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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G33/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 8 de abril de 2005 del Callao y en aplicación de los PRINCIPIOS REGIS- TRALES DE LEGALIDAD, LEGITIMACIÓN Y DE TITU- LARIDAD, es que el Gobierno Regional del Callao proce- dió a inscribir a su favor ante la Oficina Registral corres-pondiente los terrenos que conforman los mencionados proyectos en las Partidas Registrales Nºs. P01003074 y P01289967 respectivamente; Que, el saneamiento físico legal que el Gobierno Re- gional del Callao va a iniciar comprende única y exclusi- vamente las áreas de los terrenos que conforman losProyectos Especial Ciudad Pachacútec y Piloto Nuevo Pachacútec -de las cuales es su titular y se encuentran inscritas a su favor-, no incluyendo a los AsentamientosHumanos, ya que el saneamiento físico legal de los Asen- tamientos Humanos es una atribución municipal de acuer- do a la Ley Nº 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el saneamiento físico legal al tenor de lo seña- lado por la Jefatura de los Proyectos Piloto Nuevo Pachacútec y Proyecto Especial Ciudad Pachacútec através de su Informe Nº 0022-2005-REGIÓN CALLAO/ JPPNPYPECP, incluye el diagnóstico integral de cada uno de los proyectos y de las posesiones ubicadas enel área de dichos proyectos, además de la ejecución de las estrategias de saneamiento individual, los pro- cedimientos administrativos necesarios y finalmente lainscripción de la adjudicación de los lotes en el Regis- tro de Predios. Que, la propuesta planteada por la Jefatura de los Proyectos Piloto Nuevo Pachacútec y Proyecto Espe- cial Ciudad Pachacútec, respecto a que el Gobierno Regional del Callao asuma las competencias y faculta-des de saneamiento físico legal de los Proyectos Espe- cial Ciudad Pachacútec y Piloto Nuevo Pachacútec, fue aprobada por unanimidad por los integrantes del Comitéde Gestión Patrimonial en la sesión llevada a cabo el día 2 de diciembre del 2004 y cuenta además con las opinio- nes favorables de la Gerencia de Asesoría Jurídica ex-presada a través de su Informe Nº 217-2004- GOB.REG.CALLAO/GAJ/YMAR y de la Gerencia de Administración expresada mediante el Informe Nº 01-2005-GOB.REG.CALLAO/GA; Que, la Comisión Regional de Administración, Pla- neamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial,a través del Dictamen Nº 001-2005-GRC-CR- COM.ADM.PLAN.PRESUPyAT, propone al pleno del Con- sejo Regional la aprobación de la propuesta planteadapor la Jefatura de los Proyectos Piloto Nuevo Pacha- cútec y Proyecto Especial Ciudad Pachacútec, respec- to a que el Gobierno Regional del Callao, a través de laGerencia de Administración, asuma las competencias y facultades de saneamiento físico legal de las áreas de los terrenos de los Proyectos Especial Ciudad Pacha-cútec y Piloto Nuevo Pachacútec, considerando lo infor- mado y recomendado por la Gerencia de Asesoría Jurí- dica, por la Gerencia de Administración y por el Comitéde Gestión Patrimonial; Estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ex- traordinaria del Consejo Regional del Callao, del día 31de marzo del 2005, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta y en uso de las atribuciones confe- ridas por la Constitución Política del Perú, la Ley Orgáni-ca de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIO- NAL DEL CALLAO; HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- FACULTAR al señor Presidente del Gobierno Regional del Callao, para que a través de la Gerencia de Administración, efectúe el saneamiento fí-sico legal de las áreas de los terrenos de los Proyectos Especial Ciudad Pachacútec y Piloto Nuevo Pachacútec, en mérito a las consideraciones expuestas en la pre-sente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DISPONER que el señor Presi- dente del Gobierno Regional del Callao expida los co-rrespondientes Decretos Regionales que apruebe el re- glamento de transferencias y otros instrumentos técni- cos-normativos necesarios para el proceso de titulaciónde los lotes de los terrenos ubicados en las áreas de los Proyectos Especial Ciudad Pachacútec y Piloto Nuevo Pachacútec.Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Ad- ministración el estricto cumplimiento de la presente Or- denanza Regional, informando permanentemente al Con- sejo Regional respecto a los avances del SaneamientoFísico Legal en las áreas de los terrenos de los Proyec- tos Especial Ciudad Pachacútec y Piloto Nuevo Pachacútec. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Ad- ministración, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario deMayor Circulación de la Región. POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional del Callao, a los 31 días del mes de marzo del 2005. ROGELIO ANTENOR CANCHES GUZMÁN Presidente 06679 GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G6E/G65/G63/G65/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G72/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6C/G61 /G66/G6F/G72/G6D/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G2D/G74/G65/G20/G54/G65/G72/G72/G65/G73/G74/G72/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G2D/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/GE1/G6D/G62/G69/G74/G6F/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G41/G75/G74/G6F/G6D/GF3/G76/G69/G6C/G65/G73/G20/G2D /G43/G6F/G6C/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G73 ORDENANZA REGIONAL Nº 018-GR-HVCA/CR Huancavelica, 6 de diciembre de 2004EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL DE SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE PROVINCIAL, SERVICIO DE TRANSPORTE INTERPROVINCIAL DE ÁMBITO REGIONAL DE PASAJEROS EN AUTOMÓVILES- COLECTIVOS Artículo 1º.- Objeto de la Ordenanza Regional La presente Ordenanza Regional tiene por objetivo declarar la necesidad regional, la formalización y regula- ción del Servicio de Transporte Terrestre Interprovincial de ámbito Regional y Servicio de Transporte Interprovin-cial de ámbito Nacional de Pasajeros en Automóviles - Colectivos, dentro del ámbito regional de Huancavelica. Artículo 2º.- Autorizaciones La Dirección Regional de Transportes y Comunicacio- nes del Gobierno Regional de Huancavelica otorgaráPERMISOS EXCEPCIONALES respecto a vehículos de las categorías siguientes: M1: Peso neto vehicular igual o superior a 0.95 Tonela- das, con motor de cilindrada igual o superior a 1450 c.c. M2: Peso neto vehicular igual o superior a 1.10 Tonela- das, con motor de cilindrada igual o superior a 2400 c.c. Artículo 3º.- La antigüedad máxima para el acceso de los vehículos para el Servicio de Transporte Interpro- vincial Regular de Pasajeros de Ámbito Regional, será de quince (15) años, la que se contará a partir del 1º de