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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (18/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 65

PÆg. 298825 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de agosto de 2005 Disponen la celebración de Matrimonio Civil Masivo en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2005-MDSMP San Martín de Porres, 15 de agosto de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 135-MDSMP de fecha 11 de agosto del 2005, se autoriza al señor Alcalde a lacelebración de un MATRIMONIO CIVIL MASIVO para eldía 24 de setiembre del 2005; Que, así mismo, el Artículo Tercero de la citada Ordenanza, autoriza al señor Alcalde para que medianteDecreto de Alcaldía señale el lugar donde se realizará elmismo y reglamente los demás requisitos exigidos por ley; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º inciso 6 y el Artículo 42º de laLey Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- REALIZAR la Celebración del Matrimonio Civil Masivo, en la explanada de la MunicipalidadDistrital de San Martín de Porres, para el día 24 desetiembre del 2005, a horas 11.00 a.m. Artículo Segundo.- ESTABLECER como requisitos para el Matrimonio Civil Masivo, los siguientes: - Partida de Nacimiento actualizada de los Contrayentes, con vigencia de tres meses para Lima yCallao y de un año para provincias. - Copia del D.N.I. de ambos contrayentes y de los 2 testigos (no familiares), fedateados. - Certificado Médico Prenupcial.- Constancia de Consejería de Sida.- Certificado Domiciliario de los Contrayentes.- Pliego Matrimonial.- Una fotografía tamaño pasaporte de ambos contrayentes. - Pago Único de S/. 50.00 Nuevos Soles.- Publicación de Edictos Matrimoniales. - Último día de recepción de documentos: Viernes 16 de setiembre del 2005. - Del 19 al 23 de setiembre: firma de los libros.- Día 24-9-2005: Celebración del Matrimonio Civil Masivo. - Para los casos de menores de edad, divorciados, viudos y extranjeros además de los requisitos previstos enel presente artículo, deberán apersonarse a la División deRegistro Civil, para su calificación correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios y Programas Sociales, Unidad de Imagen y Divisiónde Registros Civiles, el cumplimiento del presente Decretode Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JESÚS ÁLVARO VÉLIZ DUARTE Alcalde 14411 Inician proceso administrativo discipli- nario a ex funcionarios pœblicos de laMunicipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 498-2005-AL/MDSMP. San Martín de Porres, 16 de agosto del 2005 VISTO, el Informe Nº 013-2005-CEPAD/MDSMP, de fecha 12 de agosto del 2005 presentado por la ComisiónEspecial de Procesos Administrativos Disciplinarios, sobreApertura de Procesos Administrativos Disciplinarios contraex funcionarios públicos.CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 136-2004, de fecha 16 de agosto del 2004, la Sociedad Auditora Chávez Escobar &Asociados S.C, presenta el Informe sobre la Evaluacióndel Control Interno Ejercicio 2003 como resultado de laAuditoría realizada a la Municipalidad Distrital de San Martínde Porres por el período comprendido entre el 1 de eneroy el 31 de diciembre del 2003 y como resultado de ello, sedeterminaron hallazgos de auditoría, por el que serecomienda al Titular de la Entidad evaluar lasobservaciones y determinar su pase a la ComisiónPermanente de Procesos Administrativos. Que, con Memorándum Nº 014-2005-ALC/MDSMP del 22 de febrero del 2005, el señor Alcalde remite al Presidentede la Comisión Especial de Procesos AdministrativosDisciplinarios, el Informe Nº 004-2005-CPPAD/MDSMPreferente a la Carta Nº 136-2004, a fin de que la Comisióncalifique las faltas imputadas según lo prevee el Art. 166ºdel Reglamento de la Carrera Administrativa aprobadomediante D.S. Nº 005-90-PCM y se pronuncie sobre laprocedencia de abrir proceso administrativo disciplinario,dentro de los plazos estipulados por la Ley. Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de San Martín de Porres,mediante sesión de fecha 20 de julio del presente año,procedió al análisis y revisión del Informe sobre laEvaluación del Control Interno Ejercicio 2003, realizadopor la sociedad auditora Chávez Escobar & Asociados S.C, encontrando mérito suficiente para aperturar ProcesoAdministrativo Disciplinario a los ex funcionarios públicosde la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres,involucrados en las observaciones del citado informe porlos hechos que seguidamente se consignan: Que, en la Observación Nº 1 del Informe sobre la Evaluación del Control Interno Ejercicio 2003, se observaque algunas cuentas del balance carecen de análisis quepermitan evaluar su presentación en el balance al 31 dediciembre del 2003. La causa de esta diferencia se debe ala falta de control y supervisión por parte del ex ContadorGeneral Sr. DANIEL VICENTE LEVANO, quien haincumplido la Norma Técnica de Control Interno Nº 280-03-Conciliación de Saldos. Que, en la Observación Nº 2 del citado Informe, señala que las cuentas por pagar a proveedores por bienes yservicios por un importe de S/. 3’774,575 y 8’030,310nuevos soles, respectivamente no cuentan con ladocumentación sustentatoria que acredite la deuda, quepermita evaluar si las obligaciones corresponden a laentidad. Esta deficiencia se debe a que el ex ContadorGeneral Sr. DANIEL VICENTE LEVANO no ha tenido laprecaución de conservar la documentación que sustenteel compromiso de pago, incumpliéndose con la NormaTécnica de Control Interno Nº 280-06. Que, en la Observación Nº 3 del Informe, se aprecia que al 31 de diciembre del 2003, no se han provisionadolos dozavos por vacaciones del personal por un importe deS/. 517,570 nuevos soles como gasto del período a fin demostrar adecuadamente la información contable. La causade esta deficiencia se debe a que personal no ha enviadoel informe a contabilidad, empero subsiste responsabilidaden el ex Contador General DANIEL VICENTE LEVANO porno haber aprovisionado las vacaciones del personal deacuerdo a principios de contabilidad generalmenteaceptados. Debido a esta deficiencia los estados financierosse encuentran disminuidos en el rubro de gastos por unimporte de S/. 517,570 nuevos soles. Que, la Observación Nº 4 del Informe referido, señala que de la revisión efectuada a los expedientes de DefensaCivil se observa que no existe evidencia del pago por elCertificado de Defensa Civil que solicitan algunoscontribuyentes y por el cual tiene que pagar un derecho deS/. 50.00. La causa de esta situación se debe a que el exJefe de la Unidad de Tesorería Sr. JOSE AVILA LEYVA nodepositó lo recaudado en forma íntegra y oportuna,incumpliendo la Norma Técnica de Control Interno Nº 230-11, Depósito Oportuno en Cuentas Bancarias. Que, en la Observación Nº 5 del Informe, se ha determinado que en la revisión a los comprobantes deingreso a caja del dinero recaudado, se ha observado queel dinero no ha sido depositado íntegramente en suoportunidad. La causa de esta situación se debe a que elex Jefe de la Unidad de Tesorería, Sr. JOSE AVILA LEYVAno depositó lo recaudado en forma íntegra y oportuna.Esta situación ha ocasionado que el responsable del áreade Tesorería no cumpla con lo dispuesto en la Directiva