NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (21/09/2004)
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TEXTO PAGINA: 29
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G38/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 21 de setiembre de 2004 mento de Organización y Funciones (R.O.F.) de la Munici- palidad Distrital de Los Olivos INCORPORANDO el HOS-PITAL MUNICIPAL LOS OLIVOS como ÓRGANODESCONCENTRADO de la misma, adecuándolo a sufuncionalidad durante el período transitorio de un año, encuyo tiempo se deberán efectuar las gestiones administra-tivas tendientes al funcionamiento como ORGANISMOPÚBLICO DESCENTRALIZADO. Artículo Segundo.- DISPONER la operatividad del HOSPITAL MUNICIPAL LOS OLIVOS iniciando sus activi-dades por administración directa acorde con el Reglamen-to de Organización y Funciones R.O.F. y la Estructura Or-gánica aprobada en el artículo precedente; conforme a losfundamentos y propuestas de ejecución presupuestalesgrimidos en el presente y a lo establecido por la Ley Nº26842 que aprueba la Ley General de Salud, adecuándoseel Cuadro de Asignación de Personal - C.A.P. de la MUNI-CIPALIDAD DE LOS OLIVOS a las necesidades requeridaspara el funcionamiento inicial del HOSPITAL MUNICIPALLOS OLIVOS. Artículo Tercero.- ESTABLECER que las relaciones laborales de los trabajadores que ingresen a laborar alHOSPITAL MUNICIPAL LOS OLIVOS se sujetan al régi-men laboral de la Actividad Privada, regulado por el Decre-to Legislativo Nº 728 que dicta la Ley de Fomento del Em-pleo, y demás normas conexas. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al ALCALDE y al GE- RENTE MUNICIPAL implementar todas las acciones de sucompetencia y atribuciones, que promuevan los mecanis-mos y acciones de costo-operatividad a fin de garantizarsu autosostenibilidad y facilitar que los servicios a prestar-se por el HOSPITAL MUNICIPAL LOS OLIVOS sean eficien-tes y de calidad, así como con calidez y tarifas accesiblesa la mayoría de nuestra población. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 16992 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G64/G61/G73/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 442-2004 Los Olivos, 16 de setiembre de 2004 VISTO: El expediente Nº 004324-98 y acumulados organizado por la COOPERATIVA DE VIVIENDA ANGÉLICA GAMA-RRA DE LEÓN VELARDE solicitando la Recepción de Obrade Habilitación Urbana del terreno de 4,237.50 m2, parauso de vivienda R-4, el mismo que forma parte de un áreamayor de 43,410.22 m2 correspondiente a la II Etapa de laUrbanización Angélica Gamarra de León Velarde, ubicadoen el distrito Los Olivos, provincia y departamento de Lima,conforme a los fundamentos que expone en el mismo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1236, de fe- cha 13 de julio de 1987, la Municipalidad Metropolitana deLima declara por cumplida la ejecución de las obras conconstrucción simultánea de viviendas de la Cooperativa deVivienda Angélica Gamarra de León Velarde, conforme alos planos de replanteo Nº 053-87-MLM/DGO-DU-DCO delterreno de 155,561.72 m2, siendo la SEGUNDA ETAPA unárea de 43,410.22 m2, dejando pendiente de HabilitaciónUrbana un área de 4,237.50 m2, ubicado en el distrito deLos Olivos, provincia y departamento de Lima; Que, con Resolución Nº 049-92-MLM/SMDU-DMDU, de fecha 25 de mazo de 1992 la Municipalidad MetropolitanaLima aprobó los Estudios Preliminares de Habilitación Ur-bana para uso de vivienda R-4 del terreno de 4,237.50 m2, que formó parte de la II Etapa de la Urbanización AngélicaGamarra de León Velarde, ubicado en el distrito de LosOlivos, provincia y departamento de Lima; Que dentro del procedimiento administrativo ventilado ante la Municipalidad Distrital de Los Olivos la entidad re-currente ha cumplido con presentar: Solicitud de Recep-ción de Obra, formulario Nº 02, firmado por el presidenteSr. Regulo Espino Cabrera y el profesional