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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2005 (08/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 50

PÆg. 284240 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de enero de 2005 nes que se realicen “para prorrogar el plazo de contra- tos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la en-tidad siempre y cuando la renta no se incremente en unatasa mayor al crecimiento del índice general de preciosal por mayor”; Que con Oficio Nº 3177-OA-OGE-2004, la Oficina de Abastecimiento solicita se apruebe la Exoneración del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Selectivapara la contratación del alquiler de local antes mencio-nado; Que con Oficio Nº 3476-OGPL-2004, la Oficina Gene- ral de Planificación opina favorablemente respecto a la disponibilidad presupuestal para atender lo solicitado; Que vía Oficio Nº 3502-OGE-OA-2004, la Oficina de Abastecimiento indica que en cuanto a los criterios deeconomía, costos y oportunidad, la prórroga del contra-to de arrendamiento en mención cumple con lo exigidopor el inciso g) del artículo 19º de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, en tanto que el monto contractual no se ha elevado; Que de otra parte, la Oficina de Abastecimiento preceptúa que la expedición de la Resolución Rectoralque aprueba la exoneración constituye un paso anteriora la suscripción de la renovación del contrato de arren- damiento que concluye el 31 de agosto de 2004, por lo que en todo caso debió haberse procedido a la amplia-ción del contrato por tres (3) meses con arreglo al artí-culo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado (Texto Único Ordenado aproba-do con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM), por lo que es menester efectuar las investigaciones del caso, de conformidad con el artículo 239º de la Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General; Que la Oficina General de Asesoría Legal, mediante Informe Nº 1789-OGAL-R-04, emite opinión favorablepor la procedencia de la Exoneración del Proceso de Adjudicación Directa Selectiva, prorrogando el plazo del contrato del referido local por la misma renta previa-mente pactada; Que así mismo, la Oficina General de Asesoría Legal recomienda se inicie una investigación sobre las circuns-tancias que dan lugar a que se apruebe una exonera- ción en vía de regularización, a fin de prever que no vuelva a suscitarse una situación similar; Que el arrendamiento del local para el dictado de las clases del Centro de Idiomas de la Facultad de Letras yCiencias Humanas constituye un imperativo a efectosde que dicho Centro cuente con los ambientes necesa- rios para el cumplimiento de sus fines, y por ende, de los fines de la Universidad; Que mediante Oficio Circular Nº 041-OGP-VRADM- 2004, se suspenden las actividades administrativas del24 de diciembre de 2004 al 2 de enero de 2005 en laUniversidad Nacional Mayor de San Marcos; y, Estando a las atribuciones conferidas al señor Rec- tor por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de laUniversidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º. Aprobar la Exoneración del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Selectiva para la renovación delcontrato de alquiler del local donde se dictan las clasesdel Centro de Idiomas de la Facultad de Letras y Cien-cias Humanas, ubicado en la Av. Bolívar Nºs. 1335-1337(Pueblo Libre), por el período de un año, del 1 de setiem- bre de 2004 al 31 de agosto de 2005, por un valor refe- rencial ascendente a S/. 37,800.00 (Treintisiete mil ocho-cientos y 00/100 nuevos soles), a ejecutarse con cargoa los recursos directamente recaudados por la citadaFacultad. 2º. Determinar que la Facultad de Letras y Ciencias Humanas realizará la contratación exonerada por medio del resolutivo anterior, de acuerdo al monto involucradoy demás características detalladas. 3º. Encargar a la Secretaría General de la Universi- dad la publicación de la presente Resolución Rectoral enel Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de Ley. 4º. Encargar a la Oficina de Abastecimiento la remi- sión a la Contraloría General de la República, de copiade la presente Resolución Rectoral, conjuntamente con la copia de los correspondientes Informes y el FormatoEXO dentro del plazo de Ley. 5º. Remitir los actuados a la Oficina General de Audito- ría Interna, a fin de que proceda conforme a sus atribu-ciones y formule las recomendaciones a que haya lugar. 6º. Encargar a la Secretaria General, Facultad de Letras y Ciencias Humanas, Oficina de Abastecimientoy la Oficina General de Auditoría Interna el cumplimientode la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN MANUEL BURGA DÍAZ Rector 00364 Declaran nulo lo actuado en la Adjudicación Directa Selectiva N” 013- 2003 de la UNMSM para la adquisición de microscopios binoculares estÆndar UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 006339-R-04 Lima, 30 de diciembre de 2004 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 21532-RG-03, respecto a la nulidad del acto de otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicación DirectaSelectiva Nº 013-2003 de la UNMSM, para la “Adquisiciónde veinte (20) Microscopios Binoculares Estándar”; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Rectoral Nº 00445-R-03 del 28 de enero de 2003 modificada por Resolución Rec-toral Nº 01873-R-03 del 20 de marzo de 2003,se desig-nó a partir del 6 de enero de 2003, el Comité Especial Permanente de Adjudicación Directa Selectiva de la Fa- cultad de Medicina; Que con fecha 28 de mayo de 2003 se llevó a cabo el acto de otorgamiento de la Buena Pro en el Proceso deAdjudicación Directa Selectiva Nº 013-2003 de la UN-MSM, para la “Adquisición de veinte (20) Microscopios Binoculares Estándar” por un valor referencial ascen- dente a S/. 114,000.00 nuevos soles; resultando gana-dora la Empresa BELTEC S.R.Ltda.; Que el día 4 de junio de 2003, el postor DIAGNÓSTI- CA PERUANA S.A.C. interpuso recurso de apelacióncontra el Otorgamiento de la Buena Pro, solicitando se declare la nulidad del mismo, se retrotraiga el proceso a la etapa de evaluación técnica y se le asignen los punta-jes que le corresponden; Que el cuestionamiento de la Empresa Apelante se refirió a la calificación de su propuesta técnica, la quesegún indica debió merecer mayor puntaje en los facto- res de evaluación relativos a la “eficiencia y compatibi- lidad del equipo” y “experiencia del postor” y por otrolado cuestiona que se le otorgara la Buena Pro al postorBELTEC S.R.Ltda., por cuanto según manifiesta no ha-bía cumplido las especificaciones técnicas; Que la entidad contaba con cinco (5) días hábiles para pronunciarse y notificar su decisión, luego de lo cual el impugnante podía interponer recurso de revisiónen un plazo similar al anterior; Que la Facultad de Medicina emitió la Resolución Di- rectoral Nº 045-DADM-FM-03 con fecha 17 de junio de2003, otorgándole a la Empresa impugnante un plazo para subsanar la omisión de un requisito de admisibili- dad, de conformidad al inciso 2) del artículo 168º delReglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado; Que la Empresa apelante, no obstante haber accedi- do al requerimiento de subsanación de la Entidad, des-