Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2005 (18/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 18 de MORDAZA de 2005

Supremo Nº 013-2001-PCM-, aplicable al citado MORDAZA de seleccion, podra declararse la nulidad de oficio del MORDAZA de seleccion hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, debiendo publicarse la resolucion en el Diario Oficial El Peruano; Que, las resoluciones y los pronunciamientos de CONSUCODE son de obligatorio cumplimiento, conforme lo dispuesto por la cuarta disposicion final de la MORDAZA legal MORDAZA citada, teniendo validez y autoridad administrativa; De conformidad con lo previsto en la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Nº 26487, y estando a las facultades previstas en el literal u) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 051-2004-J/ONPE, modificado mediante Resoluciones Jefaturales Nº 201-2004-J/ONPE y Nº 2522004-J/ONPE; Con los visados de las Gerencias de Asesoria Juridica y de Administracion y Finanzas; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarese la nulidad de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0003-2004-ONPE, para la contratacion del servicio de implementacion, adecuacion de software, soporte a la certificacion en linea y soporte a la digitalizacion de series de documentos del archivo electoral de ONPE, desde la etapa de elaboracion de las bases inclusive, por los fundamentos senalados en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Declarese la nulidad de la Resolucion Gerencial Nº 103-2004-GAF/ONPE, de fecha 22 de diciembre de 2004, mediante la cual se aprobaron las bases de la Adjudicacion Directa Publica senalada en el articulo precedente, por los fundamentos senalados en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Dispongase la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en el plazo de cinco dias desde su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional (e) Oficina Nacional de Procesos Electorales 07470

Jr. MORDAZA Nº 598, MORDAZA de Huancayo, departamento de Junin. CONSIDERANDO: Que, en aplicacion de los numerales 3.1.1 y 6.1 de la Circular Nº S-609-2004 la empresa solicitante ha cumplido con comunicar previamente a esta Superintendencia el cierre y apertura de las citadas oficinas; Que, mediante Resolucion SBS Nº 265-2004 esta Superintendencia autorizo a dicha aseguradora la apertura de su oficina ubicada en Av. MORDAZA Nº 285, Edificio Saint MORDAZA, Oficina Nº 285, MORDAZA de Huancayo, departamento de Junin; Estando a lo informado por el Departamento de Analisis y Supervision del Sistema de Seguros "B", mediante Informe Nº 034-2005-ASSSB; y, De conformidad con lo dispuesto en los articulos 30º y 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, la Circular Nº S-609-2004; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a MAPFRE PERU MORDAZA COMPANIA DE SEGUROS, el cierre de su oficina ubicada Av. MORDAZA Nº 285, Edificio Saint MORDAZA, Oficina Nº285, MORDAZA de Huancayo, departamento de Junin. Articulo Segundo.- Autorizar a MAPFRE PERU MORDAZA COMPANIA DE SEGUROS, la apertura de una oficina especial compartida con la empresa Mapfre Peru Compania de Seguros y Reaseguros S.A., ubicada en Jr. Cuzco esquina con Jr. MORDAZA Nº 598, MORDAZA de Huancayo, departamento de Junin. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto el Articulo 4º de la Resolucion SBS Nº 265-2004 otorgada a MAPFRE PERU MORDAZA COMPANIA DE SEGUROS. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 07303

Ratifican en el cargo a Fedatarios de la SBS

SBS
Autorizan a Mapfre Peru MORDAZA Compania de Seguros el cierre y apertura de oficinas en la MORDAZA de Huancayo
RESOLUCION SBS Nº 598-2005 MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa MAPFRE PERU MORDAZA COMPANIA DE SEGUROS, para que se le autorice el cierre de una de sus oficinas ubicada en Av. MORDAZA Nº 285, Edificio Saint MORDAZA, Oficina Nº 285, MORDAZA de Huancayo, departamento de Junin; y, la apertura de una oficina especial compartida con la empresa Mapfre Peru Compania de Seguros y Reaseguros S.A., ubicada en Jr. Cuzco esquina con

RESOLUCION SBS Nº 634-2005 MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, el articulo 127º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, faculta a las entidades administrativas la designacion de fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepcion documental en numero proporcional a sus necesidades de atencion; Que, mediante Resolucion SBS Nº 030-2000 del 14 de enero de 2000, se designo a los Fedatarios de la Superintendencia de Banca y Seguros, por un periodo de dos (2) anos; vencido el cual, mediante Resolucion SBS Nº 263-2002 del 14 de marzo de 2002, se procedio a ratificar como Fedatarios de dicha Institucion, por un periodo de dos (2) anos, a los funcionarios senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, analista de la Procuraduria, y a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Balta, analistas del Departamento Legal; asimismo, se designo adicional-

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