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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (13/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 46

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G37/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 13 de abril de 2005 Que, el Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM, aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28273 - Ley del Sistema deAcreditación de los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el inciso h) del numeral 21.1 del artículo 21º de la Ley Nº 28273, dispone que en los casos de no haberse conformado Agencias de Promoción de Inversiones en ra-zón de su inaplicabilidad, los Gobiernos Regionales cum-plirán con presentar la sustentación documentada de lacreación de la Agencia de Fomento de la Inversión Privadaa que se refiere el artículo 8º de la Ley Nº 28059; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria desarrollada en la Munici-palidad Distrital de Pardo Miguel - Naranjos, el día 4 demarzo de 2005, aprobó por unanimidad la siguiente Orde-nanza Regional: Artículo Primero.- Aprobar la creación de la Agencia de Fomento de la Inversión Privada del Gobierno Regionalde San Martín, como un órgano especializado, consultivo yde coordinación con el sector privado. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Dr. Cesar A. Arévalo López, Secretario del Consejo Regional del Go- bierno Regional de San Martín la publicación de la presen- te Ordenanza Regional, en el diario encargado de las pu-blicaciones regionales, disponiendo su inclusión en el por-tal electrónico del Gobierno Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MAX HENRRY RAMÍREZ GARCÍA Presidente Regional 07173 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4C/G69/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G73 /G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2005-GRSM/CR Moyobamba, 10 de marzo de 2005 POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú, modifi- cado por la Ley de la Reforma Constitucional del CapítuloXIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680,Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, LeyOrgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 modifi-cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, aprobado mediante Ordenanza RegionalNº 002-2003-GRSM-CR de fecha 31 de marzo de 2003, ydemás normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Ley de Bases de la Descentra- lización - Ley Nº 27783, establece que la presente Ley Orgánica desarrolla el Capítulo de la Constitución Política sobre Descentralización, que regula la estructura y organi-zación del Estado en forma democrática, descentralizada ydesconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional,Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo de-fine las normas que regulan la descentralización adminis- trativa, económica, productiva, financiera, tributaria y fis- cal; Que, de conformidad en lo dispuesto por el artículo 2º del Título I de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales -Ley Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013,dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la vo- luntad popular. Son personas jurídicas de derecho públi- co, con autonomía política, económica y administrativa enasuntos de su competencia, constituyendo para su admi-nistración económica y financiera, un pliego presupuestal; Que, la Cuarta Disposición Transitoria del artículo 8º de la Ley Nº 27902 - Ley que modifica la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, establece los Pla- nes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoria-les, en lo que se refiere a los Gobiernos Regionales, con-tendrán cronogramas detallados de la transferencia hacia los Gobiernos Regionales; Que, el artículo 2º de la Ley del Sistema de Acredita- ción de los Gobiernos Regionales y Locales - Ley Nº 28273, establece que el Sistema de Acreditación comprende la capacitación, asistencia técnica y el conjunto de criterios,instrumentos, procedimientos y normas necesarias paradeterminar la capacidad de gestión de los Gobiernos Re-gionales y Locales, para recibir y ejercer las funciones ma-teria de transferencia; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 038-2004- PCM, aprueba el Plan Anual de Transferencia de Compe-tencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Localesdel año 2004; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 038-2004- PCM, establece que el Consejo Nacional de Descentraliza- ción, en su condición de organismo que dirige y conduce el proceso de las descentralización, así como responsablede normar y monitorear las acciones y transferencias seña-ladas en cada una de las etapas de dicho proceso; Que, el inciso i) del numeral 21.1 del artículo 21º del Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM, dispone que los re- quisitos generales que los Gobiernos Regionales y Loca- les deben cumplir para poder certificar su acreditación en-tre otros, son los Lineamientos de Políticas SectorialesRegionales aprobados por los respectivos Consejos Re-gionales, Cuadro de Asignación de Personal, PresupuestoAnalítico de Personal, Reglamento y Manuales de Organi- zación y Funciones, desarrollados de acuerdo a las funcio- nes solicitadas y aprobados conforme a Ley; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria desarrollada en la Munici-palidad Distrital de Pardo Miguel - Naranjos, el día 4 demarzo de 2005, aprobó por unanimidad la siguiente Orde- nanza Regional: Artículo Primero.- Aprobar los Lineamientos de Políti- cas Sectoriales Regionales de los siguientes sectores: - Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de San Martín. - Dirección Regional de Energía y Minas de San Martín.- Dirección Regional de Producción de San Martín.- Dirección Regional de Agricultura de San Martín. Cuyos anexos forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Dr. Cesar A. Arévalo López, Secretario del Consejo Regional del Go-bierno Regional de San Martín la publicación de la presen-te Ordenanza Regional, en el diario encargado de las pu-blicaciones regionales, disponiendo su inclusión en el por-tal electrónico del Gobierno Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.MAX HENRRY RAMÍREZ GARCÍA Presidente Regional 07174 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G41/G75/G78/G69/G6C/G69/G61/G72/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G41/G54 SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-004-00000728 Lima, 4 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, el artículo 6 del Estatuto del Servicio de Adminis- tración Tributaria, SAT, de la Municipalidad Metropolitana