Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2005 (19/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de agosto de 2005

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Aprueban adquisicion de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 030-2005-A/MDC
Carabayllo, 6 de agosto del 2005 VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, los Informes Nº 016-2005-CE/MDC y Nº 017-2005-CE/MDC del Presidente del Comite Especial e informe Nº 107/2005/ PVL/MDC del Jefe del Programa del Vaso de Leche, Proveidos Nº 3276-2005-GM y Nº 3779-A-2005-GM de Gerencia Municipal, Nº 321-2005-OAJ/MDC de la Oficina de Asesoria Juridica, Nº 801-2005-ULCP/OA/MDC de la Unidad de Logistica y Control Patrimonial referidos a prorrogar el Desabastecimiento del Suministro de productos alimenticios al Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Carabayllo; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico, y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680; y concordante con el Art. 2º de la Ley Organica de Municipalidades; Que, el Jefe del Programa del Vaso de Leche, mediante Informes de Visto, comunica que a partir del 6 de agosto del 2005 el Programa del Vaso de Leche quedara desabastecido; Que, mediante Informe Nº 016-2005-CE/MDC el Comite Especial, organo encargado de conducir el MORDAZA de seleccion clasificado como Licitacion Publica Nº 001-2005CE/MDC, para adquirir los productos para el Programa del Vaso de Leche; senala que la continuacion de la prorroga del plazo del desabastecimiento inminente para la adquisicion de productos alimenticios al Programa del Vaso de Leche es necesario en vista que en los postores a la licitacion han ejercido su derecho de apelacion del otorgamiento de la Buena Pro, siendo necesaria la prorroga por 91 dias; mientras que con Informe Nº 017-2005-CE/ MDC senala que respecto al item II Hojuelas de Cereales no se ha presentado impugnacion alguna quedando consentida la Buena Pro en este extremo; Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 321-2005-OAJ/MDC opina que se DECLARE LA PRORROGA DE LA SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE POR CAUSAS EXTERNAS, aprobado mediante Acuerdo de Concejo Nº 020-2005-A/ MDC por el periodo de 91 dias, en vista de que las empresas postoras en el MORDAZA de Licitacion Publica Nº 001-2005CE/MDC han impugnado el acto de otorgamiento de la Buena Pro; Que, el Art. 153º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM establece, (...) "Que el recurso de apelacion suspende el MORDAZA desde su interposicion hasta que se configuren las siguientes situaciones (...); Que, el Inciso c) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, precisa que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, el Art. 21º de la Ley MORDAZA acotada establece, "Se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la

Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda"; Que, el Art. 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM establece, "La Resolucion o el Acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion"; Que, los Informes de vistos senalan que se cumple con el requisito de sustentar tecnica y legalmente la justificacion de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de Prorrogar el Desabastecimiento Inminente del Suministro de Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche (Leche Evaporada Entera) de la Municipalidad Distrital de Carabayllo; Estando a lo expuesto y a lo aprobado POR MAYORIA, en Sesion Extraordinaria de Concejo, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; SE ACUERDA: Articulo Primero.- PRORROGAR LA SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE POR CAUSAS EXTERNAS, adoptada mediante Acuerdo de Concejo Nº 013-2005-A/MDC, Nº 020-2005-A/MDC y Nº 023-2005-A/ MDC para la Adquisicion de Suministros de Productos Alimenticios (Leche Evaporada Entera) para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de Carabayllo por UN PLAZO DE 91 DIAS o hasta el consentimiento de la Buena Pro de la Licitacion Publica Nº 0001-2005-CE/MDC. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, a la Subgerencia de Logistica y Bienes Patrimoniales de la Municipalidad la adquisicion del insumo para el Programa del Vaso de Leche, siguiendo el Procedimiento de Exoneracion del MORDAZA de Seleccion de acuerdo a lo establecido en el articulo 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM por el periodo que dure la Situacion de Desabastecimiento Inminente declarada, de conformidad a la normatividad vigente, cuyo monto referencial asciende a la suma de S/. 672,363.58 (SEISCIENTOS SETENTIDOS MIL TRESCIENTOS SESENTITRES Y 58/100 NUEVOS SOLES), segun el siguiente detalle:
ITEM I PRODUCTO Leche Evaporada Entera UNIDAD Lata CANTIDAD 373,535.32 MONTO (S/.) 672,363.58

Articulo Tercero.- PRECISAR, que los montos precitados se encuentran consignados en la Fuente de Financiamiento 17: Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales, en la Especifica del Gasto 5.3.11.24: Alimentos para Personas, del Presupuesto Municipal 2005 de la Municipalidad Distrital de Carabayllo. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administracion y Finanzas la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles de adoptado el mismo, asi como remitir MORDAZA del presente Acuerdo y de los Informes Tecnicos Legales sustentatorios a la Contraloria General de la Republica y demas organos competentes, dentro del plazo de Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14479

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Declaran improcedentes recursos de reconsideracion y de apelacion interpuestos por SERPAR MORDAZA , relativos a la R.A. Nº 165-2005
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 392-2005
Los MORDAZA, 8 de agosto de 2005

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