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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (18/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G30/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 18 de abril de 2005 CONSIDERANDO: Que el inciso c) del artículo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las per-sonas naturales o jurídicas requerirán de permiso depesca para la operación de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el artículo 47º de dicha norma establece que las operaciones deembarcaciones de bandera extranjera en aguas juris-diccionales peruanas, sólo podrán efectuarse sobre elexcedente de la captura permisible no aprovechada derecursos hidrobiológicos por la flota existente en el país, sujetándose a los términos y condiciones establecidos en la legislación interna sobre preservación y explota-ción de los recursos hidrobiológicos y sobre los procedi-mientos de inspección y control, para lo cual los arma-dores extranjeros deberán acreditar domicilio y repre-sentación legal en el país; Que asimismo, los artículos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que elpermiso de pesca es un derecho específico que el Mi-nisterio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Pro-ducción) otorga a plazo determinado para el desarrollode las actividades pesqueras, previo pago de los dere- chos correspondientes; Que el inciso c) del artículo 48º de la referida Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales perua-nas podrá llevarse a cabo por embarcaciones de ban-dera extranjera, para la extracción de recursos de opor-tunidad, o altamente migratorios o aquellos otros subex- plotados que determine el Ministerio de Pesquería (ac- tualmente Ministerio de la Producción) mediante el pagode derechos por permiso de pesca; Que mediante Decreto Supremo Nº 032-2003- PRODUCE del 4 de noviembre del 2003, se aprobó elReglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, esta- bleciéndose en su numeral 7.3 del artículo 7º el monto de los derechos de pesca para los armadores de embarca-ciones pesqueras atuneras de bandera extranjera enUS.$.50.00 (Cincuenta Dólares de los Estados Unidosde América) por cada tonelada de Arqueo Neto, por unperíodo de tres (3) meses; Que mediante el escrito del visto, la señora CLAUDIA MARIA CONSUELO LEON ROSAS en representaciónde la empresa AITZUGANA S.L., solicita permiso de pes-ca para operar la embarcación pesquera denominada“AURORA B”, de bandera española, en la extracción delrecurso hidrobiológico atún y especies afines, con desti- no al consumo humano directo, dentro de las aguas juris- diccionales peruanas, por el período de tres (3) meses; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha verificado que la recu-rrente, ha presentado los requisitos exigidos en el pro-cedimiento Nº 8 del Texto Único de Procedimientos Ad- ministrativos del Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción), aprobado por Decreto Su-premo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resultaríaprocedente otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Pro- cesamiento Pesquero mediante Informe Nº 077-2005- PRODUCE/DNEPP-Dch, y con la opinión favorable dela Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Regla- mento de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE; el pro-cedimiento Nº 8 del Texto Único de Procedimientos Ad-ministrativos del Ministerio de Pesquería (actualmenteMinisterio de la Producción), aprobado por Decreto Su-premo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Otorgar a la empresa AITZUGANA S.L., representada en el país por la señora CLAUDIA MARIACONSUELO LEON ROSAS, permiso de pesca para ope- rar la embarcación pesquera cerquera de bandera es-pañola, denominada "AURORA B", la cual cuenta con redes de cerco de tamaño de malla 4 1/2 pulgadas, cu-yas características se detallan en el siguiente cuadro,para la extracción del recurso atún y especies afines enaguas jurisdiccionales peruanas fuera de las diez (10)millas de la costa, con destino al consumo humano di- recto, por un plazo determinado de tres (3) meses, con- tados a partir de la vigencia de la presente resolución. NOMBRE DE LA MA TRÍCULA ARQUEO CAP. BOD. TAMAÑO SIST. DE EMBARCACIÓN NETO (m3) DE MALLA PRESERV. “AURORA B” BI-2-3-5-1997 744.00 2,767.00 4 1/2 RSW Artículo 2º .- El permiso de pesca a que se refiere el artículo anterior, caducará automáticamente al vencer elplazo establecido en el citado artículo, por el cumpli- miento de la cuota de esfuerzo pesquero que fije el Mi- nisterio de la Producción para la temporada de pesca. Elpermiso de pesca otorgado a través de la presente re-solución, podrá ser renovado automáticamente por unperíodo igual con la presentación de la solicitud, el pagode los derechos de pesca, la presentación de una nueva carta fianza con vigencia no menor de treinta (30) días naturales posteriores a la finalización del permiso depesca y el pago por trámite administrativo, según requi-sitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente del Ministerio de la Producción. Artículo 3º .- Las operaciones que se autorizan a tra- vés de la presente resolución, están sujetas a las disposi-ciones establecidas en el Reglamento de OrdenamientoPesquero del Atún, aprobado por Decreto Supremo Nº 032- 2003-PRODUCE, así como a las normas sobre sanidad ymedio ambiente; y demás que le sean aplicables. Artículo 4º .- El inicio de las operaciones de pesca de la embarcación pesquera a que se refiere el artículo 1ºde la presente Resolución Directoral, está condicionadoa llevar a bordo a un Observador de la Comisión Interna-cional de Atún Tropical (CIAT), conforme a lo establecidoen el numeral 9.1 del artículo 9º del Reglamento de Or-denamiento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE. Artículo 5º .- El armador propietario de la embarca- ción materia del presente procedimiento, deberá con-tratar como mínimo el 30% de tripulantes peruanos,sujetándose al cumplimiento de las disposiciones queles fueran aplicables, conforme a la legislación nacio-nal, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 9.4 delartículo 9º del Reglamento de Ordenamiento Pesquerodel Atún, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003- PRODUCE. Artículo 6º .- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, será causal de caducidad del per-miso de pesca o de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder, según sea el caso, de conformi- dad con las disposiciones establecidas en el DecretoLey Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Artículo 7º .- La Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, efectuará las acciones correspon- dientes a efecto de vigilar el cumplimiento del derechoadministrativo otorgado a través de la presente resolu-ción, debiendo informar a la Dirección Nacional de Ex- tracción y Procesamiento Pesquero, para las acciones a que haya lugar. Artículo 8º .- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a solicitud dela Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilan-cia del Ministerio de la Producción, impedirá que la em- barcación a que se refiere el artículo 1º abandone aguas jurisdiccionales peruanas, si al finalizar el plazo de vi-gencia de su permiso de pesca, registrara alguna obli-gación pendiente frente al Ministerio de la Producción,derivada de las obligaciones de pesca autorizada por lapresente resolución. Artículo 9º .- La autorización que se otorga por la presente resolución no exime al recurrente de los pro-cedimientos administrativos cuya competencia corres-ponda al Ministerio de Defensa y demás dependenciasde la Administración Pública. Artículo 10º .- Transcribir la presente Resolución Di- rectoral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control