Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2005 (29/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 29 de enero de 2005

CASH-GRAD-SGAF (Anexo 4), mediante las cuales solicitaron oportunamente los inventarios Patrimoniales para su correspondiente evaluacion e incorporacion de las nuevas adquisiciones, con ello se retira toda imputacion al procesado. Tambien la cuenta 38 - Cargas Diferidas, en el ejercicio 2000 tiene un saldo de S/. 38,892,715.68 en la Unidad Ejecutora Nº 0726-CTAR ANCASH- Administracion Central, en comparacion al ano 1993, se ha incrementado en forma alarmante en S/. 30,788,311.33, careciendo de una relacion pormenorizada y conciliada a nivel de subdivisionarias y no se han efectuado las rebajas de acuerdo a las Directivas de Tesoreria. En el descargo que presenta el indicado procesado se encuentra acreditado las medidas correctivas llevando los auxiliares standar de la cuenta 38 cargas diferidas, las cuales se demuestra en el anexo 13 y 14 de su descargo. Por las consideraciones senaladas precedentemente y por encontrarse debidamente sustentadas mediante instrumentos documentales, no existe falta administrativa de parte del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Administracion Financiera, debiendosele absolver los cargos imputados, en consecuencia archivese de forma definitiva. RESPECTO DEL SENOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA - EX DIRECTOR DE LA USE HUARI. Respecto del cargo relativo a la Conclusion Nº 04 del citado informe, consistente en que las unidades ejecutoras 0737-USE MORDAZA y 739 - Direccion Regional de Salud - MORDAZA, carecen de una conciliacion Bancaria de Recursos Directamente Recaudados, que guarde concordancia con los saldos expuestos en los Estados Financieros a nivel de pliego. En el descargo que presenta el procesado manifiesta que al hacerse cargo en el mes de febrero del ano 2001, llega a firmar dicha conciliacion con deficiencias las cuales no pudo preveerlos en ese momento. Por consiguiente, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no ha observado sus deberes de forma diligente, transgrediendo sus deberes previstos en el articulo 21º Incs. a) y b) del D. Leg. Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, incurriendo en las falta previstas en el articulo 28º Inc. a), corresponde imponerle una sancion de Suspension Temporal por dias (10) dias. RESPECTO DE LOS SENORES: PROF. MORDAZA MORDAZA VALDIVIESO-EX DIRECTOR DE LA USE SIHUAS; MORDAZA MORDAZA DE GUIMARAES - EX DIRECTOR DE LA UTES HUARAZ; MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA -EX DIRECTOR DE LA UTES LA CALETA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA - EX DIRECTOR DE LA UTES POMABAMBA. Respecto de la Conclusion 5, consistente en que las seis Unidades Ejecutoras que tienen saldos en la Cuenta 13 - Letras y Otros Efectos por cobrar, no han conciliado sus saldos con la Oficina General de Administracion del Ministerio de Economia y Finanzas desde el ejercicio 1999. Revisando el descargo del Prof. MORDAZA MORDAZA Valdivieso, efectivamente es de apreciar que en el ano 1999 y 2000 no ejercio el cargo de la USE MORDAZA, pues el ocupo dicho cargo el 19 de febrero del 2001, hasta el 15 de diciembre del 2001. En tal sentido no correspondiendole dicha falta queda absuelto de todo cargo imputado. Revisando el descargo del Prof. MORDAZA MORDAZA de Guimaraes, es de apreciarse que con Resolucion Suprema Nº 083-2001-SA, de fecha 14 de febrero del 2001, recien se le designo como Director Ejecutivo, cuando para esta fecha ya se encontraba ejecutado el presupuesto correspondiente al ejercicio 2000. En consecuencia no correspondiendole dicha falta queda absuelto de todo cargo imputado. Revisando el descargo del medico MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, efectivamente de acuerdo a los documentos adjuntos la conciliacion se encontraba en MORDAZA de tramite ante el Tesoro Publico los cuales han sido regularizados en el ano 2001; ademas con respecto a la