responsable IngºCivil Graciela Rimac Bouby C.I.P. Nº65215; copia de laescritura pública de compra-venta asentada a fojas 5,072vta del protocolo Nº366 del Archivo General de la Nacióndel terreno de 155,561.72 m2. de fecha 31-08-1995; regis-tro de personas jurídicas asiento C 00010 seguida en lapartida electrónica Nº 03020848, que elige el Concejo deadministración al Sr. Regulo Espino Cabrera de la Coope-rativa de Vivienda Angélica Gamarra de León Velarde Ltda.417; copia de la Resolución Nº 049-92-MLM/SMDU-DMDUde fecha 25.03.1992 y el plano Nº 09-92-MLM/DGO-DU-DRD, que aprueba los estudios preliminares de habilita-ción urbana para uso de vivienda R-4 del terreno de4,237.50 m2.; carta Nº 3534-96-CSC emitida por Sedapalde fecha 18.10.1996, donde acredita la recepción de lasobras de agua potable y alcantarillado; copia de la Resolu-ción Nº 093-93-DN-ELM emitida por Electrolima S.A. defecha 31.08.93, donde acredita la recepción de las obraseléctricas correspondientes al subsistema de distribuciónsecundaria e instalaciones de alumbrado público y conexio-nes domiciliarias; certificado de zonificación y vías Nº 204-99-MML/DMDU-OPDM de fecha 25.09.1999 y el respecti-vo plano Nº 733-99-MML/DMDU-OPDM/DPTN; certifica-do de seguridad de obras de pavimentación e informe NºS93-084 de fecha 18.06.1993 otorgados por el Laboratoriode Mecánica de Suelos de la UNI; certificado de habilita-ción de proyectos de la Ingº Graciela Rimac Bouby C.I.P.Nº 65215; Plano de replanteo de lotización definitivo consu memoria descriptiva firmado por el profesional respon-sable Ingº Graciela Rimac Bouby C.I.P. Nº 65215, y copiade los recibos Nº 20005231-2004, Nº040009519-2003 Nº020023970-2004, Nº 020026175-2004, Nº 020026828-2004, Nº 050034994-2004 por un monto de S/.3,150.00,abonando por derecho de trámite de habilitación urbana deacuerdo al TUPA vigente; Que, según el Informe Nº 0143-2003-MDLO/DDU/DC- CHU/DCH del 24.06.2003 e inspección ocular, practicadapor el personal técnico de la División de Catastro y Habili-taciones Urbanas con relación al control de obras de elec-trificación, agua potable, alcantarillado, pavimentación decalzada, se ha verificado que las mismas se encuentranejecutadas. Asimismo se deja constancia que los aportesreglamentarios se cumplen dentro de la 2da. Etapa recep-cionada por Resolución de Alcaldía Nº 1236-87; Que, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 011-1998- MTC-TUO del Reglamento General de Habilitaciones Ur-banas indica que los órganos municipales competentes paraconocer la tramitación de los procedimientos de habilita-ción urbana son los establecidos por las propias municipa-lidades; Que, el artículo 79º inciso 3.6.1 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades- señala sobre la organi-zación del espacio físico y uso del suelo que Las munici-palidades, en materia de organización del espacio físico yuso del suelo, ejercen las siguientes funciones: (...) Nor-mar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias,y realizar la fiscalización de: (...) Habilitaciones urbanas; Que, el artículo 5º de la Ordenanza Nº 023-2000/CDLO -de fecha 22.11.2000- señala que se encuentran obligadosa este procedimiento las personas naturales o jurídicas queproyecten el cambio de uso del suelo en su propiedad, enese sentido, indica que en caso que los obligados cuentencon Resolución de Aprobación de Estudios expedida porla Municipalidad Metropolitana de Lima y debidamente ins-crita en el Registro correspondiente, de Aprobación deEstudios Preliminares o Estudios Definitivos, se dará porcumplida esta etapa sin necesidad de presentar nuevosdocumentos, pronunciamientos o resoluciones, debiendosolicitar a la Municipalidad de Los Olivos la Recepción deObras cuando las culminen; Que, considerando lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Reglamento Nacional deConstrucción, la Ley General de Habilitaciones Urbanas