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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G38/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 14 de abril de 2005 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65 /G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G61/G20/G6E/G75/G65/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 241-2004-GDU-GCDL-MSS Expediente Nº 015992.2003 M-2Santiago de Surco, 12 de mayo de 2004EL GERENTE DE DESARROLLO URBANOVISTO: El petitorio de doña Maria Angelica Noriega Zegarra, sobre Aprobación de Habilitación Urbana Nueva de Lote Único del terreno de 324.00 m², constituido por el Sublote 16D-2A, de la Parcelación Semirrústica Los Huer- tos de San Antonio, ubicado con frente a la calle Las Verónicas, distrito de Santiago de Surco; y, CONSIDERANDO:Que, la Subgerencia de Autorización y Control de Obras emite el Informe Nº 573-2004-SGACO-GDU-MSS de fecha 6.5.2004 (fs. 90 a 92) señalando que los administrados han cumplido con acompañar los documentos estableci- dos para el presente procedimiento en el TUPA, que los Aportes Reglamentarios establecidos en la Ordenanza Nº 292, serán redimidos en dinero, (fs. 83 a 85), habiendo cumplido con cancelar la Liquidación de Pago con Recibo Único de Caja Nº 2071826 (fs. 89), concluye indicando que debe emitirse la resolución correspondiente; Que, la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas en su Sesión Nº 006-2004 de fecha 6.4.2004 (fs. 83 a 85) emite Dictamen Favorable, acordando: “visto el Informe dePrecalificación Nº 438-2004-SGACO-GDU-MSS, acordó emitir el Dictamen Favorable, con relación a la solicitud formulada por la señora Maria Angelica Noriega Zegarra, correspondiente a la Aprobación del Proyecto de Habilita- ción Urbana Nueva de Lote Único del terreno de 324.00 M² de su propiedad, según Ficha Registral Nº 189538, ubica- do en el Sublote 16D-2A de la Parcelación Semirrústica Los Huertos de San Antonio”, determinando que los Apor- tes Reglamentarios serán redimidos en dinero, Dictámen que se hizo de conocimiento del administrado con la Noti- ficación Nº 610-2004-SGACO-GDU-MSS, en virtud a lo cual cumple con adjuntar los recibos de pago por concepto de Liquidación (fs.88 y 89). Estando a la normatividad contenida en la Ley Nº 26878, Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, Ley Nº 27444 del Pro- cedimiento Administrativo General y facultad expresa pre- vista en el literal e) del Artículo 158º de la Ordenanza Nº 160-MSS; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, los planos signados con el Nº 019.01-2004-SGACO-GDU-GCDL-MSS y Nº 019.02- 2004-SGACO-GDU-GCDL-MSS de los proyectos referen- tes a Trazado, Lotización, Pavimentación de Bermas, Sar- dineles y Aceras correspondiente a la Aprobación de Habi- litación Urbana Nueva de Lote Único, para Uso Residencial de Baja Densidad R2, en el terreno de 324.00 M2 constitui- do por el Sublote 16D-2A de la Parcelación Semirrústica “Los Huertos de San Antonio”, ubicado frente a la calle Las Verónicas, en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a MARIA ANGELICA NORIEGA ZEGARRA, para ejecutar en el plazo de diecio- cho (18) meses contados a partir de la fecha de notifica- ción de la presente Resolución, las obras de Habilitación Urbana cuyos proyectos se aprueban, debiendo sujetarse los trabajos a los planos firmados y sellados por este Cor- porativo, teniendo en cuenta lo siguiente: Diseño Urbano.- Encontrándose el terreno materia de habilitación en un Área de Estructuración Urbana III, el cuadro de Áreas que se aprueba es el siguiente:Área Bruta del terreno 324.00 m2 Área afecta a Vía 0.00 m2 Área Útil 324.00 m2 Aportes Reglamentarios.- La Ordenanza Nº 292-MML establece los Aportes Reglamentarios que deben cumplir las habilitaciones con fines de vivienda R2 al proyectar una Habilitación Urbana, en aplicación a lo cual los porcentajes de aportes reglamentarios que corresponden al Área de 324.00 M² son: APORTE SEGÚN ÁREA REGLAMENTARIO ORDENANZA Nº 292 m2 Recreación Pública 7% 22.68 m2 Parques Zonales 2% 6.48 m2 Ministerio de Educación 2% 6.48 m2 Otros Fines 2% 6.48 m2 TOTAL 13% 42.12 m2 Aceras.- Serán de concreto de calidad fc=175 Kg/cm2 de 0.10 m. de espesor y construidas sobre un terraplén de material seleccionado de buena calidad y debidamente nivelado y compactado. El acabado será con mezcla de cemento y arena fina, preparado en proporción 1:2 y de un centímetro de espe-sor, bruñado cada 1.00 metro y con juntas cada cincometros. El desnivel de la acera con relación a la calzada termi- nada será de 0.20 m. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o en contacto con jardines se construirá un sardinel de concretode dimensiones 0.15 m x 0.45 m. mínimo. Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la vereda, de tal manera que cuando se ejecuten reparaciones no se comprometa al sardinel; la calidad deconcreto será de fc=175 Kg/cm2. Bermas.- Las bermas laterales quedarán en tierra cha- cra, compactada y nivelada, con árboles cada 12.00ml enpozas de concreto. Artículo Tercero.- ACLÁRESE, que mediante la pre- sente, se regulariza la calificación de Semirrústica a Urba- na, del predio inscrito en la Ficha Registral Nº 189538. Artículo Cuarto.- DISPONER, que quede como car- ga inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble deLima, la obligación del propietario de cancelar los défi-cits de aportes, que serán redimidos en dinero antes dela Recepción de las Obras y, en consecuencia, quedacomo garantía el Lote Único materia de la presente Re- solución. En cumplimiento a lo dispuesto en el Regla- mento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas apro-bado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, artículo 29º,los déficits de aporte para el Ministerio de Educación de6.48M² y Parques Zonales de 6.48 M2 deberán ser can-celados ante el Ministerio de Educación y SERPAR-LIMA respectivamente. Artículo Quinto.- DISPONER que Maria Angelica Noriega Zegarra, efectúe la publicación de esta Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de cincodías útiles contados a partir del día siguiente de notificado;sufragando los gastos a que hubiere lugar. Artículo Sexto.- REMITIR los presentes actuados ad- ministrativos en copia certificada a la Dirección Municipalde Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana deLima, para su verificación de acuerdo a ley. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desa- rrollo Urbano a través de la Subgerencia de Autorización y Control de Obras el cumplimiento de los artículos prece- dentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.EDUARDO BORDA SAN ROMÁN Gerente de Desarrollo Urbano 07169