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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G35/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 14 de agosto de 2005 Pennsylvania, el mismo que se llevará a cabo del 23 al 26 de agosto de 2005 en la ciudad de Chicago - Illinois, Estados Unidos de América; CONSIDERANDO:Que, el principal objetivo del mencionado evento, dirigido especialmente a altos funcionarios de empresas públicas y privadas, tiene por finalidad servir de foro para analizar y discutir las tendencias actuales y mejores prácticas para lograr un óptimo desempeño en la planificación, administración, evaluación y evolución estratégica de las organizaciones; Que, asimismo en el citado programa se presentarán temas relacionados con la administración financiera, auditoría, gobierno corporativo, estrategias para detectar señales de alerta temprana de problemas de administración, entre otros, lo cual posibilitará el conocimiento y aplicación de herramientas de gestión para la Alta Dirección que contribuyan al cumplimiento de la misión y visión institucional; por lo que resulta de interés la participación de representantes de esta Superintendencia en el citado evento; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2005, Nº SBS- DIR-ADM-085-06; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, señor Juan José Marthans León, a la ciudad de Chicago, Estados Unidos de América del 22 al 27 de agosto de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (clase económica) US$ 803,68 Viáticos 1100,00 Tarifa CORPAC 28,24 Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 14222 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G53/G42/G53/G20/G4E/GBA/G20/G31/G30/G37/G35/G2D/G32/G30/G30/G33/G20/G72/G65/G66/G65/G2D /G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G6C/G69/G71/G75/G69/G64/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G42/G61/G6E/G2D /G63/G6F/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G65/G6E/G20/G4C/G69/G71/G75/G69/G64/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN SBS Nº 1166-2005 Lima, 12 de agosto de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA:La carta s/n presentada por el Estudio Alzamora Abogados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, persona jurídica encargada del proceso liquidatorio del Banco República en Liquidación, por la cual comunica a esta Superintendencia el cambio de uno de sus representantes en la conducción del citado proceso;CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 1075-2003 de fecha 14 de julio de 2003, esta Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones encomendó al Estudio Alzamora Abogados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, para que lleve a cabo el proceso de liquidación del Banco República en Liquidación, con las atribuciones contenidas en la Resolución SBS Nº 455-99 del 25 de mayo de 1999 y sus modificatorias, así como las facultades de poder general y especial contenidas en los artículos 74º y 75º del Código Procesal Civil, concordantes con el artículo 368º de la Ley General, quien asumió la representación y administración de la mencionada empresa en liquidación, sin que fuera necesario el otorgamiento de poder por Escritura Pública ni por acta ante juez u otra autoridad; Que, para esos efectos, el Estudio Alzamora Abogados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada designó como sus representantes en calidad de conductores del proceso en mención a los señores Francisco de la Villa Hillman y Gerardo Carlos Reinhold Freiberg Puente, conforme quedó establecido en la Resolución antes mencionada; Que, el señor Gerardo Carlos Reinhold Freiberg Puente ha dejado de ser conductor del Banco República en Liquidación y en su reemplazo el Estudio Alzamora Abogados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada ha designado a partir del 15 de noviembre del 2004 como conductor al señor Edgardo Víctor Manrique Grados, con DNI Nº 09155366; Que, dicha situación da lugar a la modificación de la Resolución SBS Nº 1075-2003 en la parte referida a las facultades otorgadas al señor Gerardo Carlos Reinhold Freiberg Puente, las que deben ser revocadas; así como otorgar las mismas facultades al nuevo conductor del citado proceso liquidatorio, señor Edgardo Víctor Manrique Grados; Contando con los vistos de las Superintendencias Adjuntas de Banco y Microfinanzas así como de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE:Artículo Primero.- Modificar la Resolución SBS Nº 1075-2003, en la parte que se consigna como uno de los representantes de la persona jurídica encargada de conducir el proceso liquidatorio del Banco República en Liquidación, al señor Gerardo Carlos Reinhold Freiberg Puente, debiendo considerarse a partir del 15 de noviembre del 2004, en su reemplazo, al señor Edgardo Víctor Manrique Grados, identificado con DNI Nº 09155366. El nuevo representante y el señor Francisco de la Villa Hillman, continuarán y culminarán el proceso de liquidación del Banco República en Liquidación, con las atribuciones contenidas en la Resolución SBS Nº 455-99 del 25 de mayo de 1999 y sus modificatorias, así como con las facultades de poder general y especial contenidas en los artículos 74º y 75º del Código Procesal Civil, concordantes con el artículo 368º de la Ley General, asumiendo la representación y administración de la mencionada empresa en Liquidación, sin que sea necesario el otorgamiento de poder por Escritura Pública ni por acta ante juez u otra autoridad. En consecuencia, se revocan todos aquellos poderes conferidos al señor Gerardo Carlos Reinhold Freiberg Puente especificados en el Artículo Primero de la Resolución SBS Nº 1075-2003. Regístrese, comuníquese, publíquese y transcríbase a los Registros Públicos para su correspondiente inscripción. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 14224