Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2004 (24/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, viernes 24 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Oficial El Peruano y en la pagina WEB de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLDEVILLA Jefe 17235 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES RESOLUCION JEFATURAL Nº 231-2004-J/ONPE MORDAZA, 16 de setiembre de 2004

realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, aprobandose la respectiva exoneracion mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del articulo 19º y el articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los articulos 105º, 111º, 113º y 116 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE; En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 13º de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Nº 26487, y en el literal u) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 051-2004-J/ONPE y modificado mediante Resolucion Jefatural Nº 201-2004-J/ONPE; y, con la visacion de las Gerencias de Administracion y Finanzas y de Asesoria Juridica; SE RESUELVE:

VISTOS: El Memorandum Nº 1075-2004-GAF/ONPE, de la Gerencia de Administracion y Finanzas, el Memorandum Nº 273-2004-GIEE/ONPE, de la Gerencia de Informacion y Educacion Electoral, y los Informes Nº 009-2004-SGIEE/ ONPE de la Subgerencia de Informacion y Educacion Electoral y Nº 053-2004-CGN, de la Gerencia de Asesoria Juridica, de acuerdo al articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion correspondientes las contrataciones que se realicen respecto a servicios personalisimos, en cuyo supuesto la contratacion se realizara empleando el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 228-2004-J/ONPE se aprobo la cuarta modificacion al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, incorporandose el MORDAZA de seleccion para la contratacion de servicios de transmision de spots para la MORDAZA de revocatorias municipales 2004-II, a ser realizada por la citada entidad en el MORDAZA del MORDAZA de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2004, estableciendose que la contratacion del mismo se efectuara a traves de una adjudicacion directa publica; Que, los documentos de vistos senalan que el servicio de transmision de spots para la MORDAZA de revocatorias municipales configura un supuesto de servicio personalisimo, consagrado en el articulo 19º inciso h) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Estos servicios personalisimos se enfocan en la especial calidad de mismos o en consideraciones respecto al servicio que se presta, en terminos de calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, de conformidad con el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se encuentran expresamente incluidos en el concepto de servicio personalisimo aquellos servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, la gerencia usuaria solicita y sustenta la exoneracion de la contratacion del servicio de transmision de spots para la MORDAZA de revocatorias municipales 2004-II en el hecho de que nos encontramos ante un servicio de publicidad estatal, en tanto pretende hacer de conocimiento de los ciudadanos la existencia de mecanismos de participacion y control ciudadanos como es la Consulta Popular de Revocatoria de Autoridades Municipales, funcion encomendada a la Oficina Nacional de Procesos Electorales por los incisos h) y n) del articulo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; Que, habiendose configurado la causal prevista en el literal h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta necesario exonerar la contratacion del servicio de transmision de spots para la MORDAZA de revocatorias municipales 2004-II de la realizacion del MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, el articulo 20º del mencionado Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, concordante con los articulos 105º y 116º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, precisa que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo 19º de la Ley de Contrataciones, se Articulo Primero.- Exonerar a la Oficina Nacional de Procesos Electorales del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica para la contratacion del servicio de transmision de spots para la MORDAZA de revocatorias municipales 2004-II, a ser realizada por la citada entidad en el MORDAZA del MORDAZA de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de las Autoridades Municipales 2004, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Administracion y Finanzas la contratacion de los servicios personalisimos descritos en el articulo precedente a la empresa Compania Peruana de Radiodifusion S.A. - MORDAZA Television (Canal 4), siendo el valor referencial del servicio de S/. 102,108.00 (Ciento dos mil ciento ocho y 00/100 nuevos soles), por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- El egreso que demande el cumplimiento de la Resolucion sera afectado a la Actividad 00355: Organizar y Ejecutar los Procesos Electorales, la Meta 0020: Conduccion de las acciones de comunicacion y difusion del MORDAZA de Revocatoria de Autoridades Municipales, y la especifica 39: "Otros Servicios de Terceros"; del presupuesto asignado por Revocatorias del ano 2004 de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. Articulo Cuarto.- Poner la presente Resolucion Jefatural y los informes que la sustentan en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, de conformidad con lo establecido en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, disponiendose su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina WEB de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLDEVILLA Jefe 17236

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan prorrogar contrato de arrendamiento de inmueble ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia de Ica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 532-2004-JEF/RENIEC
MORDAZA, 21 de setiembre de 2004 VISTO: El Oficio Nº 1653-2004-GAD/RENIEC del 9 de setiembre de 2004 de la Gerencia de Administracion y el Informe Nº 987-2004-GAJ/RENIEC del 13 de setiembre del 2004 emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26497, se crea el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, con arreglo a lo pre-

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