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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G33/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 8 de abril de 2005 enero del año siguiente al de su fabricación. No será exigible este requisito cuando se trate de vehículos que hubieran estado habilitados para dicho servicio dentro de los últimos cinco (5) años, para lo cual deberán acre-ditar en forma periódica su operatividad a través de las entidades autorizadas. Artículo 4º.- El capital social debidamente suscrito y pagado que deben acreditar las empresas de transporte interprovincial que operen bajo la modalidad de permisoexcepcional, será de cinco (5) Unidades Impositivas Tri- butarias UIT como mínimo. Artículo 5º.- Condiciones y Obligaciones El Servicio de Transporte Interprovincial de ámbito Re- gional y Servicio de Transporte Interprovincial de ámbitoNacional de Pasajeros en automóviles - colectivos, en cuanto les sea aplicable, estará sujeto a las normas so- bre responsabilidad administrativa por infracciones y so-bre Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) previstas en la Ley General de Transportes Público. Artículo 6º.- Del Registro y Calificación Inclúyase en el Sistema Registral Regional de Trans- portes Público Terrestre de Pasajeros y Clasificación deServicio de Transporte Interprovincial de ámbito Regio- nal y Servicio de Transporte Interprovincial de ámbito Nacional de Pasajeros en automóviles - colectivos des-tinados al servicio diferente y rápido. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- De las Normas Generales Encarguesé a la Presidencia Regional para que en un plazo no mayor de 30 días, apruebe mediante Decre- to Regional la reglamentación de la Ordenanza Regio-nal, aplicable al servicio de Servicio de Transporte Interprovincial de ámbito Regional y Servicio de Trans- porte Interprovincial de ámbito Nacional de pasajeros enautomóviles- colectivos. Segunda.- Por única vez, la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huancavelica, otorgará PERMISOS EXCEPCIO- NALES a que se hace referencia en el artículo segundode la presente ordenanza a los vehículos M.1 STATION WAGON. Tercera.- Disposición Derogatoria Déjense sin efecto las disposiciones normativas y administrativas que se opongan a la presente OrdenanzaRegional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal de Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica a los seis días del mes de diciem- bre de 2004. R.P. SALVADOR CRISANTO ESPINOZA HUAROCC Presidente del Consejo Regional de Huancavelica. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancaveli- ca, a los seis días del mes de diciembre de dos milcuatro. R.P. SALVADOR CRISANTO ESPINOZA HUAROCC Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica 06801 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G45/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G6C /G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 019-GR-HVCA/CR Huancavelica, 17 de diciembre de 2004EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA APROBADO POR ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2003-GR-HVCA Y MODIFICADA POR ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2003-GR-HVCA Artículo 1º.- APRUEBESE la modificación del Organi- grama Estructural del Gobierno Regional de Huancave- lica aprobado por Ordenanza Regional Nº 002-2003-GR-HVCA, modificada por Ordenanza Regional Nº 007-2003- GR-HVCA, en los siguientes términos: Crease la Subgerencia de Estudios, como Órgano de Línea, dependiente de la Gerencia Regional de Infra- estructura; cuyo Organigrama Estructural adjunto comoanexo, forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo 2º.- La Subgerencia de Estudios, dentro del plazo de 60 días implementará a las Gerencias Subre- gionales, con el personal técnico mínimo necesario, para el cumplimiento de sus fines. Artículo 3º.- Deróguense o déjense sin efecto, se- gún corresponda, las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal de Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica a los diecisiete días del mes de diciembre de 2004. R.P. SALVADOR CRISANTO ESPINOZA HUAROCC Presidente del Consejo Regional de Huancavelica POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancaveli- ca, a los diecisiete días del mes de diciembre de dos milcuatro. R.P. SALVADOR CRISANTO ESPINOZA HUAROCC Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica 06802 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G45/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G41/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G45/G73/G74/G72/G61/G74/GE9/G67/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G52/G65/G2D/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G72/G74/G61/G64/G6F/G20/G79/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G76/G65/G6C/G69/G63/G61/G20/G32/G30/G30/G35/G20/G2D/G20/G32/G30/G31/G35 ORDENANZA REGIONAL Nº 020-GR-HVCA/CR Huancavelica, 17 de diciembre de 2004 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICAHa dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA EVALUACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE DESARROLLO REGIONAL CONCERTADO Y PARTICIPATIVO DE HUANCAVELICA 2005 - 2015 Artículo 1º.- APRUÉBESE la evaluación y actualiza- ción del Plan Estratégico de Desarrollo Regional Concer-