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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G35/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 10 de abril de 2005 reinscribirse, actualizando los datos con los cuales fue- ron acreditados o autorizados en su oportunidad, en elRegistro Nacional de Conciliadores, Registro Nacionalde Centros de Conciliación, Registro Nacional de Cen-tros de Formación y Capacitación, y Registro de Capa-citadores, dependiendo de cada caso en particular. 5.2. El empleo del anexo a la presente Directiva, se dispone en aplicación de la Octava Disposición Transito-ria y Final del nuevo Reglamento de la Ley Nº 26872-Leyde Conciliación, aprobado, por Decreto Supremo Nº 004-2005-JUS, y de conformidad con el numeral 154.1 deLey Nº 27444. 5.3. La información que se ingrese a través de la página web del Ministerio de Justicia ( www.minjus.gob.pe), será remitida de forma impresa a la Secretaría Técnicade Conciliación, la cual tendrá la calidad de declaraciónjurada, por lo que, se presume la veracidad de la misma,de acuerdo a lo establecido en el inciso 1.7. del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444-Ley de Proce- dimiento Administrativo General. 5.4. Los trámites establecidos por la presente Direc- tiva, son sencillos, exigiéndose sólo por ello, requisitosracionales y proporcionales a la Actualización de losdatos de los operadores de acuerdo a lo previsto en el presente procedimiento, de conformidad con el principio de simplicidad, previsto en el inciso 1.13, del artículo IVdel Título Preliminar de la Ley Nº 27444- Ley de Procedi-miento Administrativo General. 5.5. El presente procedimiento se realizará de acuer- do al siguiente cronograma: Del 11 de abril al 15 de mayo del presente, para Centros de Conciliación y Centros de Formación y Capacitación de Conciliadores, y del 16 demayo al 31 de julio del presente, para Conciliadores yCapacitadores. 5.6. El presente procedimiento concluye de manera indefectible con el registro de la información vía web, el 31 de julio de 2005. 5.7. Las preguntas o consultas sobre el procedimiento en particular, serán absueltas vía telefónica a los teléfo-nos (01) 222-4690 (01) 4404310 anexo 252, y a travésde la web, al correo concilie@minjus.gob.pe. 6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 6.1. PROCEDIMIENTOEl Procedimiento de Actualización de Datos de los operadores de la Conciliación, consta de las siguientes etapas: 6.1.1. De la Convocatoria y Acceso a la Actualiza- ción: La fase de convocatoria y de Acceso a la Actualiza- ción, comprende la difusión de la presente Directiva, a fin de que los operadores tomen conocimiento del pro- cedimiento que regirá la actualización de sus datos, asícomo la forma de acceder a la Actualización de Datos,que se realizará en principio vía web. 6.1.1.1. La Directiva y anexo, serán publicados en la página web del Ministerio de Justicia (www. minjus.gob.pe). 6.1.1.2. La Secretaría Técnica de Conciliación, publi- cará como mínimo un (01) aviso de convocatoria en elDiario Oficial El Peruano y uno (01) en un diario de mayorcirculación a nivel nacional, haciendo de conocimiento de los operadores de la Conciliación el inicio del presen- te Procedimiento de Actualización de Datos. 6.1.1.3. Cada operador de la Conciliación (Concilia- dor, Capacitador, Centro de Conciliación o Centro deFormación y Capacitación), para efectos del procedi-miento de actualización será considerado, como “usua- rio”. 6.1.1.4. Para permitir el ingreso vía internet, la Secre- taría Técnica de Conciliación, proporcionará a cada usua-rio, una clave de usuario y una clave de acceso. 6.1.1.5. Únicamente es posible ingresar al sistema de actualización de datos a través del registro de usuario y la correspondiente clave de acceso requisito sin el cual el operador no tendrá acceso a la referida actualización. 