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PÆg. 284239 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de enero de 2005 punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.TOMÁS WONG KIT CHING Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 00254 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Autorizan a procurador interponer ac- ción judicial destinada a recuperarmonto adeudado por ex trabajadora RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 156-2004-P/TC Lima, 31 de diciembre de 2004 VISTOS; la Resolución de Dirección General Nº 068- 2004-DIGA/TC; y el Informe Nº 184-2004-OP/TC, emiti- do por la Oficina de Personal; CONSIDERANDO:Que por Resolución Administrativa Nº 042-96-P/TC se incorporó a doña Dianne Candelaria Díaz Chacón, desde el 1 de octubre de 1996, como Profesional C, encalidad de contratada a plazo indeterminado; vínculo la-boral que lo mantuvo hasta el 19 de octubre de 2004;fecha en que fue cesada por haber dejado de asistirdesde el 6 de setiembre del año 2004; Que habiéndose extinguido la relación laboral con la indicada persona, la Jefatura de Personal procedió aefectuar la liquidación de los beneficios sociales conteni-dos en el Anexo del Informe Nº 170-2004-OP/TC, en elcual se establecen, entre otros, el monto que adeuda lamencionada ex trabajadora, por abono indebido de remu- neraciones por el período comprendido entre el 6 y 30 de setiembre del año en curso; monto que ha sido parcial-mente descontado de su Gratificación Trunca como desu Compensación Vacacional, quedando pendiente derecuperación la suma de S/. 1,676.68; Que mediante Carta Notarial de 15 de diciembre del 2004, se notificó a la mencionada ex trabajadora, a fin que en un plazo no mayor de dos días, más el término dela distancia, devuelva la suma señalada; Que por Carta de 21 de diciembre del año en curso, la citada ex trabajadora expresa su disconformidad conel requerimiento de devolución formulado, negándose a devolver dicha suma; la misma que por ser fondos del Estado, deben ser recuperados mediante el correspon-diente procedimiento judicial, en vista que administrati-vamente no ha sido posible tal recuperación; Que de acuerdo con el artículo 1º del Decreto Ley Nº 17537, Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio, la defensa de los intereses y derechos del Esta- do se ejercita judicialmente por intermedio de los Procura-dores Públicos; quienes tienen la plena representacióndel Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos losprocesos y procedimientos en los que actúe comodemandante, demandado, denunciante o parte civil; Que el Artículo Único del Decreto Ley Nº 17667, es- tablece que para demandar y/o formular denuncias anombre del Estado, es necesario que previamente seexpida la Resolución autoritativa del caso; De conformidad con lo establecido en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; y, En uso de las facultades conferidas a esta Presiden- cia por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y suReglamento Normativo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público Encar- gado de los Asuntos Judiciales del Tribunal Constitucio-nal, para que en representación y defensa de los intere- ses del Estado, interponga la acción judicial respectiva,para la recuperación de la suma de UN MIL SEISCIEN-TOS SETENTISÉIS Y 68/100 NUEVOS SOLES (S/.1,676.68) que adeuda la citada ex trabajadora. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y de los antecedentes del caso al mencionado Procura- dor Público. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER ALVA ORLANDINI Presidente 00300 UNIVERSIDADES Exoneran de proceso de selección la renovación de contrato de alquiler delocal donde se dictan clases del Cen-tro de Idiomas de la Facultad de Le- tras y Ciencias Humanas de la UNMSM UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 006266-R-04 Lima, 23 de diciembre de 2004 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 22807-RG-04 de la Oficina General de Ase-soría Legal, sobre Exoneración de Proceso de Selec-ción. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Rectoral Nº 01729-R-03 se aprueba el arrendamiento del local donde se dictanlas clases del Centro de Idiomas de la Facultad de Le-tras y Ciencias Humanas, ubicado en la Av. Bolívar Nº 1355-1337 (Pueblo Libre), por el período del 6 de febrero de 2003 al 31 de agosto de 2004; Que con Oficio Nº 919-D-FLCH ingresado a la Mesa de Partes General con fecha 9 de setiembre de 2004 laFacultad de Letras y Ciencias Humanas remite la Reso-lución de Decanato Nº 579-FLCH-2004 del 31 de agosto de 2004, por medio de la cual solicita la renovación del referido contrato de arrendamiento por el período del 1de setiembre de 2004 al 31 de agosto de 2005, con unarenta mensual equivalente en moneda nacional a US$900.00 (Novecientos y 00/100 de Dólares Americanos); Que al respecto, la Oficina General de Asesoría Le- gal con Oficio Nº 1177-OGAL-R-2004 solicita que previa- mente se verifique si la contratación de dicho servicioestá incluida en el Plan Anual de Contrataciones y Adqui-siciones de la Universidad, para iniciar el trámite de exo-neración de proceso de selección; Que mediante Resolución Rectoral Nº 05671-R-04 del 26 de noviembre de 2004 se autoriza la inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del año2004 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos,del proceso de selección para la contratación del localdonde se dictan las clases del Centro de Idiomas de laFacultad de Letras y Ciencias Humanas, precisándose que la duración de dicho arrendamiento es de un (1) año, y que su valor estimado asciende a S/. 37,800.00(Treinta y siete mil Ochocientos y 00/100 nuevos soles),teniéndose como fuente de financiamiento recursos di-rectamente recaudados; Que conforme al inciso g) del Artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Texto Único Ordenado aprobado con Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM) están exoneradas de los procesos de Lici-tación Pública, Concurso Público o Adjudicación Direc-ta, según sea el caso, las adquisiciones y contratacio-