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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G32/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 26 de agosto de 2005 Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM, respectivamente, Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, y en uso delas atribuciones conferidas por el artículo 64º del DecretoLegislativo Nº 052- Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- EXONERAR POR LA CAUSAL DE PROVEEDOR ÚNICO, la adquisición de insumos,materiales médicos y de laboratorio que no admitensustitutos, conforme al listado de ítems que indica el InformeNº 239-2005-MP-FN-GECLOG-GEA, emitido por la Gerencia de Abastecimiento, por un valor referencial total de S/. 143,847.84 (Ciento Cuarenta y Tres Mil OchocientosCuarenta y Siete y 84/100 Nuevos Soles), con las Fuentesde Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: RecursosDirectamente Recaudados, en mérito a los fundamentosexpuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia Central de Logística a efectuar la adquisición de insumos,materiales médicos y de laboratorio, que no admitensustitutos, a las empresas BIOMOL PERÚ SAC., yGENLAB PERÚ SAC., conforme al listado de ítems que indica el Informe Nº 239-2005-MP-FN-GECLOG-GEA, que en Anexo forma parte de la presente Resolución, medianteuna acción inmediata, conforme a lo previsto en los Artículos20º del Texto Único Ordenado y 148º del Reglamento de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- Disponer se efectúe la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el SEACE, y asimismo se remita a laContraloría General de la República y al Tribunal deContrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE, copia de la misma, así como de los informesque la sustentan, dentro de los 10 días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo Cuarto.- Remitir copia de la presente Resolución a la Gerencia General, Gerencias Centrales deLogística, Finanzas y Oficina de Asesoría Jurídica, paralos fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 14815 S B S /G4F/G70/G69/G6E/G61/G6E/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G61/G62/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G63/G65/G72/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G42/G6F/G6E/G6F/G73/G20/G43/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G62/G61/G6A/G6F/G20/G65/G6C/G72/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G6F/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65 /G42/G6F/G6E/G6F/G73/G20 /G43/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G42/G61/G6E/G63/G6F /G43/G6F/G6E/G74/G69/G6E/G65/G6E/G74/G61/G6C/G22 RESOLUCIÓN SBS Nº 1230-2005 Lima, 18 de agosto de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Banco Continental para que se opine favorablemente sobre la emisión de BonosCorporativos bajo el régimen del "Segundo Programa deBonos Corporativos del Banco Continental", a inscribirsepróximamente en el Registro Público del Mercado de Valores de la CONASEV, hasta por la suma de US$ 50 000 000.00 (Cincuenta Millones y 00/100 Dólares Americanos)o su equivalente en Nuevos Soles, Euros o Yenes; CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 221º, numeral 14, faculta a las empresas delsistema financiero a emitir y colocar bonos; Que, el artículo 232º de la Ley General establece que tratándose de la emisión de instrumentos financieros quetengan la condición de valores mobiliarios y que se emitan por oferta pública, la CONASEV procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previaopinión favorable expedida por Resolución de estaSuperintendencia y de la documentación precisada en elartículo 18º de la Ley del Mercado de Valores, DecretoLegislativo Nº 861; Que, en la Junta Obligatoria Anual de Accionistas del Banco Continental celebrada el 31 de marzo de 2005, seacordó autorizar la emisión de obligaciones hasta por lasuma de US$ 250 000 000.00 (Doscientos CincuentaMillones y 00/100 Dólares Americanos) o su equivalenteen moneda nacional u otras monedas, durante el período comprendido entre el 31 de marzo de 2005 y la realización de la siguiente Junta Obligatoria Anual de Accionistas,delegando en el Directorio la facultad de decidir laoportunidad, monto y todas las demás características delas emisiones; Que, mediante Sesión de Directorio celebrada el 12 de mayo de 2005, se aprobó el "Segundo Programa de Instrumentos Representativos de Deuda del BancoContinental", hasta por un monto máximo de US$ 50 000000.00 (Cincuenta Millones y 00/100 Dólares Americanos)o su equivalencia en Nuevos Soles, Euros o Yenes, el cualcontempla la emisión, entre otros instrumentos, de Bonos Corporativos; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria "B", el Departamento Legal, elDepartamento de Riesgos de Mercado y Liquidez y laGerencia de Estudios Económicos a través de los InformesNº 112-2005-DEB "B", Nº 510-2005-LEG, Nº 055-2005- DERML y Nº 047-2005-ASF; y, con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas,Riesgos y Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la Ley General; RESUELVE: Artículo Único.- Opinar favorablemente acerca de la emisión de Bonos Corporativos bajo el régimen del"Segundo Programa de Bonos Corporativos del BancoContinental", a inscribirse próximamente en el Registro Público del Mercado de Valores de la CONASEV, que realizaría el Banco Continental hasta por la suma de US$50 000 000.00 (Cincuenta Millones y 00/100 DólaresAmericanos) o su equivalente en Nuevos Soles, Euros oYenes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 14807 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G41/G6E/G65/G78/G6F/G20/G49/G49/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G43/G6C/G61/G73/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G44/G65/G75/G64/G6F/G72/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G45/G78/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 1315-2005 Lima, 24 de agosto de 2005EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (A.I): CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución SBS Nº 895-98 y sus normas modificatorias, se aprobó el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, en adelanteManual de Contabilidad;