Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2005 (08/01/2005)


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NORMAS LEGALES
SE ACUERDA:

MORDAZA, sabado 8 de enero de 2005

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Precisan que reduccion de recursos del Programa del Vaso de Leche correspondiente al distrito de Ate es por decision del Poder Ejecutivo
ACUERDO DE CONCEJO Nº 168 Ate, 30 de diciembre de 2004

Articulo 1º.- PRECISAR, que la reduccion de los Recursos del Programa de Vaso de Leche correspondiente al distrito de Ate, es por decision del Poder Ejecutivo. Articulo 2º.- SOLICITAR, al Poder Ejecutivo y Poder Legislativo no reducir los Recursos del Programa de Vaso de Leche, a fin de garantizar la racion diaria a favor de los beneficiarios del Programa de Vaso de Leche en el distrito de Ate. Articulo 3º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia General Municipal, Secretaria de Imagen Institucional y demas areas pertinentes de esta Corporacion Edil. Registrese, comuniquese y cumplase.

El MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 30 de diciembre del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, los Acuerdos de Concejo son decisiones que se adoptan referidos a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional que expresan la voluntad del Concejo para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, mediante Oficio Nº 019-2004-EF/76.01, precisa que respecto a los Programas Sociales y Proyectos de Infraestructura Local y Productivas que solo las Municipalidades acreditadas deberan considerar en su Presupuesto Institucional de Apertura para el ano 2005, los montos comunicados por la Direccion Nacional de Asuntos Economicos y Sociales, a traves de la Resolucion Directoral Nº 002-2004-EF/76.01 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de MORDAZA del 2004, toda vez que los recursos correspondientes de las Municipalidades no acreditadas estan contemplados en el Presupuesto Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Que, asimismo es necesario mantener el equilibrio financiero del Proyecto de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, ante el fallo del Tribunal Constitucional que declara la Inconstitucionalidad de los dispositivos legales referidos al pago del anticipo adicional del Impuesto a la Renta, lo cual ha originado una disminucion de los recurso fiscales para el Ano Fiscal 2005, en tal sentido el Congreso de la Republica determino la necesidad de reducir los Gastos en las MORDAZA de Financiamiento de Recursos Ordinarios para los Gobiernos Regionales y Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales. El efecto de esta medida determina nuevos montos que con cargo a la Fuente de Financiamiento 17 Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales corresponden al Programa del Vaso de Leche: Comedores, Alimentos por Trabajo, Hogares y Albergues; y Mantenimiento de los Caminos Vecinales (MTC); Que, por lo expuesto el Pleno del Concejo expresa su desacuerdo con la reduccion de los recursos mencionados y solicitan al Poder Ejecutivo que no proceda a la reduccion del monto del Programa de Vaso de Leche y que se mantenga el monto presupuestado; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y contando con el MORDAZA por mayoria de los senores Regidores asistentes a la Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha y con la dispensa de la lectura y aprobacion de actas;

MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 00332

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Declaran en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2005-MDI Independencia, 6 de enero de 2005 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Vistos; en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 6 de enero del 2005, luego de la lectura y debatidos los informes Nº 002-2005-GMDS/MDI de 4 de enero del 2005, de la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social, y Nº 0012005-DSSA/GMDS/MDI, de fecha 3 de enero del 2005, de la Division de Servicios Sociales y Alimentarios de la Gerencia de la Mujer y del Desarrollo Social. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, senala que las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldia, las funciones ejecutivas; Que mediante los informes del Visto, la Gerencia de la Mujer y del Desarrollo Social, y la Division de Servicios Sociales y Alimentarios, solicitan en el MORDAZA de SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE la adquisicion de Leche Evaporada entera y Hojuelas de Quinua Enriquecida, para el periodo comprendido entre 1 de enero del 2005, hasta el 1 de MORDAZA del mismo ano; Que segun el articulo 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el articulo 141º del Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, Reglamento de dicho TUO, se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion Extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; dicha situacion, faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para

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