Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2005 (14/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, MORDAZA 14 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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reparaciones y alteraciones mayores en concordancia con la Parte 43 de las regulaciones. 65.157 Exhibicion de la licencia Toda persona que posea una licencia, mantendra este documento consigo o dentro del area inmediata donde el ejerce los privilegios de la licencia y los presentara al requerimiento del Inspector o representante de la DGAC 65.158 Autorizacion mantenimiento de instructor de

65.165 Requisitos de conocimientos, experiencia y pericia Se requiere que los aspirantes a una licencia de operador AFIS cumplan con lo siguiente: (a). Conocimientos: El solicitante de la licencia de operador AFIS debera demostrar ante la DGAC sus conocimientos sobre: (1) Legislacion aeronautica: disposiciones y reglamentos pertinentes al operador AFIS; (2) Los metodos y procedimientos relativos al servicio de informacion de vuelo y servicio de alerta; (3) Los terminos utilizados en el servicio movil aeronautico, palabras, y frases de procedimiento y alfabeto de deletreo; (4) Las diversas claves y abreviaturas de comunicaciones utilizadas; (5) La fraseologia y procedimientos radiotelefonicos; (6) Los servicios generales de MORDAZA aereo y la organizacion del espacio aereo dentro del Peru; (7) Las reglas locales para el aerodromo; (8) Las caracteristicas del MORDAZA aereo local; (9) La conformacion del terreno local y los puntos de referencia destacados; (10) Las instalaciones locales para la navegacion aerea; (11) Los procedimientos para la coordinacion entre la dependencia AFIS y el ACC correspondiente; (12) Datos pertinentes relativos a los informes meteorologicos y el efecto de las caracteristicas significativas de las condiciones atmosfericas locales; y (13) Procedimientos locales relativos al servicio de alerta. (b) Experiencia: El solicitante habra completado satisfactoriamente un curso aprobado por la DGAC, en el periodo de seis (06) meses que preceda inmediatamente a su solicitud y habra prestado servicios satisfactorios por un minimo de noventa (90) horas efectivas o dos (02) meses, de ambos el mayor, bajo las ordenes de un operador AFIS calificado. (c) Pericia: El solicitante habra demostrado ante la DGAC su competencia con respecto a: (1) El manejo del equipo de comunicaciones que se utilice; y (2) Uso adecuado de la fraseologia aeronautica correspondiente. 65.167 Atribuciones del titular de la licencia de operador AFIS y condiciones que deben observarse para ejercerlas Con sujecion a los requisitos establecidos en la Seccion 65.15, las atribuciones del titular de una licencia de operador AFIS seran las de suministrar informacion util para la conduccion MORDAZA y eficaz del MORDAZA de aerodromo en los aerodromos AFIS. 65.171 Personal de las Fuerzas Armadas titular de licencia de operador AFIS El personal de las Fuerzas Armadas, titular de una licencia de operador AFIS expedida por la DGAC, esta facultado a ejercer las atribuciones senaladas en esta Sub-parte unicamente respecto a aeronaves civiles que operen en la jurisdiccion de una dependencia militar que preste servicios de MORDAZA aereo. 65.175 MORDAZA de horas Excepto en una emergencia, un operador AFIS debe ser relevado de todos sus deberes y funciones por un periodo no menor de veinticuatro (24) horas, computadas a partir de las 00:00 horas, luego de seis (6) dias consecutivos de servicio.

(a) Atribuciones: La autorizacion de instructor permite que una persona designada por el explotador aereo o TMA y autorizada por la DGAC, pueda brindar la instruccion requerida para dicho explotador o TMA unicamente en las aeronaves que opera o mantiene y para las cuales esta calificado; salvo que la DGAC lo autorice a dar instruccion a otro explotador o TMA. (b) Los requisitos para acceder a la autorizacion son los siguientes: (1) Contar con una de las siguientes licencias o titulos: (i) Licencia vigente de inspector de mantenimiento o mecanico de mantenimiento con siete (7) anos de experiencia. (ii) Titulo de ingeniero aeronautico, mecanico, electrico o afin. (2) Contar con experiencia acreditada en linea aerea y cursos de calificacion en las aeronaves en las cuales impartira instruccion. (3) Contar con contrato de trabajo vigente con el explotador aereo o TMA. (4) MORDAZA de curso de entrenamiento para instructor en tierra u otro metodo equivalente aceptado por la DGAC. (c) Aprobar evaluacion practica con Inspector DGAC. (d) Vigencia de autorizacion y condiciones de renovacion: Se otorgara por un periodo de dos (2) anos, renovable mediante certificacion del explotador aereo que evidencie el ejercicio de las atribuciones de instructor en un periodo minimo de seis (6) meses, especificando los cursos impartidos durante la vigencia de la autorizacion. De no acreditar este requisito, debera cumplir con lo senalado en (c). SUBPARTE H: OPERADOR AFIS 65.161 Requisitos y calificaciones Nadie puede desempenarse como operador AFIS (servicio de informacion de vuelo de aerodromo) en un aerodromo AFIS que preste servicios a aeronaves civiles, a no ser que: (a) Sea poseedor de una licencia de operador AFIS de acuerdo con lo dispuesto en esta Sub-parte; y (b) Sea poseedor de un certificado medico Clase III, otorgado bajo la Parte 67 de las regulaciones. 65.163 Requerimientos generales de elegibilidad Para ser elegible a una licencia de operador AFIS se requiere: (a) Tener como minimo veintiun (21) anos de edad; (b) Hablar correctamente el idioma espanol y poseer conocimientos para comprender y hablar fluidamente el idioma ingles, de tal manera que no se tenga impedimento que pueda afectar adversamente a las radio comunicaciones; (c) Ser titular de un certificado medico Clase III; (d) Cumplir con la Seccion 65.165.

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