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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2005 (29/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 98

PÆg. 285768 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de enero de 2005 Que, con Resolución Presidencial Nº 474-2004-UNAT- A-CO/P, de fecha 27 de diciembre 2004, se aprobaronlas Bases Administrativas para la Adjudicación DirectaSelectiva Nº 021-2004-UNAT-A/CEP "Adquisición deequipos para la Implementación del Laboratorio de Tec-nología Agroindustrial de la UNAT-A; Que, con Oficio de Vistos, el Vicepresidente Adminis- trativo solicita la anulación del Proceso de Selección ADSNº 021-2004-UNAT-A/CEP "Adquisición de Equipos parala Implementación del Laboratorio de Tecnología Agroin-dustrial de la UNAT-A", debido a que los valores referen-ciales del proceso antes glosado se encuentran dema- siado elevados en comparación con los precios actua- les de mercado contraviniendo el Art. 57º de la Ley deContrataciones y adquisiciones del Estado y el Art. 26ºdel Reglamento de la citada norma; Que, mediante Hoja de Trámite de Vistos, el Presidente de la Comisión Organizadora dispone se emita la Reso- lución de anulación del proceso antes citado; Que, estando a las consideraciones citadas, las atribu- ciones señaladas por Ley Nº 27347, el D.S. Nº 012-2001-PCM, D.S. Nº 013-2002-PCM, la Resolución Nº 114-2001-CONAFU, la Resolución Nº 150-2002-CONAFU, y de-más normas conexas, y con el visto de la Vicepresidencia Administrativa y la Oficina de Asesoría Legal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER de oficio la anulación del proceso de selección: ADS Nº 021-2004-UNAT-A/CEP"Adquisición de Equipos para la Implementación del Labo-ratorio de Tecnología Agroindustrial de la UNAT-A", por lasconsideraciones expuestas en la presente Resolución. Artículo Segundo.- NOTIFICAR la presente Resolu- ción a los estamentos internos de la UNAT-A y demásinteresados, de forma y modo de Ley para conocimientosy fines. Regístrese y comuníquese. SEGUNDO PASCUAL CAMACHO Presidente Comisión Organizadora 01985 Disponen homologación de remunera- ciones de los docentes ordinarios de laUniversidad Nacional Federico Villa-rreal UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 0087-2005-UNFV San Miguel, 25 de enero de 2005Vistas las sentencias del Tribunal Constitucional re- caídas en los Expedientes Nros. 256-2002-AA/TC, del 16.04.2002; 0784-2002-AC/TC, del 05.12.2002 y 1951-2003-AC/TC, del 23.04.2004; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 53º de la Ley Nº 23733 – Ley Univer- sitaria, dispone la homologación de las remuneraciones de los docentes universitarios con las correspondientesa las de los magistrados judiciales, independientementede las remuneraciones complementarias establecidaspor ley, estableciéndose además que la remuneracióndel docente nombrado no puede ser menor a la de un Juez de Primera Instancia; Que, el Artículo V, numeral 2.7 del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral, establece que son fuentes del procedimientoadministrativo, entre otras, la jurisprudencia provenientede las autoridades jurisdiccionales que interpreten dis- posiciones administrativas; Que, la Acción de Cumplimiento como acción de ga- rantía consagrada en el Artículo 200º, inciso 6 de laConstitución Política del Perú, tiene como objeto, entreotros, ordenar que el funcionario o autoridad pública, dé cumplimiento a una norma legal; Que, las sentencias del Tribunal Constitucional, se- ñaladas en el visto de la presente resolución, declaranfundadas las demandas sobre Acción de Cumplimiento,las mismas que habiendo adquirido autoridad de cosa juzgada establecen criterio interpretativo de alcance ge- neral, al ordenar se cumpla con lo dispuesto en el Artícu-lo 53º de la Ley Universitaria, de conformidad con losArtículos 24º, 26º inciso 2 y 109º de la Constitución; Que, es principio rector del Derecho, que donde existe la misma razón existe el mismo derecho, siendo esto así, los docentes universitarios de la Universidad Nacio- nal Federico Villarreal, así como los docentes de lasuniversidades públicas del país se encuentran compren-didos dentro de los alcances de lo resuelto, en las refe-ridas sentencias, por el Tribunal Constitucional; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 113º del estatuto de la Universidad Nacional Federico Villarreal, el Rector tiene como obligación cumplir y hacer cumplirlas leyes, lo que se condice con el Artículo 18º de laConstitución Política del Estado y los Artículos 1º y 4º dela Ley Universitaria, en lo referente a la Autonomía Uni-versitaria dentro del marco constitucional, el respeto a la ley y sus propios Estatutos; Que, asimismo, el Artículo 118º incisos 1 y 9 de la Constitución Política del Perú establece entre otros de-beres del Presidente de la República, por consiguientetambién del Consejo de Ministros y en especial del Mi-nisterio de Economía y Finanzas, cumplir y hacer cum- plir la Constitución y las leyes, así como las sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales; Que, el Consejo Universitario reunido en Sesión Ex- traordinaria Nº 67, de fecha 24.01.2005, acordó homolo-gar las remuneraciones de los docentes ordinarios de laUniversidad Nacional Federico Villarreal de conformidad con el Artículo 53º de la Ley Nº 23733 – Ley Universitaria; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, el Estatuto y ReglamentoGeneral de la Universidad Nacional Federico Villarreal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la homologación de las remuneraciones de los docentes ordinarios de la Uni-versidad Nacional Federico Villarreal de conformidad conel Artículo 53º de la Ley Nº 23733 – Ley Universitaria. Artículo Segundo.- Requerir al Ministerio de Eco- nomía y Finanzas la habilitación de las partidas presu-puestales que permitan dar cumplimiento a lo dispuestoen el Artículo Primero de la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer la remisión de la pre- sente resolución al señor Presidente Constitucional de la República, al Congreso de la República, al Tribunal Constitucional y al Ministerio de Economía y Finanzas,así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano yen otro diario de circulación nacional. Regístrese, comuníquese y archíveseJOSE MARIA VIAÑA PEREZ Rector 02029 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS APCI Incorporan Disposición Complementaria a la Directiva N” 002-2004/APCI-DE sobre proyectos enmarcados en el Sis- tema Nacional de Inversión Pœblica queinvolucran cooperación tØcnica inter-nacional RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 006-2005-APCI-DE Lima, 28 de enero de 2005