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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (19/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G38/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 19 de agosto de 2005 MUNICIPALIDAD DE BREÑA /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G6F/G6E/G74/G6F /G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73 /G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 (Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Municipalidad de Breña, mediante Oficio Nº 15-2005-SG/MDB, recibido el 17 de agosto de 2005) ORDENANZA Nº 146-2005-MDB Breña, 29 de enero del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE BREÑA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Breña, en Sesión Ordinaria de fecha; VISTO: El Informe Nº 004-2005-GAT -GAR/MDB de fecha 28 de enero del 2005 en la Subgerencia de AdministraciónTributaria; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modificado por la Ley Nº 27680 establece que losGobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 102-MDB de fecha 20 de enero del año 2004 se aprobó el otorgamiento de beneficiostributarios por pronto pago de los arbitrios municipales,para el ejercicio fiscal del año 2004; Que, en ese contexto para el presente ejercicio fiscal es necesario establecer políticas tributarias que permitan otorgar beneficios a los contribuyentes que cumplan concancelar el importe de los arbitrios dentro del plazo devencimiento de la primera cuota del impuesto predial y delos arbitrios municipales; Con las atribuciones que confieren los Incs. 8) y 9) del artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámitede aprobación del Acta; se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL OTORGAMIENTO DE BENEFICIO TRIBUTARIO POR PRONTO PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTE AL AÑO 2005 Artículo Primero.- Descuento por pronto pago Establecer un descuento por pronto pago de los arbitrios municipales a aquellos contribuyentes que cumplan con el pago de los arbitrios municipales 2005 dentro del plazo devencimiento de la primera cuota, de acuerdo al detalle siguiente: Arbitrio anual menor a 0.50 de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) a) Descuento del 10% del monto insoluto para aquellos que cancelen en una armada los meses de enero adiciembre. b) Descuento del 10% del monto insoluto para aquellos que cancelen en una sola armada los meses de enero a junio. c) Descuento de 10% del monto insoluto para aquellos que cancelen en una sola armada los meses de julio adiciembre. Arbitrio anual igual o mayor a 0.50 de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) a) Descuento del 5% del monto insoluto para aquellos que cancelen en una sola armada los meses de enero adiciembre. POR TANTO: Mando, se registre, publique y cumpla. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 13722/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61 /G6A/G75/G72/G69/G73/G64/G69/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 160-MDB Breña, 18 de julio del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha y con dispensa del trámite de aprobación del acta; VISTO: El Informe Nº 110-05-SGAT-GAR/MDB de fecha 15 de julio del 2005 de la Subgerencia de Administración Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía, política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia; Que, así mismo el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece quelas Municipalidades, como órganos de Gobierno Local tienen autonomía en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 196º de dicha norma establece que son rentas de las municipalidades los tributos creados por ley a su favor, las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos creados por Ordenanza Municipal, conforme aLey; Que, la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por DecretoSupremo Nº 135-99-EF , establece que los gobiernos locales, mediante ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerarde ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, el artículo 41º de dicha norma, establece que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley y que excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, con carácter generalel interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que de acuerdo a lo previsto en el Art. 62º incisos 4, 9, 11, 13 y 14 del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y el Art. 5º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, la Municipalidad deBreña ha iniciado en el mes de enero del presente año el proceso de fiscalización tributaria de los principales contribuyentes del distrito; con el fin de constatar elcumplimiento de sus obligaciones tributarias municipales incluidas en sus Declaraciones Juradas, correspondientes a los períodos fiscales 2001 al 2004; Que, es política de la Municipalidad Distrital de Breña incentivar el cumplimiento voluntario por parte de los contribuyentes de sus obligaciones tributarias, siendo porello necesario otorgar las facilidades posibles a los contribuyentes del distrito para permitirles ponerse al día con dichas obligaciones; Conforme a las atribuciones que confiere el inciso 8) del Artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámitede aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA BENEFICIO TRIBUTARIO EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE BREÑA Artículo Primero.- ALCANCE Otórguese un Beneficio Tributario a todos los contribuyentes del distrito de Breña que se encuentren en proceso de Fiscalización Tributaria, y que a la fecha cuenten con la liquidación respectiva de las diferencias de pagostanto en Impuesto Predial así como en los Arbitrios Municipales por los años 2001 al 2004.