6.1.1.6. La clave de usuario y de acceso, sólo serán proporcionadas por la Secretaría Técnica de Conciliación,vía correo electrónico, previa constatación de los datos del solicitante, o de su representante, de ser el caso. 6.1.1.7. Para efectos del registro de información en el Sistema de Actualización de Datos, los operadores re-mitirán a la Secretaría Técnica de Conciliación, a travésde la Oficina de Trámite Documentario, ubicada en Car- los Tenaud, cuadra 3, distrito de Miraflores, ciudad de Lima, una comunicación debidamente suscrita a efectosque la Secretaría Técnica de Conciliación, remita lasclaves de usuario y de acceso que permitirán el ingresoen el Sistema de Actualización de Datos. 6.1.1.8. La comunicación deberá presentarse a la Secretaría Técnica de Conciliación, de acuerdo al mo- delo de Solicitud que se publicará para estos efectos enla página web del Ministerio de Justicia, debiendo serenviada por Trámite Documentario, sito en Carlos Ten-aud, cuadra 3, distrito de Miraflores, Lima, indicando cadaoperador de la Conciliación, obligatoriamente su correo electrónico, medio por el cual se le enviará el código de usuario, y la correspondiente clave de acceso. 6.1.1.9. Esta clave de acceso deberá ser modificada obligatoriamente por el usuario, a efectos de acceder alSistema de Actualización de Datos, debiendo para ello,ingresar con la clave proporcionada por la Secretaría Técnica de Conciliación, en el botón cambio de clave. 6.1.2. Del Procedimiento vía internet6.1.2.1. Una vez que el usuario tenga su clave de usuario y de acceso, deberá dirigirse a la página web del Ministerio de Justicia (www. minjus.gob.pe), en donde encontrará una ventana de acceso, en donde deberáingresar los datos proporcionados por la Secretaría Téc-nica de Conciliación (clave de acceso). 6.1.2.2. Cada operador de la Conciliación, deberá escoger el tipo de usuario al que pertenece (Conciliador, Capacitador, Centro de Conciliación o Centro de Forma- ción y Capacitación), para acceder a la plantilla de ac-tualización de datos. 6.1.2.3. El usuario deberá ingresar los datos a actua- lizar, debiendo aceptar la operación que realice por plan-tilla. 6.1.2.4. Posteriormente, deberá imprimir las plantillas llenadas, para remitirlas de forma impresa a la Secreta-ría Técnica de Conciliación, suscribiendo la declaraciónjurada que para estos efectos aparecerá impresa en laparte final de las plantillas. 6.1.2.5. Cada usuario deberá señalar si autoriza o no, la publicación de información de naturaleza reserva- da, para lo cual deberá marcar la opción que encontraráen el rubro “Autorización de Publicación de InformaciónReservada”, para los efectos de publicidad de sus ser-vicios que presta como operador de la Conciliación, dentrode la página web del Ministerio de Justicia, ( www.minjus.gob.pe). 6.1.2.6. Para efectos del presente procedimiento de Actualización se considera información pública de libreacceso, la siguiente: - Dentro del Registro Nacional de Centros de Conci- liación lo concerniente a los datos de Denominación, Dirección, y Director y Secretario General del Centro deConciliación. - Dentro del Registro Nacional de Centros de Forma- ción y Capacitación de Conciliadores lo concerniente a:Denominación, Dirección, y Director del Centro de For- mación y Capacitación. - Dentro del Registro Nacional de Conciliadores lo concerniente a los datos de: Nombre, Registro y Centroal cual se encuentra adscrito. - Dentro del Registro Nacional de Capacitadores lo concerniente a los datos de: Nombre, Registro y Centro de Formación y Capacitación en el cual presta servi- cios. 6.1.3. De la Recepción de la Información Esta fase comprende, la presentación de la información actualizada vía web, en las plantillas impresas, y su recep- ción por parte de la Secretaría Técnica de Conciliación. 6.1.3.1. Las plantillas impresas con la información ingresada vía internet, deberán ser presentadas, bajo