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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2005 (26/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G33/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 26 de enero de 2005 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G6C/G6F/G67/G6F /G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G6C/G69/G67/G65/G6E/G2D/G63/G69/G61/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G2C/G20/G55/G49/G46/G2D/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2005-PCM Lima, 24 de enero de 2005CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28306 se modificó entre otras normas el artículo 1º de la Ley Nº 27693, modi-ficada por la Ley Nº 28009, Ley que crea la Unidadde Inteligencia Financiera, estableciendo su actualdenominación como Unidad de Inteligencia Financie-ra del Perú; Que, por Decreto Supremo Nº 091-2002-PCM se es- tablece que las entidades que integran el Poder Ejecuti-vo a nivel nacional, consignarán en su documentaciónoficial y en toda documentación que emitan y/o cursen aentidades públicas y privadas, su denominación com-pleta y/o sus siglas institucionales aprobadas conformea su ley de creación, el Escudo Nacional con la inscrip-ción de la República del Perú y el logo institucional quemediante Resolución Suprema aprobará la Presidenciadel Consejo de Ministros; Que, mediante Resolución Suprema Nº 086-2004- PCM se aprobó el logo institucional de la Unidad de Inte-ligencia Financiera, correspondiendo efectuar su modifi-cación a su actual denominación, conforme a la Ley Nº28306; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27693 y su modificatoria Ley Nº 28009, Ley que crea la Unidadde Inteligencia Financiera - UIF, la Ley Nº 28306, el De-creto Legislativo Nº 560 – Ley del Poder Ejecutivo, elDecreto Supremo Nº 091-2002-PCM y el Decreto Su-premo Nº 067-2003-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la modificación de la Resolu- ción Suprema Nº 086-2004-PCM que aprobó el logo ins-titucional de la actual Unidad de Inteligencia Financieradel Perú – UIF-Perú, conforme al Anexo que forma partede la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Minis-tros. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 01616MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65 /G49/G4E/G44/G45/G43/G4F/G50/G49/G20/G61/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72 /G65/G6E/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G41/G6E/G64/G69/G6E/G61 /G45/G78/G74/G72/G61/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G72/G69/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2005-MINCETUR Lima, 25 de enero de 2005Visto la Carta Nº 063-2005/GEG-INDECOPI del Ge- rente General del Instituto Nacional de Defensa de laCompetencia y de la Protección de la Propiedad Intelec- tual - INDECOPI y el Memorándum Nº 062-2005-MIN- CETUR/VMCE del Viceministro de Comercio Exterior; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de co-mercio exterior y de turismo, encargado de la regulación del comercio exterior. En tal sentido, el Viceministerio de Comercio Exterior participa activamente en las reunio-nes de negociaciones comerciales internacionales; Que, los países andinos Colombia, Ecuador y Perú iniciaron el 18 de mayo de 2004, las negociaciones conlos Estados Unidos de Norteamérica; para la suscrip- ción de un Tratado de Libre Comercio - TLC. A la fecha se han llevado a cabo seis Rondas de Negociaciones; laVII Ronda ha sido programada para realizarse en la ciu- dad de Cartagena, República de Colombia, del 7 al 11 de febrero de 2005; Que, al respecto, del 12 al 14 de enero de 2005 se llevó a cabo, en la ciudad de Lima, la IX Reunión de Coordinación Andina para el TLC, oportunidad en la cuallos negociadores de la Mesa de Negociaciones de Pro- piedad Intelectual acordaron realizar una Reunión de Coordinación Andina Extraordinaria los días 25 y 26 deenero de 2005, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, en dichas reuniones se requiere la participa- ción de los representantes del INDECOPI, señores Luis Alonso García Muñoz Nájar y Edgard Martín Moscoso Villacorta, como especialistas en las mate-rias a tratar; por lo que es conveniente otorgar la au- torización de viaje para dichos funcionarios, precisando que los gastos por concepto de pasajes y viáticoscorrespondientes serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, según el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, podrán exceptuarse de la prohibición de los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público,aquellos viajes que resulten indispensables para asegu- rar el cumplimiento de los objetivos y metas para el año 2005; los mismos que deben ser autorizados medianteResolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y del Ministro del Sector correspon- diente; De conformidad con las Leyes Nºs. 27619, 28425 y 27790, Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Decreto de Urgencia Nº015-2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Luis Alonso García Muñoz Nájar y Edgard Martín MoscosoVillacorta, funcionarios del INDECOPI, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para que participen en la Reunión de Coordinación Andina Extraordinaria, quese realizará en dicha ciudad, del 25 al 27 de enero de 2005. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, estarán a cargo del Pliego Presupuestal 035: Ministerio de Comercio Exte- rior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: