Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2005 (06/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 6 de diciembre de 2005

todos los pensionistas, sin exceder al saldo del devengado a que tuviere derecho el pensionista, en cuyo caso la cuota de dicho mes sera equivalente al importe por dicho saldo. 1.3 A partir del pago que se ejecutara desde el mes de enero de 2006, el pago de los devengados que se generen, asi como los que se encuentren por pagar a que tuvieren derecho los pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones - Decreto Ley Nº 19990, continuara efectuandose mensualmente a razon de cuotas equivalentes al 50% (cincuenta por ciento) del monto que como pension se otorgue mensualmente al pensionista. Articulo 2º.- Financiamiento El presente Decreto Supremo no demandara recursos adicionales al Tesoro Publico, sujetandose a las asignaciones aprobadas en la Ley Anual de Presupuesto, concordante con el articulo I del Titulo Preliminar de la Le Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de diciembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 20699

Ministerio de Economia y Finanzas procedio a efectuar el calculo correspondiente para la determinacion de los indices de distribucion del Canon y Sobrecanon Petrolero; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 0312002-EF - Reglamento de la Ley Nº 27555 y el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificanse los indices de distribucion del Canon y Sobrecanon Petrolero aprobados mediante Decreto Supremo Nº 204-1988EF y modificados por los Decretos Supremos Nºs. 14395-EF y 034-2002-EF y la Resolucion Ministerial Nº 007-2005-EF-15, a fin de incorporar en la distribucion al distrito de Andoas creado en la provincia de Datem del Maranon, departamento de MORDAZA, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas ANEXO Nº 1 Modificacion de los indices de distribucion del Canon y Sobrecanon Petrolero por la creacion del distrito de Andoas DEPARTAMENTO MORDAZA PROVINCIA Datem del Maranon DISTRITO Pastaza Andoas 20667 INDICE 0.668000 0.658800

Modifican Indices de distribucion del Canon y Sobrecanon Petrolero, a fin de incorporar en la distribucion al distrito de Andoas, provincia de Datem del Maranon, departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 630-2005-EF/15 MORDAZA, 5 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 204-1988-EF y modificados por los Decretos Supremos Nºs. 143-95EF y 034-2002-EF y la Resolucion Ministerial Nº 0072005-EF-15, se establecen los indices de distribucion del Canon y Sobrecanon Petrolero del departamento de Loreto; Que, mediante Ley Nº 28593 se crea en el departamento de MORDAZA, la provincia de Datem del Maranon y el distrito de Andoas; Que, la Ley Nº 27555, Ley que autoriza la reasignacion y aplicacion de recursos en los nuevos distritos creados, autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas a reasignar los recursos del Canon a los nuevos distritos creados o por crearse a nivel nacional, estableciendo que dicha reasignacion implica la modificacion de los indices de distribucion y transferencias de los montos que correspondan a cada circunscripcion resultante; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 031-2002EF - Reglamento de la Ley que autoriza la Reasignacion y Aplicacion de Recursos en los nuevos distritos creados o por crearse, se dispuso los procedimientos y mecanismos que permitan la reasignacion, asi como la aprobacion de los indices de distribucion de los recursos del Canon y Sobrecanon Petrolero que les correspondan a los nuevos distritos creados, en base a la informacion oficial que proporcione el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI y otras dependencias responsables; Que, sobre la base a la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica INEI mediante el Oficio Nº 139-2005-INEI/DTDIS, el

Aprueban monto y caracteristicas de Bonos Soberanos a ser emitidos en el MORDAZA de lo dispuesto en el D.S. Nº 162-2005-EF
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 023-2005-EF/75.01 MORDAZA, 5 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 162-2005EF, se aprobo la operacion de administracion de deuda, a traves de un prepago, total o parcial, a la par, de la deuda con Japan Peru Oil Co., Ltd - JAPECO del Gobierno del Japon, cuyo financiamiento se realizara con emisiones de bonos soberanos en el MORDAZA local y/o internacional; Que, mediante el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 162-2005-EF, se aprobo la emision interna y/o externa de bonos soberanos, en una o mas colocaciones segun corresponda, hasta por el monto equivalente en moneda nacional o en dolares de los Estados Unidos de MORDAZA, segun corresponda, a JPY 100 418 435 579,00 (Cien mil cuatrocientos dieciocho millones cuatrocientos treinta y cinco mil quinientos setenta y nueve y 00/100 de Yenes Japoneses), como parte de la referida operacion de administracion de deuda; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 162-2005-EF, y en concordancia con el Reglamento de la Emision y Colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA Interno, aprobado por el Decreto Supremo Nº 193-2004-EF, la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas establecera las caracteristicas de los bonos soberanos a ser utilizados en la mencionada operacion de administracion de deuda;

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