Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2005 (17/08/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 17 de agosto de 2005

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV
Adicionan Disposicion Transitoria a la Res. Nº 095-2000-EF/94.10 MORDAZA sobre Contribuciones por los Servicios de Supervision que presta CONASEV
RESOLUCION CONASEV Nº 054-2005-EF/94.10 MORDAZA, 15 de agosto de 2005 VISTO: El Informe Nº 273-2005-EF/94.60.1 de fecha 4 de agosto de 2005 del Area de Estudios de la Gerencia de Investigacion y Desarrollo, con opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante el ar ticulo 18º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, sustituido por el articulo 1º de la Ley Nº 27323, se establece los criterios a utilizar para fijar las contribuciones por los servicios de supervision que presta esta Institucion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 083-2000-EF, se ha establecido las contribuciones mensuales por los servicios de supervision que CONASEV presta, a las que se refieren los incisos a) al e) del articulo 18º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, sustituido por el articulo 1º de la Ley Nº 27323; Que, mediante la Resolucion CONASEV Nº 095-2000EF/94.10 se aprobo la MORDAZA sobre Contribuciones por los Servicios de Supervision que presta CONASEV; Que, el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 083-2000EF establece que CONASEV podra reducir el monto de las contribuciones por las labores de supervision que presta establecidas en dicho Decreto Supremo, asi como regular todos los procedimientos vinculados al lugar, plazo y forma de pago de dichas contribuciones; Que, en MORDAZA con los Principios de Buen Gobierno para las Sociedades Peruanas, CONASEV considera necesario promover el intercambio de las acciones de inversion que se encuentran en circulacion con el fin de que los valores inscritos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores MORDAZA valores mobiliarios reconocidos por la Ley General de Sociedades y la Ley de Titulos Valores; Que, en tal sentido, CONASEV considera importante el establecimiento de incentivos orientados a reducir los costos que en la actualidad deben asumirse para la realizacion de ofertas de intercambio con acciones de inversion; y, Estando a lo dispuesto por el inciso s) del articulo 11º del Decreto Ley Nº 26126, y a lo acordado por el Directorio de esta Comision Nacional, reunido en sesion del 08 de agosto de 2005; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Adicionar la siguiente Disposicion Transitoria a la Resolucion CONASEV Nº 095-2000-EF/ 94.10, MORDAZA sobre Contribuciones por los Servicios de Supervision que presta CONASEV: "Primera Disposicion Transitoria.- Tratandose de Agentes de Intermediacion, la tasa de contribucion a aplicar por las ofertas de intercambio de acciones de inversion, realizadas de conformidad con la Ley de MORDAZA de Valores, por cuenta propia o de terceros, sera de 0,01 por ciento del monto efectivamente negociado. Dicha tasa sera aplicable unicamente a las ofertas publicas de intercambio que se formulen a partir de la entrada en vigencia de la presente MORDAZA y hasta el 31 de diciembre de 2006, inclusive." Articulo 2º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Presidente Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 14307

CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACION
Aprueban Directiva que establece normas para la ejecucion de la transferencia del ano 2005 a los Gobiernos Regionales y Locales de Fondos, Proyectos, Programas y Funciones Sectoriales incluidos en el D.S. Nº 052-2005-PCM
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 050-CND-P-2005 Lince, 11 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA parrafo del articulo 188º de la Constitucion Politica del Peru dispone que el MORDAZA de descentralizacion se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, durante los anos 2003 y 2004, en cumplimiento de lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Complementaria y la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, por la Tercera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y por la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y los Decretos Supremos Nº 036-2003-PCM y 038-2004-PCM, se ha llevado a cabo el MORDAZA de transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Proyectos de Inversion en Infraestructura Productiva de alcance Regional, en funcion de las capacidades de gestion de cada Gobierno Regional o Local, cuya certificacion se realiza a traves de mecanismos de verificacion; Que, durante el ano 2004, en cumplimiento de la MORDAZA y MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, la Cuarta Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, y la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972, y el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, se inicio la ejecucion del MORDAZA de transferencia de Funciones Sectoriales en materia de agricultura, pesqueria, industria, comercio, turismo, artesania, energia y mineria, en funcion de las capacidades de gestion de cada Gobierno Regional, cuya certificacion esta sujeta al sistema de acreditacion de conformidad con lo establecido en la Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales, Ley Nº 28273 y su Reglamento; Que, el Consejo Nacional de Descentralizacion, de conformidad con los articulos 22º y 23º de la Ley Nº 27783, ha sido creado como un organismo independiente y descentralizado, con autonomia tecnica, administrativa y economica en el desempeno de sus funciones, que tiene a su cargo la direccion y conduccion del MORDAZA de la descentralizacion, a cuyo efecto, la MORDAZA Disposicion Transitoria de la MORDAZA acotada, lo responsabiliza directamente de todas las acciones y transferencias senaladas en cada una de las etapas del proceso; Que, con arreglo al MORDAZA legal senalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente dictar la normatividad que establezca los procedimientos, los plazos y los mecanismos de verificacion que deberan cumplir las Entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, de manera tal, que se ejecute la transferencia, segun corresponda, de los Fondos y Proyectos Sociales, de los Programas Sociales de Lucha contra la

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