conclusion Nº 6 no le compete asumir dicha responsabilidad por cuanto en dicha epoca no ejercio el cargo. En tal sentido no correspondiendole dicha falta queda absuelto de todo cargo imputado. Revisando el descargo del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, efectivamente asciende como Director Ejecutivo de la Unidad Territorial de Salud Pomabamba, mediante Resolucion Suprema Nº 134-2001-SA, de fecha 7 de marzo del 2001. En consecuencia no correspondiendole dicha falta administrativa queda absuelto de todo cargo imputado. EN CUANTO AL SENOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA - EX DIRECTOR EJECUTIVO DE LA UTES MORDAZA MORDAZA BARRON. Respecto de la conclusion Nº 6 del mencionado informe es necesario establecer si las unidades ejecutoras de Administracion Central, Direccion Regional de Salud, UTES Recuay Carhuaz, UTES MORDAZA MORDAZA MORDAZA y UTES La Caleta, carecen del inventario Fisico Conciliado con los Registros Contables menos aun coinciden con los saldos de las subdivisionarias de sus Estados Financieros. En el descargo presentado por el indicado procesado encontramos que mediante Resolucion Suprema Nº 097-2001-SA, de fecha 15 de febrero del 2001, le designaron como Director Ejecutivo de la Unidad Territorial de Salud "Eleazar MORDAZA Barron" de MORDAZA Chimbote-, lo cual no deberia estar comprendido en el Informe Nº 0042001-02-4646 porque es una Auditoria a los Estados Financieros del Ejercicio 2000, lo cual no ejercio el cargo en ese periodo. En consecuencia no correspondiendole dicha falta administrativa queda absuelto de todo cargo imputado. EN CUANTO AL PROFESOR MORDAZA COLONIA MORDAZA EX DIRECTOR DE LA USE HUAYLAS; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA EX DIRECTOR DE LA SUBREGION DE EDUCACION CONCHUCOS POMABAMBA, DOCTOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA EX DIRECTOR DE LA UTES POMABAMBA. Respecto a las Conclusiones del Informe Nº 0042001-02-4646, consistente en que las nueve Unidades Ejecutoras del Pliego 441 CTAR MORDAZA, carecen del inventario Fisico conciliado a nivel de Subdivisionarias, de las cuentas 33 - Inmuebles, maquinarias y Equipo y 37-Infraestructura Publica. Las Subdivisionarias 333 - Construcciones en curso y la 37-Infraestructura Publica, en la Administracion Central, representan segun los Estados Financieros S/. 77,620,624.30 y S/ 40.959,937.53, respectivamente. En primer caso, gran parte de las obras no han sido liquidadas y transferidas a Infraestructura Publica y las que estan consideradas en Infraestructura Publica, no han sido transferidos al Sector correspondiente, estando pendiente su inscripcion en Registros Publicos. De la lectura del descargo presentado por el profesor MORDAZA MORDAZA Colonia MORDAZA se desprende que el asumio el cargo de la USE HUAYLAS el dia 8 de enero del 2001, de acuerdo a la Resolucion Directoral Nº 007 del 4 de enero del mismo ano, en tal sentido no correspondiendole dicha falta administrativa queda absuelto de todo cargo imputado. Con respecto al procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director de la Subregion de Educacion Conchucos Pomabamba, se le notifico la Resolucion de apertura con Oficio Nº 2180 - 2002 CTAR ANCASH/OTD en su centro de labores; no obstante de estar notificado para hacer MORDAZA su derecho de defensa, hizo caso omiso, permitiendo ello que la Comision entienda que la imputacion de falta administrativa contra su persona sea aceptada y cierta. Por consiguiente, por lo expuesto, dada el perjuicio economico para el Estado, dano para la poblacion beneficiaria de las obras, corresponde aplicarle la sancion de Suspension sin Goce de Remuneraciones hasta por diez (10) dias. Con respecto al procesado doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director de la Utes Pomabamba, se le notifico la

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