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PÆg. 298826 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de agosto de 2005 Nº 002-2003 MDSMP-OPPR y con La Norma Técnica de Control Interno Nº 230-11, Depósito Oportuno en CuentasBancarias. Que, en la Observación Nº 6 del Informe, se establece que en el Arqueo realizado a Caja para evaluar la aplicacióndel sistema de control interno, se ha observado que existenalgunas deficiencias referidos al uso y manejo del dinero.Así tenemos: A) Existe en la bóveda los siguientes cheques de gerencia por un importe de S/. 1’212,731.00 del Banco dela Nación a nombre de la Municipalidad Distrital de SanMartín de Porres: FechaCheque Importe 17.06.04 00583018 19,54923.06.04 00583120 3,600 23.06.04 00583122 1’185,27223.06.04 00583121 4,310 ------------------1’212,731. B) Existe un fondo en efectivo por S/. 844 que es manejada por el Jefe de Tesorería y dicho importe no seencuentra registrado en la contabilidad. C) Vales provisionales con antigüedad a más de 365 días por un total de S/. 19,900 que no cuentan conautorización. D) En la bóveda se encontró el importe de S/. 1,250, que según lo manifestado por el Tesorero, es de supropiedad. E) Existen vales provisionales por el importe de S/. 6,920, según lo manifestado por el Tesorero, el dinero entregadocomo préstamo es producto de descuentos efectuados afuncionarios. F) Importe de S/. 407 que corresponde al Programa a Trabajar Urbano que data desde julio del 2003 que no hasido depositado al Banco. La causa de esta situación se debe a que no se realizó arqueos sorpresivos por parte del ex contador y del exdirector de Administración y Finanzas Sr. MIGUELNOBLECILLA VARGAS, que no dispone se realice losarqueos sorpresivos así como el ex Jefe de Tesorería porcrear fondos que no están de acuerdo a ley, incumpliendocon la Directiva Nº 002-2003 MDSMP-OPPR, la NormaTécnica de Control Nº 230-12 "Arqueo de Fondos y Valores"y el artículo 64º de la Directiva de Tesorería, ResoluciónDirectoral Nº 103-2002-EF/77.15. Que, la Observación Nº 7 del Informe, señala que en la revisión a los comprobantes de pago, documentos decaja, se ha verificado que existen pagos realizados enefectivo, por distintos conceptos a diferentes personas, Lacausa de esta situación se debe a que el ex Jefe deTesorería Sr. JOSE AVILA LEYVA no cumplió con aplicar laNorma Técnica de Control Interno Nº 230-05 sobre Medidasde seguridad para cheques, efectivo y valores. Que, la Observación Nº 8 del Informe, señala que al 31 de diciembre del 2003, el balance muestra saldospendientes por regularizar en entregas a rendir cuenta,dinero que fue entregado a ex funcionarios en suoportunidad. Habría responsabilidad en el ex Jefe deTesorería Sr. JOSE AVILA LEYVA por cuanto antes devolver a girarle a la misma persona ésta tenía que haberrendido cuenta de lo anterior, quien ha incumplido con laNorma Técnica de Control Interno Nº 280-04, sobre Controlde Saldos pendientes. Que, la Observación Nº 9 del Informe, señala que se ha observado que en el listado de deudas por contribuyenteexiste gran cantidad de cuentas por cobrar que no tienennombre, dirección y si cuenta con importe, situación que nopermite evaluar si están adecuadamente presentados. Estose debe a que no existe un adecuado control del padrónde contribuyentes que permita identificar al 100% de loscontribuyentes. Habría responsabilidad en el ex Gerentede Administración Tributaria y Rentas, Sr. FELIX DAVILAMUÑIZ por cuanto debió depurar el padrón decontribuyentes a fin de obtener un listado actualizado.Incumpliéndose la Norma Técnica de Control InternoNº 280-03, sobre Conciliación de Saldos. Que, la Observación Nº 10 del Informe, señala que se ha observado que el Municipio viene cobrandoindebidamente a 79 Programas de Vivienda por conceptode arbitrios los mismos que no reciben los servicios básicoscomo agua, desagüe, pistas y veredas, por el que vienenpagando; teniendo en cuenta que estos programas nocuentan con áreas verdes así como con pistas asfaltadas.Habría responsabilidad en el ex Gerente de Administración Tributaria y Rentas, Sr. FELIX DAVILA MUÑIZ por cuantose cobraba por servicio de mantenimiento de parques yjardines a pesar de que en la zona mencionada no existenparques y jardines, hecho que contraviene el Art. 66º delDecreto Legislativo Nº 776. Que, la Observación Nº 11 del