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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G37/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 13 de abril de 2005 restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación. Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Na- ción; encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural dela Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 00079 de fecha 4 de marzo de 2005, la Comisión Nacional Técnica de Arqueologíarecomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio Etnoarqueológico "Mipaya" ubicado en la Comunidad Na-tiva Nuevo Mundo, distrito de Echarate, provincia de LaConvención , departamento del Cusco y aprobar el expe-diente técnico (Ficha Técnica, Memoria Descriptiva y Pla-no) del área intangible de acuerdo al Plano 1, con un área intangible de 4.51 Hectáreas (45164.99 m2) y 897.91 ml. de perímetro. Escala 1:3 000. Estando a lo visado por la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc-ción de Arqueología y de la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento deOrganización y Funciones del Instituto Nacional de Cultu-ra. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio Etnoarqueológico "Mipaya" ubicado en la Comuni-dad Nativa Nuevo Mundo, distrito de Echarate, provinciade La Convención , departamento del Cusco. Artículo 2º.- Aprobar el Plano 1 con un área intangible de 4.51 Has (45164.99 m2) y 897.91 ml. de perímetro, escala 1:3000, Ficha Técnica y Memoria Descriptiva delSitio Etnoarqueológico citado en el 1º artículo de la pre-sente resolución. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registro Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP), la Condición de Patrimo- nio Cultural de la Nación del Sitio Etnoarqueológico men-cionado en el Artículo 1º y del plano referido en el Artículo2º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueológicos declarados"Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con laaprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspondientes, COFOPRI, autoridades políticas, civiles y su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 07134 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G50/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G61/G20 /G6D/G6F/G6E/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20 /G79/G20 /G73/G69/G74/G69/G6F/G73/G61/G72/G71/G75/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G2D/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G72/G61/G6C/G2C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 416/INC Lima, 30 de marzo de 2005 VISTO: El Acuerdo Nº 00078, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 03 defecha de 4 de marzo del 2005; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con perso-nería jurídica de derecho público interno; responsable dela promoción y desarrollo de las manifestaciones culturalesdel país y de la investigación, preservación, conservación,restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación. Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de regis- trar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 00078 de fecha 4 de marzo de 2005, la Comisión Nacional Técnica de Arqueologíarecomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacionalde Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos siguientes: - Sitio Arqueológico "Jesús del Valle" (UTM: 8'728,120 N - 261,033 E), ubicado en el distrito de Huaral, provinciade Huaral, departamento de Lima. - Sitio Arqueológico "La Huaca" (UTM: 8'724,199 N - 255,732 E), ubicado en el distrito de Huaral, provincia de Huaral, departamento de Lima. - Sitio Arqueológico "Huaca La Chacra" (UTM: 8'727,600 N - 259,900 E), ubicado en el distrito de Huaral, provinciade Huaral, departamento de Lima. Estando a lo visado por la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc-ción de Arqueología y de la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; DecretoSupremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultu- ra. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos siguientes: - Sitio Arqueológico "Jesús del Valle" (UTM: 8'728,120 N - 261,033 E), ubicado en el distrito de Huaral, provinciade Huaral, departamento de Lima. - Sitio Arqueológico "La Huaca" (UTM: 8'724,199 N - 255,732 E), ubicado en el distrito de Huaral, provincia de Huaral, departamento de Lima. - Sitio Arqueológico "Huaca La Chacra" (UTM: 8'727,600 N - 259,900 E), ubicado en el distrito de Huaral, provinciade Huaral, departamento de Lima. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Arqueología de la Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Históricodel Instituto Nacional de Cultura, la elaboración del Expe-diente Técnico (Plano, Ficha Técnica y Memoria Descripti-va) de los monumentos arqueológicos mencionados en elArtículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales denuncios mineros o agropecua-rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar oalterar el paisaje de los Monumentos Arqueológicos decla-rados "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contarcon la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspondientes,COFOPRI, autoridades políticas, civiles y su publicación enel Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 07135 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 417/INC Lima, 30 de marzo de 2005 VISTO: El Acuerdo Nº 00003, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 01 de fecha de 15 de febrero del 2005; CONSIDERANDO:Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con perso- nería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales