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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G38/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 19 de agosto de 2005 Artículo Segundo.- Aprobar el PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE EX TRABAJADORES CESADOSIRREGULARMENTE DEL EX CTAR PIURA, el mismo queconsta de 11 títulos;, y que forma parte de la presente resolución en anexo(2) adjunto. Artículo Tercero.- Rectifíquese, el error material, consignado en la Resolución Ejecutiva Regional Nº 472-2005-GOB-REG. PIURA-PR de fecha once de agosto del2005, a que se ha hecho alusión en la parte pertinente delos considerandos de la presente resolución, quedando subsistente los demás extremos de la Resolución Ejecutiva referida en el presente artículo. Artículo Quinto.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso a laProcuradora Pública Regional, para los finescorrespondientes, con conocimiento del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de la Oficina Regional de Control Institucional y estamentos regionales pertinentes;al Diario Oficial El Peruano y al Diario Oficial de la Regiónpara su publicación. Regístrese y comuníquese. CESAR TRELLES LARA Presidente ANEXO Nº 01 REINCORPORACIÓN EX TRABAJADORES - Plan Operativo Ley Nº 27803 PRIMERA CONVOCATORIA Fecha Título 14 y 15 agosto 2005 Convocatoria 18 agosto 2005 Publicación de Plazas vacantes Para Proceso de Reincorporación. 18 y 19 agosto 2005 Entrega y Recepción de ficha gratuita de los ex trabajadores que hansolicitado su reincorporación en laUnidad de Trámite Documentario de laSede del GOBIERNO REGIONAL PIURA. 19 agosto 2005 Publicación de la relación de los ex trabajadores registrados conforme ala presente convocatoria, en elGOBIERNO REGIONAL PIURA. 19 agosto 2005 Informe al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo 22 agosto al 17 sep. 2005 De Capacitación y Selección según Plan Operativo de Ejecución Ley Nº 27803 3 octubre 2005 Plazas vacantes REINCORPORACIÓN EFECTIVA DE LOS TRABAJADORES APTOS . 14489 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G65/G73/G61/G66/G65/G63/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F /G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G20/G4D/G6F/G6C/G69/G6E/G61/G2C/G20/G61 /G63/G6F/G6E/G73/G65/G63/G75/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G61/G64/G65/G6C/G20/G63/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G4D/G6F/G6E/G74/G65/G72/G72/G69/G63/G6F ORDENANZA Nº 807 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de agosto de 2005, el Documento Simple Nº 025032-1997, seguido por Inversiones BRECA S.A., quienes han presentado un proyecto de Reestructuración Urbana delárea Comercial de la Urbanización Ampliación ResidencialMonterrico, del distrito de La Molina, que incluye ladesafectación y asignación de zonificación de la calle LosAlmendros en el tramo ubicado entre la Mz. B1 y Mz. C1, de la Urbanización mencionada, cuya área de terreno es de 1,513.44 m2, y del área de estacionamiento exterior querodea las dos manzanas precitadas, cuya área total es de2,513.35 m2; y, De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 053-2005-MML-CMDUVN, por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales en suDictamen Nº 092-2005-MML-CMAL, y por la ComisiónMetropolitana de Asuntos Económicos y de Organizaciónen su Dictamen Nº 158-2005-MML-CMAEDO; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA DESAFECTACIÓN DE UN TERRENO UBICADO EN EL DISTRITO DE LA MOLINA, A CONSECUENCIA DE LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DE REESTRUCTURACIÓN URBANA DEL CENTRO COMERCIAL RESIDENCIAL MONTERRICO Artículo Primero.- Declarar procedente la Desafectación de la primera cuadra de la calle Los Almendros en el tramo comprendido entre la Calle Los Mangos y la Av. Javier Prado de 1,513.44 m2, colindante a las Mz. B1 y Mz. C1, de la Urb.Ampliación Residencial Monterrico del distrito de La Molina,y del área de estacionamiento exterior que rodea las dosmanzanas precitadas, cuya área total es de 2,513.35 m2, afin de ser incorporadas a los predios antes mencionados, a consecuencia de la aprobación del Proyecto de "Reestructuración Urbana del Centro Comercial ResidencialMonterrico". Artículo Segundo.- Asignar la zonificación de Zona de Comercio Sectorial (C3), al total del área desafectadaindicada en el Artículo Primero. Artículo Tercero.- Aprobar el Ajuste del Sistema Vial Metropolitano, en consecuencia, modificar el Anexo 2 de laOrdenanza Nº 341-MML, en lo que respecta a la Intersecciónde las avenidas Javier Prado y La Molina del distrito de LaMolina, en donde se eliminan sus estacionamientosexteriores, sin modificar el trazado ni la sección de calzada de las vías auxiliares de las citadas avenidas Javier Prado y La Molina; de acuerdo al Plano Nº PRU-01, elaboradopor la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano de laDirección Municipal de Desarrollo Urbano. Artículo Cuarto.- Inscribir la titularidad del área materia de desafectación a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, encargando a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, efectuarel saneamiento físico legal de las áreas resultantes delProyecto de "Reestructuración Urbana del Centro ComercialResidencial Monterrico" indicadas en el Artículo Primero,así como su trámite de inscripción en el Registro de Predios. Artículo Quinto.- Establecer que a la Municipalidad Distrital competente corresponderá decidir sobre laexpedición de las licencias respectivas con relación alterreno resultante de la acumulación de las Manzanas B1y C1 de la Urbanización Ampliación Residencial Monterrico,observando obligatoriamente los parámetros establecidos en el primer artículo del Acuerdo de Concejo Nº 252 de fecha 11 de agosto de 2005, toda vez que el mismo escolindante al Proyecto de carácter Metropolitano Eje vialJavier Prado-La Marina-Elmer Faucett. POR TANTO; Mando se registre, publique, y cumpla. En Lima, a los once días del mes de agosto del año dos mil cinco. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 14434