Informe, señala que la Unidad de Informática no se encuentra ubicada como unaUnidad de Apoyo, la causa de esta situación se debe aque el organigrama de la entidad ha sido elaborado sintener en cuenta los lineamientos descritos por La DirectivaNº 010-95-INEI/SJL, del INEI. Habría responsabilidad en elex Jefe de la Unidad de Informática Sr. CARLOSCHRISTIAM VICH RAA por no hacer las gestiones paraque la oficina de informática cambien su situación en elorganigrama de acuerdo a las normas técnicas de control. Que, la Observación Nº 12 del Informe, determina que la Municipalidad no cuenta con licencias de uso de losprogramas (software) utilizados en las diferentes unidades,divisiones y áreas administrativas y operativas conforme lodispone el Decreto Supremo Nº 013-2003-PCM. Habríaresponsabilidad en el ex Jefe de la Unidad de InformáticaSr. CARLOS CHRISTIAM VICH RAA por la falta de licenciade los equipos. Que, la Observación Nº 13 del Informe, señala que la Unidad de Informática de la Municipalidad no cuenta conun Plan de Contingencias que considere las acciones atomar ante la presencia de algún siniestro (incendios,terremotos, robo, atentados, etc.) que pudieran afectar ala Municipalidad paralizando sus procesos administrativosy de recaudación. Habría responsabilidad en el ex Jefe dela Unidad de Informática Sr. CARLOS CHRISTIAM VICHRAA por no haber contado con un Plan de contingenciasen el área de informática. Habría incumplido con la NormaTécnica de Control Interno Nº 500-06, Plan de Contingencia,aprobada por Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG, yReglamento de Organización y Funciones. Que, la Observación Nº 14 del Informe, señala que la Unidad de Informática no cuenta con "Plan de Sistemas deInformación", el cual es una herramienta de gestión queestablece las necesidades de información de la entidad,tiene el propósito de prever el desarrollo de los recursosfísicos y lógicos con un horizonte temporal determinado demanera que contribuya efectivamente con los objetivos dela entidad. Habría responsabilidad en el ex Jefe de la Unidadde Informática Sr. CARLOS CHRISTIAM VICH RAA por nohaber contado con un Plan de Sistemas de Informaciónconteniendo las indicaciones previstas en la Norma técnicade Control Interno Nº 500-02 y la señalada en el Reglamentode Organización y Funciones. Que, la Observación Nº 15 del Informe, señala que La Unidad de Informática no cuenta con Normas yProcedimientos para el cumplimiento de sus actividades.Esta situación se genera por que las Unidades de Informáticay Planeamiento y Racionalización no han formulado"Normas y Procedimientos" relacionados a las actividadesque se realizan en la Unidad de Informática que permitanal personal cumplir con la eficiencia de sus funciones. Lasconsecuencias son: a) Los usuarios para el cumplimientode sus funciones realizan actividades de acuerdo a sucriterio; b) no se tiene un registro de las partes empleadaspara la reparación de los equipos de cómputo; c) No existeun control de los equipos que ingresan para reparación alambiente de soporte técnico; y d) Los usuarios de lasdiferentes unidades y divisiones operan los equipos decómputo sin contar con normas y procedimientos. Habríaresponsabilidad en el ex Jefe de la Unidad de InformáticaSr. CARLOS CHRISTIAM VICH RAA por no contar Normasy Procedimientos para el cumplimiento de sus actividades.,conforme lo señala La Norma Técnica de Control InternoNº 500-01, Organización del Área de Informática, y el ROFde la Municipalidad. Que, la Observación Nº 16 del Informe, señala que durante el año 2003, la entidad ha adquirido los insumos aNegociaciones Inversiones Internacionales S.A., para elPrograma del Vaso de Leche a través de la modalidad demenor cuantía, sin tener en cuenta lo normado en el DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM - TUO de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, amparados enel Acuerdo de Concejo Nº 002-2003, de fecha 7 de enerodel 2003 . La causa de esta deficiencia se debe a que el exJefe de la Unidad de Logística Sr. ALFREDO QUINCHOVILLANUEVA no cumple con la aplicación de la leyes vigentes. Que, la Observación Nº 17 del Informe, señala que en el Proceso de Licitación Nº 001-2003 para adquirir 2’342,381latas de leche y 732,082 bolsas de avena, que asciende aS/. 5’277,437, el Comité Especial integrado por la Srta.