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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (19/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G38/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 19 de agosto de 2005 Auditoría, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140- 2003-CG, en lo que resulta aplicable. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoría la supervisión de lo autorizado en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 14443 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65 /G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G41/G75/G64/G69/G74/G6F/G72/GED/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72 /G61/G75/G64/G69/G74/G6F/G72/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G57/G61/G77/G61/G20/G57/G61/G73/G69/G2D/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G64/G65/G20/G50/G72/GE9/G73/G74/G61/G6D/G6F/G20/G42/G49/G44/G20/G4E/GBA/G20/G31/G31/G34/G34/G2F/G4F/G43/G2D/G50/G45 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 364-2005-CG Lima, 16 de agosto de 2005 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 043-2005-CG/ SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoría, sobreampliación del alcance de los servicios de auditoría externarealizada por la Sociedad Gutiérrez Ríos y AsociadosSociedad Civil, solicitada por el Programa Nacional WawaWasi - Contrato de Préstamo BID Nº 1144/OC-PE del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES), por el período febrero-marzo de 2005; CONSIDERANDO:Que, con la Resolución de Contraloría Nº 461-2004-CG de fecha 15.11.2004, correspondiente al Concurso Público de Méritos Nº 06-2004-CG, se designó a la Sociedad deAuditoría Gutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil, pararealizar la auditoría a los estados financieros y otrosaspectos operativos del Programa Nacional Wawa Wasi -Contrato de Préstamo BID Nº 1144/OC-PE del MIMDES, por el período 2004 y enero de 2005; Que, con los Oficios Nºs. 178-05-MIMDES/PNWW/DE y 284-05-MIMDES/PNWW/DE, la Directora Ejecutiva delPrograma Nacional Wawa Wasi del MIMDES, acredita queel Banco Interamericano de Desarrollo ha concedido unaprórroga para el desembolso de los recursos del Contrato de Préstamo Nº 1144/OC-PE hasta marzo de 2005, en consecuencia, requiere autorización para la ampliación delalcance de los servicios de auditoría externa de la SociedadGutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil, a fin de incluir elperíodo febrero - marzo de 2005; Que, en el párrafo 6.01 del Documento Política del Banco sobre Auditoría de Proyectos y Entidades (Documento AF-100) el Banco considera beneficioso elmantenimiento de los mismos auditores a lo largo de laejecución del proyecto sujeto a los requisitos de elegibilidad(No Objeción) mencionados en el párrafo 4.02 del referidoDocumento AF 100; Que, el literal c) del artículo 6º del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado porResolución de Contraloría Nº 140-2003-CG señala quetratándose de préstamos y/o donaciones efectuados pororganismos internacionales, la solicitud de designaciónpuede extenderse hasta todo el período del financiamiento, siempre que ello sea exigible por el convenio internacional respectivo y/o en las normas del organismo internacionalque corresponda; adicionalmente, el artículo 59º delReglamento indica que la Contraloría General de la Repúblicapuede autorizar la ampliación del alcance de la auditoría,para cuyo efecto emite la Resolución correspondiente, estableciendo los términos y condiciones de dicha autorización; Que, con el documento Nº 1446/2005 de 21.3.2005 el Banco Interamericano de Desarrollo comunica a la Entidadque no tiene objeción para ampliar el alcance de la auditoríarealizada por la Sociedad Gutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil, a fin de examinar los estados financieros al 31.3.2005 en lugar del 31.1.2005, presentando de estamanera los estados financieros auditados al 31.12.2004 yal 31.3.2005, en consecuencia, la solicitud para ampliar elalcance de la auditoría, obedece a un compromisoinstitucional ineludible asumido con el Banco, verificado con posterioridad a la convocatoria del Concurso Públicode Méritos 06-2004-CG; Que, mediante el documento del Visto, se ha determinado que la solicitud de la Entidad se encuentra dentro de los alcances del literal c) del artículo 6º y artículo59º del referido Reglamento para la Designación deSociedades de Auditoría, aprobado por Resolución deContraloría Nº 140-2003-CG, recomendando la ampliacióndel alcance de la auditoría solicitada; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 20º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de laRepública, y el artículo 59º del Reglamento para laDesignación de Sociedades de Auditoría aprobado porResolución de Contraloría Nº 140-2003-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación del alcance de los servicios de la Sociedad de Auditoría Gutiérrez Ríosy Asociados Sociedad Civil, para realizar la auditoría de los estados financieros del Programa Nacional Wawa Wasi - Contrato de Préstamo BID Nº 1144/OC-PE del Ministeriode la Mujer y Desarrollo Social, por el período febrero -marzo de 2005. Artículo Segundo.- El Programa Nacional Wawa Wasi del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social deberá contratar los servicios profesionales de la Sociedad de Auditoría Gutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil, para el examenseñalado en el artículo precedente; dentro de lasformalidades establecidas en la Propuesta Técnica,Propuesta Económica y el Reglamento para la Designaciónde Sociedades de Auditoría aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoría la supervisión de lo autorizadopor la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 14444 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 830-2005-JEF/RENIEC Lima, 8 de agosto de 2005 Visto, el Oficio Nº 2312-2005-GO/RENIEC, el Informe Nº 1843-2005-GO-SGREC/RENIEC, y el Informe Nº 871-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de AsesoríaJurídica el 2 de agosto del 2005; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26497, se crea el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con arreglo a loprevisto en los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como órgano autónomo con personería jurídica de derecho público interno que goza de atribucionesen materia registral, técnica, administrativa, económica yfinanciera; encargada de organizar y mantener el registroúnico de identificación de las personas naturales e inscribirlos hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, órgano encargado deplanear, organizar y supervisar las acciones de gestión ycontrol de calidad en materia de identificación y estadocivil, ha detectado que la ciudadana GENOVEVA HUISACHUMBISUCA, en atención al principio de veracidad de las declaraciones, inscribió en forma irregular el nacimiento de