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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (13/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 53

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G37/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 13 de abril de 2005 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G34/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D /G4D/G44/G53/G4D/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G20/G65/G6C/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G2D/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F ORDENANZA Nº 71-MDSM San Miguel, 30 de marzo de 2005 EL ALCALDE DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de la fecha;CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por los Artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por laLey de la Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, en con-cordancia con lo establecido en el Artículo II del TítuloPreliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de su com-petencia; Que, el numeral 3.6 del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las mu-nicipalidades distritales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen funciones específi- cas exclusivas, normando, regulando y otorgando autori-zaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalización deapertura de establecimientos comerciales, industriales y deactividades profesionales y/o de servicios de acuerdo conla zonificación; Que, en uso de las facultades conferidas, el Concejo Municipal de San Miguel, aprobó la Ordenanza Nº 014-2003-MDSM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28de junio del 2003, en virtud de la cual se regula el otorga-miento de Autorización de Apertura y Funcionamiento, paraaquellos que ejercen actividades comerciales, industriales, profesionales y/o de servicios dentro de la jurisdicción del distrito; Que, actualmente los trámites previos para la solici- tud de otorgamiento de la Autorización de Apertura yFuncionamiento, tales como Inspecciones de Control Téc-nico, Inspecciones de Seguridad o Inspecciones de Sa- nidad, se ven dilatados, ya que cada uno de ellos se realiza en forma individual de acuerdo al área de compe-tencia, ocasionando una mayor demora para el adminis-trado que desea realizar actividades comerciales, indus-triales o de servicios en el distrito de San Miguel; Que, ante ello y en aplicación del principio de cele- ridad, resulta necesario contar con un marco normativo único que permita al administrado la realización de lostrámites previos para la solicitud de Autorización de Fun-cionamiento en menor tiempo y de manera conjunta, afin de dotar a dicho trámite de la máxima dinámica posi-ble; y, Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades con- feridas por los incisos 8) y 9) del Artículo 9º y el Artículo 40ºde la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972,aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 6º, 15º, 17º Y 23º DE LA ORDENANZA Nº 014-2003-MDSM, PARA EL OTORGAMIENTO DE LA AUTORIZACIÓN DE APERTURA Y FUNCIONAMIENTO DISPOSICIONES GENERALES Artículo Único.- Modifíquense los Artículos 6º, 15º, 17º y 23º de la Ordenanza Nº 14-2003-MDSM, quedando re-dactados de la siguiente manera: “Artículo 6º.- Trámites Previos.- 6.1.- Informe de Compatibilidad de Uso y Zonificación.- El administrado deberá presentar ante la Subgerencia deObras Privadas el Formato – Solicitud – FOR ICUZTEC-GDU (Anexo 1) de Distribución Gratuita, solicitando Infor- me de Compatibilidad de Uso y Zonificación; la Subgeren- cia de Obras Privadas en la fecha en que sea presentadala solicitud, emitirá el informe, el cual consta en el mismoformato, indicando la fecha en que se realizará la Inspec- ción conjunta a que se refiere el numeral 6.2. La Inspección conjunta deberá ser realizada dentro de los 15 días siguientes de presentada la solicitud. 6.2.- Inspección Conjunta.- Con el Informe de Compati- bilidad de Uso y Zonificación de la Subgerencia de ObrasPrivadas, el Administrado presentará el FOR-ICUZTEC antela Subgerencia de Administración Documentaria y Archivosolicitando la Inspección Conjunta, para la obtención delInforme y Certificado de Control Técnico, de Defensa Civil (Inspecciones Básicas) y de Sanidad (de ser el caso), del local donde desarrollará sus actividades, anexando al FOR-ICUZTEC los requisitos señalados en el mismo, los cualesse encuentran establecidos en el Texto Único de Procedi-mientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad. Ingresada la solicitud, conforme se señala en el párrafo precedente, la Subgerencia de Administración Documen- taria y Archivo deberá remitir el expediente organizado enun plazo máximo de 48 horas a la Subgerencia de ObrasPrivadas, la cual estará a cargo de la Inspección Conjunta;convocando, de acuerdo a la fecha programada, a la Se-cretaría Técnica de Defensa Civil y al área de Sanidad de la Gerencia de Participación Vecinal y Promoción Social, de ser el caso. En caso se presenten circunstancias que impidan la realización de la inspección en la fecha programada, laSubgerencia de Obras Privadas fijará nueva fecha para laInspección, la misma que no podrá exceder de 48 horas de la primera fecha programada. Realizada la inspección, la Subgerencia de Obras Privadas, Subgerencia de Defensa Civil y la Gerencia deParticipación Vecinal y Promoción Social, emitirán en unplazo máximo de 48 horas el Informe respectivo del Con-trol Técnico, de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil e Informe Sanitario, los cuales constan en el FOR-ICUZTEC, señalando si el establecimiento cum-ple con las condiciones de seguridad e higiénicas deacuerdo a ley; asimismo, emitirán el Certificado de De-fensa Civil y Sanidad.” “Artículo 15º.- Procedimiento de Otorgamiento Automá- tico de Licencia de Funcionamiento Provisional Pueden acogerse al procedimiento automático de otor- gamiento de Licencia de Funcionamiento Provisional, laspersonas naturales o jurídicas que pretendan desarrollarlas actividades al amparo de la Ley de Promoción y Forma- lización de la Micro y Pequeña Empresa, Ley Nº 28015, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 3 de julio de2003 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supre-mo Nº 009-2003-TR, publicado en el Diario Oficial ElPeruano el 12 de septiembre de 2003. Para dar inicio al presente trámite, la Gerencia de Desa- rrollo Urbano otorgará la aprobación simplificada en cuanto a la compatibilidad de uso y zonificación, conforme lo seña-la la norma precitada, debiéndose exhibir y difundir previa-mente, los planos donde conste la zonificación vigente, aefectos de que los interesados orienten adecuadamentesus solicitudes. La Municipalidad, en un plazo no mayor de siete (7) días hábiles, otorgará en un solo acto la licencia de funcio-namiento provisional, sobre la base de la zonificación ycompatibilidad de uso correspondiente. La Licencia Provisional de Funcionamiento tendrá vali- dez de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud. La solicitud de Licencia de Funcionamiento Provisional, estará acompañada únicamente de los siguientes docu-mentos (Artículo 35º del Decreto Supremo Nº 009-2003-TR): a) Fotocopia simple del Comprobante de Información Registrada de la SUNAT o Ficha RUC. b) Declaración Jurada Simple de ser Micro o Pequeña Empresa. c) Recibo de pago por derecho de trámite. La Subgerencia de Registros, Licencia y Orientación Tributaria, requerirá a las oficinas competentes, la informa-ción necesaria para el cumplimiento de las normas queregulan el desarrollo de las actividades comerciales, segúnsea el caso, luego del cual se pronunciará mediante Reso-lución Subgerencial respecto del otorgamiento de la Licen- cia Provisional. “Artículo 17º.- Requisitos para obtener la Autorización de Apertura y Funcionamiento