Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (22/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 25

PÆg. 306823 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de diciembre de 2005 P C M Declaran Estado de Emergencia en pro- vincias de los departamentos de HuÆnuco, San Martín y Ucayali DECRETO SUPREMO Nº 098-2005-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, conforme al Artículo 44º de la Constitución Política del Perú, son deberes primordiales del Estado garantizar laplena vigencia de los derechos humanos, proteger a lapoblación de las amenezas contra su seguridad y promoverel bienestar general que se fundamenta en la justica y en eldesarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, es obligación del Gobierno Constitucional garantizar el derecho de los ciudadanos al orden, a la tranquilidad pública,al adecuado funcionamiento de los servicios básicos y al normalabastecimiento de víveres y medicinas; Que, el inciso 1) del Artículo 137º de la Constitución otorga al Presidente de la República la potestad dedecretar Estado de Emergencia en caso de perturbaciónde la paz o del orden interno o de graves circunstanciasque afecten la vida de la Nación; Que, la Convención Américana sobre Derechos Humanos permite, a través de su Artículo 27º numeral1), que un Estado parte suspenda el ejercicio dedeterminados derechos humanos cuando exista unpeligro público u otra emergencia que amenace suseguridad; Que, habiéndose producido actos contrarios al orden interno que afecta el normal desenvolvimiento de lasactividades de la población en las provincias de Marañón,Huacaybamba, Leoncio Prado y Huamalíes deldepartamento de Huánuco; así como en la provincia deTocache del departamento de San Martín y la provinciaPadre Abad del departamento de Ucayali, es necesarioadoptar las medidas constitucionalmente previstas pararestablecer el orden interno y procurar la defensa de losderechos de los ciudadanos; De conformidad con el Artículo 118º numerales 4) y 14) de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA:Artículo 1º.- Declárese el Estado de Emergencia en las provincias de Marañón, Huacaybamba, LeoncioPrado y Huamalíes del departamento de Huánuco; asícomo en la provincia de Tocache en el departamento deSan Martín y la provincia Padre Abad del departamentode Ucayali, por el plazo de sesenta (60) días. El Ministerio del Interior mantendrá el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas. Artículo 2º.- Durante el Estado de Emergencia a que se refiere el artículo anterior, quedansuspendidos los derechos constitucionales relativosa la libertad y seguridad personales, la inviolabilidadde domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en elterritorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y24) apartado f), del Artículo 2º de la ConstituciónPolítica. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, elMinistro de Defensa, el Ministro del Interior y el Ministrode Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la RepúblicaPEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa ROMULO PIZARRO TOMASIO Ministro del Interior ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 21690 Autorizan al Presidente del Consejo Nacional de Descentralización a ausentarse del país RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 419-2005-PCM Lima, 21 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO:Que, el señor Luis Alberto Thais Díaz, Presidente del Consejo Nacional de Descentralización, se ausentarádel país del 26 de diciembre de 2005 al 16 de enero de2006, por motivos de índole personal; Que, el Presidente del Consejo Nacional de Descentralización, conforme lo establece el numeral 23.3del artículo 23º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de laDescentralización, tiene rango y condición de Ministrode Estado, por lo que le es de aplicación el DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Luis Alberto Thais Díaz, Presidente del Consejo Nacional de Descentralización,del 26 de diciembre de 2005 al 16 de enero de 2006. Artículo 2º.- El viaje autorizado por el artículo precedente no irrogará gastos al Estado. Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechosaduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo deMinistros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 21684 ECONOMÍA Y FINANZAS Declaran infundado Recurso de Queja Interpuesto contra el Tribunal Fiscal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 653-2005-EF/10 Lima, 20 de diciembre de 2005 Visto, el Recurso de Queja interpuesto por Danjen S.A. contra el Tribunal Fiscal; CONSIDERANDO: Que, con fecha 25 de noviembre de 2005, Danjen S.A. presentó un Recurso de Queja contra el Tribunal Fiscal;