Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (14/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 40

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G37/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 14 de abril de 2005 ANEXO Nº 02 ENCUESTA ECONÓMICA TRIMESTRAL 2004- CUARTO TRIMESTRE CRONOGRAMA DE DISTRIBUCIÓN Y RECEPCIÓN DE FORMULARIOS ELECTRÓNICOS 1. La Distribución y Recepción de los formularios elec- trónicos se efectuará de acuerdo al último dígito del Regis- tro Único de Contribuyente (RUC) de las Empresas selec- cionadas, según cuadro adjunto. 2. La información será devuelta al Instituto Nacional de Estadística e Informática o a las Oficinas Departamentales de Estadística e Informática en el interior del país. La de- volución de los archivos TXT se efectuará por correo elec- trónico (Ver anexo Nº 01), según Cronograma siguiente: ÚltimoFechas de Vencimiento Dígito Distribución de formularios a D evolución de archivos TXT RUC empresas seleccionadas al INEI 0 Del 15 al 30 de abril 2005 Hasta el 06 de mayo 2005 1 Del 15 al 30 de abril 2005 Hasta el 09 de mayo 2005 2 Del 15 al 30 de abril 2005 Hasta el 11 de mayo 2005 3 Del 15 al 30 de abril 2005 Hasta el 13 de mayo 2005 4 Del 15 al 30 de abril 2005 Hasta el 16 de mayo 2005 5 Del 15 al 30 de abril 2005 Hasta el 18 de mayo 2005 6 Del 15 al 30 de abril 2005 Hasta el 20 de mayo 2005 7 Del 15 al 30 de abril 2005 Hasta el 25 de mayo 2005 8 Del 15 al 30 de abril 2005 Hasta el 27 de mayo 2005 9 Del 15 al 30 de abril 2005 Hasta el 31 de mayo 2005 07247 INSTITUTO TECNOLÓGICO PESQUERO DEL PERÚ /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G76/G61/G73/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G68/G6F/G6A/G61/G6C/G61/G74/G61 RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 031-2005-ITP/DE Callao, 7 de abril del 2005 Visto el Memorándum Nº 092-2005-ITP/DDIS, median- te el cual el Director de Desarrollo Industrial y Servicios del ITP, recomienda aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Pública para la Adjudicación de Enva- ses de Hojalata de 1 lb. Tall x 24, por tener que cumplir con una producción para el PRONAA, en base a haber obteni- do la Buena Pro en la Adjudicación Directa para elaborar conservas de pota en base a una necesidad urgente con- vocada por dicha Entidad y por tratarse de entidades del Estado; y, CONSIDERANDO: Que el artículo 19º del Texto Único de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre- to Supremo Nº 083-2004-PCM, establece en su inciso c), que están exonerados de los procesos de selección las contrataciones que se realicen en situación de desabaste- cimiento inminente, para lo cual se requiere cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 21º al TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y en lo dispuesto en el artículo 141º de su Reglamento, aprobado por Decre- to Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, de acuerdo a lo expuesto en el Informe Técnico Nº 01-2005-ITP-OA-Abast, de la Unidad de Abastecimiento en el que da cuenta que el proceso de Adjudicación Direc- ta Pública para la Adquisición de 720,000 envases de hojalata de 1 Lib. Tall, convocado por el ITP, se adjudicará la Buena Pro el 25 de abril del año en curso; y el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, a pedido alITP con carácter de urgente el abastecimiento de Conser- vas de Pota en trozos en agua y sal, para lo cual se requie- re la compra inmediata de 8,000 cajas de envases de hojalata de 1 Lib Tall x 24; Que, igualmente, del Informe Legal Nº 019-2005-ITP/ OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica se desprende que la declaración en situación de desabastecimiento inminen- te, para la adquisición de envases de hojalata de 1 Lib. Tall x 24 se genera por un pedido urgente del PRONAA, y se encuentra enmarcado dentro de lo dispuesto por los ar- tículos 19º y 20º del vigente TUO de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que asimismo, la Oficina de Planeamiento informa a través del Memorándum Nº 012-2005-ITP/PL, que existen recursos presupuestales para la atención del requerimien- to del PRONAA; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 28424 - Ley de Presupuesto del Sector Público por el Año Fiscal 2005, el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento, aprobado por los Decretos Su- premos Nºs. 083-2004-PCM y 084-2004-PCM respecti- vamente; y, En uso de la facultad conferida por el artículo 16º, inciso b) del Decreto Supremo Nº 002-2001-PE, Regla- mento de Organización y Funciones del ITP; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, la Exoneración del proceso de Adjudicación Directa Pública, por situación de desabas- tecimiento inminente para la adquisición de 8,000 cajas de envases de hojalata de 1 Lb Tall x 24, cantidad necesaria por el tiempo que dure la culminación del proceso de Adju- dicación Directa Pública. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Administración del ITP la adquisición directa de los bienes señalados en el artículo anterior, mediante acción inmediata, conforme lo previsto en el artículo 20º del TUO de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decre-to Supremo Nº 083-2004-PCM Artículo 3º.- Disponer que la Oficina de Administra- ción, haga de conocimiento de la Contraloría General de la República y del Consejo Superior de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, la presente Resolución y los Informes que la sustenten, dentro del plazo de diez días (10) siguientes hábiles a la fecha de su apro- bación. Regístrese y comuníquese.JUAN NEIRA GRANDA Director Ejecutivo (e) 07216 SUNARP /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C /G22/G50/G72/G65/G6D/G69/G6F/G20/G61/G6C/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G65/G73/G22/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G76/G61/G6C/G6F/G72 /G22/G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64/G22 RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 107-2005-SUNARP/SN Lima, 5 de abril de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 458-2002-SUNARP/SN, de fecha 11 de octubre de 2002, se instituyó el "Premio al Desarrollo de los Valores Registrales", como parte de la política para promover el desarrollo de una Cultura de Va- lores entre el personal de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos a nivel nacional; Que, mediante Resolución Nº 287-2002-SUNARP/SN, de fecha 22 de julio de 2002, se aprobó el Código de Ética de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, el mismo que, en su artículo 5º, señala taxativamente, los valores fundamentales de nuestra institución;