Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (14/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 38

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G37/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 14 de abril de 2005 nes mineras, así como la administración del Derecho de Vigencia y Catastro Minero; Que, el artículo 5º de la norma legal antes citada, dispone que a partir de su vigencia, las menciones al Registro Público de Minería existentes en el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, y demás normas legales y reglamentarias relacionadas, se entenderán como refe- ridas al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Mi- nero - INACC; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Mine- ría, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Ins- tituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, publicará mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visación de la Dirección General de Concesio- nes Mineras y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el artícu- lo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Publíquese, en el Diario Oficial El Pe- ruano, la relación de 475 concesiones mineras cuyos títu- los fueron aprobados en el mes de marzo del 2005, de acuerdo a la relación adjunta que forma parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se con- traen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92- EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y publíquese.JUAN CARLOS BARCELLOS M. Jefe Institucional Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero 07075 INEI /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G22/G45/G6E/G63/G75/G65/G73/G74/G61/G20/G45/G63/G6F/G6E/GF3/G2D /G6D/G69/G63/G61/G20/G54/G72/G69/G6D/G65/G73/G74/G72/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34/G22/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G2D/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G43/G75/G61/G72/G74/G6F/G20/G54/G72/G69/G6D/G65/G73/G74/G72/G65 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 128-2005-INEI Lima, 12 de abril del 2005 CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Esta- dística e Informática (INEI), el INEI como ente rector del Sistema Nacional de Estadística, tiene entre sus funcio- nes, normar, supervisar y evaluar los métodos, procedi- mientos y técnicas estadísticas utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de Estadísticas Oficiales del país, referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, a fin de medir la actividad económica de los secto- res económicos en el país y obtener información estadísti- ca confiable en el corto plazo, es necesario realizar a nivel nacional, la “Encuesta Económica Trimestral 2004” corres- pondiente al Cuarto Trimestre, dirigida a personas natura- les y jurídicas seleccionadas, que permita disponer de in- formación económica y financiera y sirva de base para el cálculo de los indicadores económicos, que contribuyan a la adopción de medidas de política económica del país. Que, el INEI, ha efectuado las actividades de planea- miento y programación de la referida encuesta, así como, la definición y contenido de los formularios electrónicos a ser utilizados, por lo que es conveniente, autorizar su eje- cución y aprobar los formularios electrónicos respectivos; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Cen- sos y Encuestas y con la aprobación de la Subjefatura de Estadística y la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica;De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Es- tadística e Informática; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Fun- ciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la realización de la “Encuesta Económica Trimestral 2004” que relevará información del Cuarto Trimestre y será ejecutada en el ámbito nacional por el Instituto Nacional de Estadística e Informática. Artículo 2º.- Aprobar los formularios electrónicos de la mencionada Encuesta, que forma parte de la presente resolución, cuya distribución se efectuará a partir del 15 al 30 de abril del 2005. Dichos formularios están dirigidos a las personas naturales y jurídicas seleccionadas que se dedican a las actividades siguientes: a) Formato F1.- Dirigido a las personas naturales y jurídicas seleccionadas que desarrollan actividades referi- das a Electricidad, Agua, Construcción, Comercio, Hoteles, Restaurantes, Transporte Terrestre, Transporte Aéreo, Agen- cia Comisionista de Carga, Radio y Televisión, Instituciones Educativas Particulares (Centros Educativos), Universida- des de Gestión No Estatal, Salud Privada y Otros Servi- cios. b) Formato F2.- Dirigido a las personas naturales y jurídicas seleccionadas que desarrollan actividades trans- formativas y que comprende los sectores de Manufactura y Minería Metálica y no Metálica. Artículo 3º.- Las personas naturales y jurídicas selec- cionadas, a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución podrán acceder a los formularios electrónicos mediante las formas siguientes: a) Por Courier.- Las empresas seleccionadas recibirán una carta comunicándoles su participación en la encuesta y la fecha de devolución de los formularios diligenciados. b) Por Correo Electrónico.- La empresas selecciona- das podrán solicitar los formularios electrónicos a través del correo electrónico economicas@inei.gob.pe (Ver anexo Nº 01) indicando el nombre o razón social de la Empresa, domicilio fiscal, número del Registro Único del Contribuyen- te (RUC), Actividad Económica a que se dedica, Teléfono y/o Fax y nombre del representante legal. c) Por Internet.- Las empresas seleccionadas, también podrán consultar si se encuentran seleccionadas y descar- gar los formularios electrónicos de la página Web del INEI: WWW.INEI.GOB.PE d) Directa.- Las empresas seleccionadas, podrán soli- citar los formularios en las oficinas del Instituto Nacional de Estadística e Informática en Lima y en las Oficinas Depar- tamentales de Estadística e Informática en todo el país (Ver anexo Nº 01); para ello, presentarán una carta solici- tando el formulario electrónico indicando el nombre o razón social de la Empresa, domicilio fiscal, número del Registro Único del Contribuyente (RUC), Actividad Económica a que se dedica, Teléfono y/o Fax y nombre del representante legal, adjuntando un disquete en blanco. Artículo 4º.- Establecer como plazo máximo a nivel na- cional, para la presentación de la “Encuesta Económica Trimestral 2004”, del Cuarto Trimestre, de acuerdo al crono- grama adjunto (Ver Anexo Nº 02). Artículo 5º.- Las personas naturales y jurídicas selec- cionadas devolverán los formularios electrónicos debida- mente diligenciados de la siguiente forma: a) Por Correo Electrónico .- Las Empresas enviaran los archivos texto (TXT), generados por el formulario de la encuesta, al correo electrónico economicas@inei.gob.pe (Ver anexo Nº 01) , desde el cual se le confirmará la recep- ción y la validez de la información proporcionada. b) Entrega Directa .- Las empresas que no puedan efec- tuar la entrega de los archivos texto a través del correo electrónico, se apersonarán a las oficinas del INEI a nivel nacional (Ver anexo Nº 01), portando únicamente un dis- quete que deberá contener los archivos texto generados por el formulario electrónico.