original y copia, quedando la primera en poder de la AFP y la segunda parael afiliado. De la publicidad de los Planes de Permanencia Artículo 56º.- Las AFP, complementariamente a lo dis- puesto en el artículo 58º del presente Título, deberán po-ner en conocimiento de esta Superintendencia, de modoprevio a su implementación, el diseño del “Plan de Perma-nencia AFP” que adopte, en cuyo caso la Superintenden-cia contará con un plazo de veinte (20) días útiles paraemitir su pronunciamiento. En caso no se ajuste a las dis-posiciones establecidas en el presente Título, la Superin-tendencia observará los términos del plan o planes quepresente, suspendiendo su aplicación hasta que la AFP nosubsane los aspectos observados. Complementariamente, las AFP deberán informar las modificaciones que importen variaciones sustanciales enla adopción de criterios y/o niveles de bonificación acorda-dos, bajo los mismos términos que los acordados en elpárrafo anterior. Asimismo, las AFP deberán proveer los medios de pu- blicidad y comunicación adecuados a fin de cautelar losderechos y obligaciones de aquellos afiliados que se ha-yan acogido a algún Plan de Permanencia. Del registro de los Planes de Permanencia Artículo 57º.- Para efectos de la presentación de los Planes de Permanencia que ofrezcan las AFP a los afilia-dos, los referidos planes serán inscritos en Registro del