Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2005 (14/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, MORDAZA 14 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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alternativa; control de vuelos de crucero en ruta, vuelos a MORDAZA distancias. (6) Preparacion y MORDAZA de planes de vuelo requeridos por los servicios de MORDAZA aereo. (7) Principios basicos de los sistemas de planificacion por computadora. (8) Meteorologia Aeronautica: El desplazamiento de los sistemas de presion; la estructura de los frentes y el origen y caracteristicas de los fenomenos del tiempo significativo que afectan a las condiciones de despegue, al vuelo en ruta y al aterrizaje. (9) La interpretacion y aplicacion de los informes meteorologicos aeronauticos, mapas y pronosticos; claves y abreviaturas; los procedimientos para obtener informacion meteorologica y uso de la misma. (10) Los fundamentos de la navegacion aerea, con referencia particular al vuelo por instrumentos. (11) La utilizacion de documentos aeronauticos. (12) Los procedimientos operacionales para el transporte de carga y mercancias peligrosas. (13) Los procedimientos relativos a accidentes e incidentes de aeronaves; los procedimientos de vuelo para emergencias. (14) Los procedimientos relativos a la interferencia ilicita y el sabotaje contra aeronaves. (15) Los principios de vuelo relativos a la categoria correspondiente de aeronave. (16) Los procedimientos para comunicarse con las aeronaves y estaciones terrestres pertinentes. (17) Actuacion humana pertinente a las funciones de despacho. (18) Seguridad. Situaciones de emergencia y anomalas. 65.57 Requerimientos de experiencia El solicitante de una licencia de despachador de vuelo debe presentar documentacion y evidencia que satisfaga a la DGAC, de que el tiene la experiencia prescrita en uno de los parrafos que siguen. (a) Un total, de por lo menos dos (2) de los tres (3) anos anteriores a la fecha de la solicitud, en programas de operaciones de transporte, programa militar de operacion de aviones, o alguna otra operacion aerea que la DGAC encuentre equivalentes en experiencia. (1) Como piloto o miembro de una tripulacion tecnica; (2) Como un meteorologo que MORDAZA participado como asistente de un organismo dedicado al despacho de aeronaves de transporte; (3) Haber realizado deberes de un despachador de vuelo como asistente; o (4) Haber realizado otros deberes que la DGAC encuentre como experiencia equivalente. (b) Un total de por lo menos dos (2) de los tres (3) anos anteriores a la fecha de la solicitud, como controlador de trafico aereo en ruta o en la MORDAZA de control. (c) Un total de un (1) de los dos (2) anos anteriores a la fecha de la solicitud, como asistente a un programa de despachador de vuelo de aviones de transporte y haber realizado despacho de aviones bajo la supervision directa de un despachador de vuelo con licencia. (d) Aprobado satisfactoriamente un curso de instruccion autorizado por la DGAC, conforme al apendice A de esta Parte. El solicitante tendra derecho a acreditar cualquier combinacion de experiencia en el parrafo (a), o parrafo (a) y (b), de esta Seccion, si el agregado de experiencia es por lo menos de dos (2) anos. 65.59 Requerimientos de pericia El solicitante de una licencia de despachador de vuelo debe acreditar haber realizado entrenamiento practico en la aeronave a habilitarse, bajo la supervision de un despachador de vuelo con licencia vigente, durante noventa (90) dias como minimo, dentro del periodo de seis meses anteriores a su solicitud y, ademas, aprobar una evaluacion oral y practica con Inspector DGAC, que comprenda:

(a) Con respecto al MORDAZA de aeronave grande usada en transporte aereo de carga. En limitaciones de peso y balance: (1) Limitaciones de peso y balance; (2) Limitaciones en la performance de operacion; (3) Uso de las cartas de control de crucero; (4) Capacidad de combustible y aceite y el regimen de consumo; y (5) Uso del manual de operaciones. (b) Efectuar un analisis operacionalmente aceptable de las condiciones atmosfericas reinantes valiendose de una serie de mapas y partes meteorologicos diarios; proporcionar un informe valido sobre las condiciones meteorologicas prevalecientes en las inmediaciones de una ruta aerea determinada; pronosticar las tendencias meteorologicas que afectan al transporte aereo, especialmente en relacion con los aerodromos de destino y de alternativa. (c) En las caracteristicas de rutas aereas y aeropuertos particularmente en lo referente a: (1) Areas de aterrizaje; (2) Facilidades de aterrizaje; (3) Facilidades y procedimientos en la aproximacion y el aterrizaje. (d) En el uso y limitaciones de los altimetros de MORDAZA sensible. En la aplicacion disponible de los pronosticos del tiempo y reportes que determinen el tiempo para el vuelo en condiciones de seguridad. (e) En el uso de la guia del despachador y del manual de informacion de vuelo (AIP). (f) En despachar y asistir un vuelo en condiciones adversas de tiempo y en procedimientos de emergencia. (g) Determinar la trayectoria de vuelo optima correspondiente a un tramo determinado y elaborar en forma manual o por computadora, planes de vuelo precisos. (h) Proporcionar la supervision operacional y la asistencia necesaria a los vuelos en condiciones meteorologicas adversas, reales o simuladas, apropiadas a las obligaciones del titular de una licencia de despachador de vuelo. 65.60 Renovacion de la licencia y experiencia reciente de despachador de vuelo (a) La licencia del despachador de vuelo se renovara cada dos (2) anos, con la MORDAZA a la DGAC de los siguientes documentos: (1) MORDAZA laboral que acredite haberse dedicado a las actividades propias de su licencia por lo menos tres (3) meses durante los ultimos doce (12) meses. (2) MORDAZA de curso y evaluacion de refresco recibido dentro de los doce (12) meses anteriores a su solicitud. (b) De no acreditar experiencia reciente dentro del periodo determinado, debera: (1) Aprobar evaluacion practica con Inspector DGAC, en los equipos a recalificarse, si excede el ano; o (2) Aprobar evaluacion escrita de conocimientos y el chequeo senalado en el punto precedente, si excede los dos (2) anos. 65.61 Cursos para despachadores de vuelo (a) Los cursos iniciales para despachadores de vuelo pueden provenir de: (1) Un explotador certificado. (2) Un centro de instruccion/Escuela de Aviacion certificada, si en sus especificaciones de entrenamiento esta contenido el curso inicial de despachadores de vuelo. (b) El explotador que solicita la aprobacion de un curso inicial para despachadores de vuelo, debe enviar una carta a la DGAC solicitando el consentimiento. Asimismo, debe enviar las copias del programa de instruccion y

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