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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G38/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de diciembre de 2005 cumplimiento de la Medida Cautelar temporal sobre el fondo, emitido por el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia del Santa, a través de la Resolución número Uno de fecha 24 de agosto del 2005,seguido en el expediente Nº 2005-1476, reiterado por Resolución número Cuatro de fecha 27 de septiembre del 2005; la administración, otorga a favor del señorSEBASTIAN MARTIN NOVOA PORRAS, permiso de pesca vía ampliación en forma provisional para operar la embarcación pesquera "DON ABELARDO" de matrículaCO-4537-PM con 111.36 m 3 de volumen de bodega, en la extracción del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto; utilizando para ello redes decerco con tamaño mínimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.); como consecuencia del Contrato de Asociación y Participación suscrita con Pesquera OlimpoS.R.L y en virtud al derecho de incremento de flota otorgado por Resolución Viceministerial Nº 020-2004- PRODUCE/DVM-PE; Que mediante Oficio Nº 2734-2005-PJPL-CSJSA-PJ del 24 de octubre del 2005, el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia del Santa alcanzala Resolución número Ocho de fecha 24 de octubre del 2005, por medio de la cual se CANCELA la medida cautelar concedida mediante Resolución número Unode fecha 24 de agosto del 2005; Que el artículo 3º de la Resolución Directoral Nº 262- 2005-PRODUCE/DNEPP del 5 de octubre del 2005,precisa que el derecho administrativo, concedido por la resolución antes indicada, quedará sin efecto en el caso que el Poder Judicial, como consecuencia de larevocación de la medida cautelar lo ordene con sentencia firme y desfavorable al titular del derecho indicado; Que asimismo mediante Resolución Directoral Nº 100-99-PE/DNE del 29 de abril de 1999, se otorgó permiso de pesca a favor de PESQUERA HAYDUK S.A., para operar la embarcación multipropósito "DONABELARDO" de matrícula CO-4537-PM con 111.36 m 3 de capacidad de bodega, utilizando sistema depreservación cajas con hielo, en la extracción de losrecursos hidrobiológicos cachema, lisa con redes de cerco de 1½ pulgada, jurel, caballa, langostino, calamar común con redes de arrastre de 3½ pulgada, tiburón,barrilete, perico, pez volador y pez espada con palangre destinados al consumo humano directo; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 344- 2005-PRODUCE/DNEPP-Dchi y la opinión favorable delárea legal de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto lo dispuesto en la Resolución Directoral Nº 262-2005-PRODUCE/DNEPP del 5 de octubre del 2005, la cual en estricto cumplimiento de la Medida Cautelar temporal sobre el fondo quedacancelada de pleno derecho de acuerdo a la Resolución emitida por el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia del Santa que dispuso se otorguepermiso de pesca vía ampliación en forma provisional al señor SEBASTIAN MARTIN NOVOA PORRAS para operar la embarcación pesquera "DON ABELARDO" dematrícula CO-4537-PM con 111.36 m 3 para la extracción del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto; utilizando para ello redes de cerco con tamañomínimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.); como consecuencia del Contrato de Asociación y Participación suscrita con Pesquera Olimpo S.R.L. y envirtud al derecho de incremento de flota otorgado por Resolución Viceministerial Nº 020-2004-PRODUCE/ DVM-PE en cumplimiento a la Resolución número Ochodel 24 de octubre del 2005 emitido por el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia del Santa. Artículo 2º.- La embarcación "DON ABELARDO" de matrícula CO-4537-PM deberá extraer los recursos hidrobiológicos indicados en la Resolución Directoral Nº 100-99-PE/DNE del 29 de abril de 1999, la cual seotorgó permiso de pesca a favor de PESQUERA HAYDUK S.A., para operar la referida embarcación multipropósito. Artículo 3º.- Excluir la Resolución Directoral Nº 262- 2005-PRODUCE/DNEPP e incorporar la presente resolución en el Anexo I de la Resolución MinisterialNº 284-2003-PRODUCE; así como en el anexo III del listado de embarcaciones publicada por Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia y Oficina de Procuradoría Pública del Ministerio de la Producción, a las Direcciones RegionalesSectoriales de la Producción del litoral, Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superiorde Justicia del Santa, debiendo consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VERTIZ CALDERÓN Director Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 20824 RELACIONES EXTERIORES /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G65/G72/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G41/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73 /G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20 /G79/G20 /G64/G65/G20 /G54/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G20 /G65/G6E/G20 /G65/G6C/G43/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G61/G64/G6F/G20 /G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G50/G65/G72/GFA/G20 /G65/G6E/G46/G72/G61/G6E/G6B/G66/G75/G72/G74/G2C/G20 /G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20 /G46/G65/G64/G65/G72/G61/G6C/G20 /G64/G65 /G41/G6C/G65/G6D/G61/G6E/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1348-2005-RE Lima, 5 de diciembre de 2005Vista la Resolución Ministerial Nº 0950, de 9 de setiembre de 2005. que designa en el cargo de confianzade Consejero para Asuntos Comerciales y de Turismo, Nivel F-4, al señor Ramiro Salas Bravo en la Embajada del Perú en la República Federal de Alemania; CONSIDERANDO: Que, para el ejercicio de ciertas funciones especializadas el Ministerio de Relaciones Exteriores puede designar agregados a las Misiones Diplomáticasdentro de los límites que establece el Decreto Ley Nº 25957; Que, el Consulado General del Perú en Frankfurt, República Federal de Alemania, requiere contar con un especialista en el área Comercial y de la promoción del turismo; Que, en ese sentido, es necesario nombrar al señor Ramiro Salas Bravo, al Consulado General del Perú en Frankfurt, República Federal de Alemania; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; los artículos 3º y 6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del PoderEjecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Ley Nº 25957, que establece los porcentajes límites del cual no podránexceder el personal de confianza y el personal destacado en las diferentes entidades públicas; y la Resolución Suprema Nº 269-95-RE, de 28 de junio de 1995; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0950-RE, de 9 de setiembre de 2005. Artículo Segundo.- Designar en el cargo de confianza de Consejero para Asuntos Comerciales y de Turismo, Nivel F-4, al señor Ramiro Salas Bravo, en el Consulado General del Perú en Frankfurt, RepúblicaFederal de Alemania, a partir del 9 de enero de 2006. Artículo Tercero.- El citado funcionario percibirá por concepto de remuneración por servicio exterior elcorrespondiente a su nivel en la sede donde desempeña sus funciones. Artículo Cuarto.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolución Ministerial a las partidas