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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G38/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 19 de agosto de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa (CMAC AREQUIPA), para que se leautorice la apertura de una Oficina Especial Temporal en la"XII Feria Internacional Arequipa" a realizarse del 11 al 21de agosto de 2005 en el Centro de Eventos y Exposiciones de Cerro July, ubicada en el distrito de Jacobo Hunter, provincia y departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "B" mediante Informe Nº 084-2005-DEMB; y, De conformidad con el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánicade la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; el procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la SBS, aprobado medianteResolución SBS Nº 131-2002 del 11-2-2002 y susmodificatorias; la Circular Nº CM-334-2005; y en virtud de lafacultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096-2005del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa (CMAC AREQUIPA), la apertura deuna Oficina Especial Temporal en la "XII Feria InternacionalArequipa" a realizarse del 11 al 21 de agosto de 2005 en el Centro de Eventos y Exposiciones de Cerro July, ubicada en el distrito de Jacobo Hunter, provincia y departamentode Arequipa. Artículo Segundo.- Conforme se indica en el numeral 15.7 de la Circular Nº CM-0334-2005, dentro de los siete(7) días calendario de formalizada la apertura, la CMAC Arequipa deberá reportar a esta Superintendencia las acciones realizadas en el Anexo B "Movimiento de Oficinas" de la precitada Circular. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Bancay Microfinanzas 14497 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6A/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65 /G41/G68/G6F/G72/G72/G6F/G20/G79/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G75/G6C/G6C/G61/G6E/G61/G2C/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61 /G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G2D/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G69/G75/G72/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1161-2005 Lima, 10 de agosto de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A. para que se le autorice la aperturade dos Oficinas Especiales, una en el distrito de Bellavista,y otra en el distrito de Sullana, provincia de Sullana, departamento de Piura; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "B" mediante Informe Nº 087-2005-DEM "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema deSeguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; la Circular SBS Nº CM-334-2005,el procedimiento administrativo Nº 11 del Texto Único deProcedimientos Administrativos aprobado mediante Resolución SBS Nº 131-2002, modificada por Resolución SBS Nº 1276-2002; y en virtud de la facultad delegadapor Resolución SBS Nº 1096-2005, del 25 de julio de2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana, la apertura de las siguientes OficinasEspeciales: - Oficina Sullana: Av. José de Lama Nº 344, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura. - Oficina Bellavista: Calle Puno Nº 315, distrito de Bellavista, provincia de Sullana y departamento de Piura. Artículo Segundo.- Las oficina especiales realizarán las operaciones de Créditos MES y de Consumo y de captación de Depósitos. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto deBanca y Microfinanzas 14452 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G64/G70/G79/G6D/G65/G20/G50/G72/G6F/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G65/G6C /G74/G72/G61/G73/G6C/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G70/G72/G69/G6E/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G61/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F /G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G42/G6F/G72/G6A/G61/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1162-2005 Lima, 10 de agosto de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Entidad de Desarrollo de la Pequeña y Microempresa - EDPYME Proempresa,requiriendo la autorización de esta Superintendencia parael traslado de su Oficina Principal ubicada en eldepartamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, las razones expuestas por la empresa recurrente justifican el traslado solicitado, habiéndose cumplido con presentar la documentación pertinente; Estando a lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluación Microfinanciera "A" medianteInforme Nº 095-2005-DEM "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca ySeguros - Ley Nº 26702, la Circular Nº EDPYME 118-2005,y en virtud de las facultades delegadas por ResoluciónSBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Edpyme Proempresa el traslado de su Oficina Principal ubicada en calle LasPerdices Nº 122 - San Isidro, provincia y departamento deLima, a una nueva dirección ubicada en Av. Aviación Nºs. 2431, 2433, 2437, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 14468