Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2005 (20/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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IV. ALCANCE

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 20 de enero de 2005

Magistrados de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA V. NORMAS: 1. Los senores Magistrados deberan observar estrictamente el horario de trabajo establecido, de 8.00 am a 13.30 pm y de 14.15 pm a 16.45 pm, asistiendo en forma puntual a su Despacho, con el fin de no afectar del desarrollo normal de los procesos a su cargo; del mismo modo cuidaran que el horario fijado para la atencion a los litigantes y abogados, asi como para los informes orales y otras diligencias sea cumplido a cabalidad. 2. La Oficina Distrital de Control de la Magistratura debera supervisar constantemente el debido cumplimiento de lo dispuesto, de acuerdo a sus atribuciones, dando cuenta al Despacho de la Presidencia. IV. RESPONSABLES Son responsables del cumplimiento de la presente Directiva, todos los Magistrados de la Corte Superior y la Oficina Distrital de Control de la Magistratura. MORDAZA, 13 de enero del 2005

Articulo Tercero.- Poner la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Oficina de Administracion Distrital y Oficina de Prensa e Imagen, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA DIRECTIVA Nº 002-2005-P-CSJLI/PJ I. OBJETIVO: Establecer disposiciones que permitan optimizar el funcionamiento y productividad de los organos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima. II. FINALIDAD: Brindar al usuario de la administracion de justicia un servicio eficaz y oportuno. III. BASE NORMATIVA

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 01209

Aprueban Directiva sobre cumplimiento del horario de trabajo por parte del personal auxiliar jurisdiccional y administrativo, asi como del horario fijado para informes orales y otras diligencias
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 044-2005-P-CSJLI/PJ
MORDAZA, catorce de enero del 2005 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, por Oficio Circular Nº 001-2005-CE-PJ el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, pone en conocimiento el acuerdo adoptado por el citado organo de gobierno y gestion nacional, referido al cumplimiento estricto por parte de los Magistrados y el personal jurisdiccional y administrativo del horario de trabajo asi como del fijado para los informes orales y otras diligencias, de conformidad con el Inc. 7) del Art. 184º de la Ley Organica del Poder Judicial, disponiendo que la Presidencia de la Corte Superior dicte las medidas pertinentes para hacer cumplir, de manera oportuna y eficaz, la disposicion dictada por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; Que, en tal sentido, es necesario dictar los mecanismos adecuados que permitan garantizar el cumplimiento, control y supervision de lo dispuesto por el organo de gobierno nacional, tanto para Magistrados como para el personal auxiliar jurisdiccional y administrativo, por medio de directivas que se emitiran en forma independiente; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) del Art. 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Directiva Nº 002-2005P-CSJLI/PJ sobre cumplimiento del horario de trabajo por parte del personal auxiliar jurisdiccional y administrativo asi como del horario fijado para los informes orales y otras diligencias. Articulo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Administracion Distrital de la Corte ponga en conocimiento de los trabajadores jurisdiccionales y administrativos el contenido de la presente Directiva, dando cuenta al Despacho de la Presidencia.

- Resolucion Administrativa Nº 261-2001-P-CSJLI-PJ. - Resolucion Administrativa Nº 072-2002-CE-PJ. - Resolucion Administrativa Nº 010-2004-CE-PJ que aprueba el Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial - Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de fecha 7 de enero del 2005 remitido a la Presidencia de la Corte mediante Oficio Circular Nº 001-2005-CE-PJ. IV. ALCANCE Personal auxiliar jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA V. NORMAS: 1. El personal auxiliar jurisdiccional y administrativo debera observar estrictamente el horario de trabajo establecido, de 8.00 a.m. a 13.30 p.m. y de 14.15 p.m. a 16.45 pm; con excepcion de aquellos que se encuentren compensando horas dejadas de laborar con motivo de la Huelga Nacional indefinida ocurrida durante el periodo comprendido entre el 14 de MORDAZA al 10 de setiembre del ano 2004, cuya salida sera registrada a las 18.45 p.m. y del personal que labora en el Juzgado Penal de Turno Permanente que debera cumplir estrictamente con el horario de trabajo establecido mediante Resolucion Administrativa Nº 366-SETP-CME-PJ. 2. El personal auxiliar jurisdiccional y administrativo debera asistir en forma puntual al Despacho o a la dependencia administrativa, segun sea el caso, con el fin de no afectar del desarrollo normal de los procesos u procedimientos administrativos a su cargo; del mismo modo cuidaran que el horario fijado para los informes orales y otras diligencias sea cumplido a cabalidad. 3. Los Magistrados y Jefes Administrativos, segun corresponda, deberan adoptar las medidas que resulten pertinentes para el observancia de la presente directiva 4. La Oficina de Administracion Distrital debera supervisar constantemente el debido cumplimiento de lo dispuesto, de acuerdo a sus atribuciones, dando cuenta al Despacho de la Presidencia. IV. RESPONSABLES Son responsables del cumplimiento de la presente Directiva, el personal auxiliar jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y la Oficina de Administracion Distrital. MORDAZA, 13 de enero del 2005 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 01210

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