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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G38/G35/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de diciembre de 2005 Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-IN; Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida al 31 de diciembre del 2005, la designación del Cmdte. PNP Pedro Pablo ZAMUDIOPALANTE, en el cargo de Comisionado Adjunto para Asuntos de Seguridad, en apoyo al Comisionado para la Paz y el Desarrollo con competencia en el departamentode Ayacucho, Huancavelica y la provincia de La Convención en el departamento del Cusco, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación. Artículo 2º.- Designar a partir del 1 de enero del 2006, al Cmdte. PNP Juan Manuel UBILLUS NUÑEZ, en el cargo de Comisionado Adjunto para Asuntos deSeguridad, en apoyo al Comisionado para la Paz y el Desarrollo con competencia en el departamento de Ayacucho, Huancavelica y la provincia de La Convenciónen el departamento del Cusco. Artículo 3º.- El referido Oficial dependerá funcionalmente del Director General de la Oficina Generalde Defensa Nacional del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. RÓMULO PIZARRO TOMASIO Ministro del Interior 20846 MIMDES /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20 /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G64/G65/G20 /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G61 /G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G75/G6A/G65/G72 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 791-2005-MIMDES Lima, 6 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 286-2005- MIMDES, de fecha 11 de mayo de 2005, se designó a la señora RUSSELA ANTONIETA ZAPATA ZAPATA, en el cargode Directora General de la Dirección General de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Que, con Resolución Ministerial Nº 790-2005-MIMDES, de fecha 6 de diciembre de 2005, se autorizó el viaje de la señora RUSSELA ANTONIETA ZAPATA ZAPATA, Directora General de la Dirección General de la Mujer del MIMDES,del 7 al 10 de diciembre de 2005, para asistir a la Segunda Sesión Ordinaria del Comité Directivo de la Comisión Interamericana de Mujeres para el período 2004-2006, quese realizará en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 8 al 9 de diciembre de 2005; Que, en consecuencia es necesario encargar las funciones del puesto de la Directora General de la Dirección General de la Mujer del MIMDES, en tanto dure la ausencia de la citada funcionaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, en la Ley Nº 27594, en la Ley Nº 27793; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministeriode la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar, a la abogada ILLIAN MILAGROS HAWIE LORA, Directora Ejecutiva del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexualdel Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, las funciones del puesto de la Directora General de la Dirección General de la Mujer del MIMDES, a partir del 7de diciembre de 2005 y mientras dure la ausencia de la señora RUSSELA ANTONIETA ZAPATA ZAPATA. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 20854PRODUCE /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G73/G63/G61/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G72/G20/G65/G6D/G62/G61/G72/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G61/G73 /G64/G65/G20/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G73/G20/G76/G65/G6E/G65/G7A/G6F/G6C/G61/G6E/G61/G20/G79/G20/G65/G63/G75/G61/G74/G6F/G72/G69/G61/G6E/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 340-2005-PRODUCE/DNEPP Lima, 11 de noviembre de 2005 Visto el escrito con registro Nº 00037094, del 10 de noviembre del 2005, presentado por doña CLAUDIA MARIA CONSUELO LEON ROSAS en representación de la empresa PESQUERA CUYUNI C.A.; CONSIDERANDO: Que el inciso c), del artículo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o jurídicas requerirán de permiso depesca para la operación de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el artículo 47º de dicha norma establece que las operaciones deembarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuará sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada derecursos hidrobiológicos por la flota existente en el país, sujetándose a los términos y condiciones establecidos en la legislación interna sobre preservación y explotaciónde los recursos hidrobiológicos y sobre los procedimientos de inspección y control, para lo cual los armadores extranjeros deberán acreditar domicilio yrepresentación legal en el país; Que asimismo, los artículos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que elpermiso de pesca es un derecho específico que el Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción) otorga a plazo determinado para el desarrollode las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes. De otro lado el inciso c) del artículo 48º de la citada Ley dispone que la pesca enaguas jurisdiccionales peruanas podrá llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera para la extracción de recursos de oportunidad o altamentemigratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de Pesquería, (actualmente Ministerio de la Producción), mediante el pago de los correspondientesderechos de pesca; Que mediante Decreto Supremo Nº 032-2003- PRODUCE, del 4 de noviembre del 2003, se aprobó elReglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, estableciendo su numeral 7.5 del artículo Nº 7º en US$ 10.00 (diez dólares de los Estados Unidos deAmérica) por cada Tonelada de Arqueo Neto los derechos de pesca para los armadores de embarcaciones atuneras de bandera extranjera, que suscriban Convenios deAbastecimiento al amparo de lo dispuesto en el artículo 17º del Reglamento de la Ley General de Pesca, para destinar el producto de la extracción a establecimientosindustriales con licencia de operación otorgada por el Ministerio de la Producción para la elaboración de conservas, congelado o curados; Que a través del escrito del visto, doña CLAUDIA MARIA CONSUELO LEON ROSAS, en representación de la empresa PESQUERA CUYUNI C.A., solicitapermiso de pesca para operar la embarcación pesquera denominada “CUYUNI”, de bandera venezolana, en la extracción del recurso hidrobiológico atún y especiesafines, dentro de aguas jurisdiccionales peruanas con destino al consumo humano directo, por el término de tres meses; Que de la evaluación efectuada al expediente se ha verificado que la recurrente, ha suscrito Convenios de Abastecimiento para destinar el producto de la extraccióna un establecimientos industriales pesqueros con licencia otorgada por el Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción), para desarrollar la actividadde procesamiento y congelación de productos hidrobiológicos, según lo dispuesto en el numeral 7.5 del artículo 7º del Reglamento de Ordenamiento Pesquerodel Atún aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003- PRODUCE, y asimismo ha cumplido con presentar los