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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G37/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 13 de abril de 2005 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G62/G65/G6E/G65/G2D /G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G65/G73/G65/G73/G2C/G20/G72/G65/G2D/G61/G6A/G75/G73/G74/G65/G73/G20/G79/G20/G6D/G6F/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G79/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003/2005-MDCH Chorrillos, 31 de marzo del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 066-MDCH, se aprobó conceder el Beneficio de Condonación del 100% de losintereses, reajustes y moras de las deudas tributarias y lasmultas administrativas al amparo de lo dispuesto delArtículo 41º del Código Tributario a favor de todos los con- tribuyentes del distrito; Que, el Artículo 11º de la referida Ordenanza, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pue-da ampliar el plazo, reglamentar y dictar medidas comple-mentarias para dar cumplimiento a los alcances de dichaOrdenanza; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 04-2004-MDCH, de fecha 30 de diciembre del 2004, se prorrogó el períodode vencimiento de la mencionada Ordenanza, hasta el 31de marzo del 2005; Que, estando por vencer el plazo antes señalado y atendiendo a las diversas solicitudes de los innumerables contribuyentes que desean se prorrogue la fecha de pago de dicho beneficio a fin de ponerse al día en sus deudastributarias y administrativas contraídas con el Municipio; Que, en virtud de lo establecido en el Texto Único del Código Tributario aprobado mediante Decreto SupremoNº 135-99-EF, en ejercicio de las atribuciones conferidas al Alcalde según lo dispuesto en el Artículo 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con las fa-cultades otorgadas por la Ordenanza Nº 066-MDCH; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia del beneficio de condonación de los intereses, reajustes ymoras de las Deudas Tributarias y Administrativas aproba-do mediante Ordenanza Nº 066-MDCH, el cual se enten-derá vigente hasta el 30 de junio del 2005. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Ad- ministración, Oficina de Rentas, Oficina de Ejecutoría Co- activa y a la Unidad de Informática el cabal cumplimientodel presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 07124 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G39/G34/G2D/G4D/G44/G4D/G4D/G20/G71/G75/G65 /G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G61/G6D/G6E/G69/G73/G74/GED/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G79/G20/G72/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E /G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F ORDENANZA Nº 199-MDMM Magdalena del Mar, 8 de abril de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria de la fecha; y,CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 194-MDMM publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30 de marzo de 2005 se aprobó la amnistía administrativa y régimen especial de regularización de licencias de apertura de establecimientoen el distrito; Que, es objetivo de la administración, otorgar mayores oportunidades a los contribuyentes y administrados para elcumplimiento de sus obligaciones administrativas, fomen- tándose así la regularización de los locales, anuncios, en- tre otros, que no cuentan con la debida autorización muni-cipal; por ello, también resulta conveniente omitir la exigen-cia del Certificado de Compatibilidad de Uso para las per-sonas que se acojan a la amnistía; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipa- lidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD,con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta,la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Modifíquese el literal a) del artículo tercero de la Ordenanza Nº 194-MDMM, el cual queda re-dactado de la siguiente manera: Artículo Tercero.- NORMAS ESPECÍFICAS DE LA AM- NISTÍA Y DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZA- CIÓN DE LICENCIAS …a. Quedarán extinguidas las multas administrativas y los gastos y costos administrativos que correspondan, y sedispondrá el quiebre de las Notificaciones impuestas por carecer de los documentos señalados en el artículo prime- ro, a favor de todos aquellos administrados que a la fechade entrada en vigencia de la presente Ordenanza o duran-te el período establecido en el artículo precedente hayancumplido o cumplan con tramitar la licencia de apertura deestablecimiento, el carné de sanidad, la autorización para instalar anuncios y/o la autorización para construir o usar el retiro municipal, según corresponda, debiendo para elloiniciar los procedimientos establecidos en el Texto Único deProcedimientos Administrativos - TUPA de esta Municipali-dad, presentando y cumpliendo la totalidad de los requisi-tos y disposiciones previstas en las normas municipales vigentes, con excepción del Certificado de Compatibilidad de Uso, el cual para los efectos de la presente amnistía noconstituye requisito obligatorio. Esto último no exime a losadministrados del cumplimiento de las normas de zonifica-ción e índice de usos vigente. Artículo Segundo.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 07190 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G61/G20/G4D/GE9/G78/G69/G74/G6F /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G20/G45/G78/G70/G6F/G4C/G61/G74/G69/G6E/G61/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G20/G43/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G4C/G61/G74/G69/G6E/G6F/G61/G6D/G65/G2D/G72/G69/G63/G61/G6E/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G43/G69/G75/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F ACUERDO DE CONCEJO Nº 037-2005-AC-MDMM Magdalena del Mar, 8 de abril de 2005 EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MARPOR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTA: La carta de invitación enviada por Inteleq Institute S.A. de abril de 2005, el Memorando Nº 105-2005-GAJ-MDMMde la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe