Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (05/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 21

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G33/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 5 de febrero de 2005 Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas para que, en re- presentación y defensa de los intereses del Estado, in- terponga las acciones judiciales pertinentes contra quie- nes resulten responsables de la comisión de estos deli- tos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representación y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Ministerio de Econo- mía y Finanzas para que, en nombre y representación del Estado, interponga las acciones judiciales correspon- dientes contra los presuntos responsables de la Munici- palidad Distrital de El Porvenir-Trujillo, por la comisión de los delitos contra la Administración Pública - Desobe- diencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusa- miento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolu- ción. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente resolu- ción al mencionado Procurador Público, para su cumplimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 02685 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 044-2005-EF/10 Lima, 3 de febrero de 2005 Visto el Oficio Nº 136-2005-PP-EF/16 del Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministe- rio de Economía y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 05088-1-2003 de fe- cha 5 de setiembre de 2003, el Tribunal Fiscal dispuso que la Administración Tributaria remitiera el original de los recursos de apelación interpuestos por Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., contra las Resoluciones de Alcaldía de la Municipalidad Provincial de Talara Nºs. 475-02-2003-MPT, 476-02-2003-MPT, 477-02-2033- MPT y 478-02-2003-MPT, así como las pruebas que según la recurrente habían sido acompañadas en di- chos escritos, los documentos que sirven de sustento para declarar improcedente la prescripción alegada por la recurrente y que informara si ésta había presentado declaración jurada por el impuesto predial de 1992, en las Órdenes de Pago Nºs. 013-CF-12-97-MPT, 015-CF- 12-97-MPT, 018-CF-12-97-MPT y 019-CF-12-97-MPT; Que, mediante Resolución Nº 06599-1-2004 de fe- cha 3 de setiembre de 2004, el Tribunal Fiscal declara fundada la queja interpuesta por PETROPERU contra la Municipalidad Provincial de Talara disponiendo que la Administración cumpla con lo dispuesto en la Resolu- ción Nº 05088-1-2003 de fecha 5 de setiembre de 2003, precedentemente señalada; Que, mediante Resolución Nº 06626-1-2004 de fe- cha 7 de setiembre de 2004, el Tribunal Fiscal declara que la Administración no cumplió con remitir las copias solicitadas ni las pruebas que según la recurrente ha- bían sido acompañadas a sus recursos, no procedien- do que el Tribunal resuelva los recursos de apelación tratándose de expedientes en los que sólo consta copia simple o certificada de los referidos recursos, con excep- ción de aquellos expedientes desglosados, modificados o reconstruidos, por lo que declaró nulo el concesorio de las apelaciones formuladas debiendo la Administración cumplir con tales requerimientos; Que, mediante Resolución Nº 09045-1-2004 de fe- cha 19 de noviembre de 2004, el Tribunal Fiscal señala laimposibilidad de pronunciarse sobre dichas apelaciones, dado que no cuenta con los referidos recursos impugnati- vos y declara fundada la queja interpuesta por PETRO- PERU, reiterando a la Administración Tributaria el cum- plimiento de tal requerimiento en el plazo de cinco días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, bajo apercibimiento de formularse denuncia penal por los delitos de desobediencia y resistencia a la autoridad; Que, mediante Resolución Nº 09707-1-2004 de fe- cha 17 de diciembre de 2004, el Tribunal Fiscal señala que no obstante haber transcurrido el plazo otorgado, la Administración una vez más ha incumplido con lo solici- tado, por lo que declara fundada la queja interpuesta, debiendo la Administración dar cumplimiento a lo dis- puesto mediante la Resolución Nº 09045-1-2004 y dis- poniendo se oficie al Procurador Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para sus efectos; Que, el artículo 156º del Código Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal de- ben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcio- narios de la Administración; Que, el incumplimiento por parte de la Municipalidad Provincial de Talara, a dar cumplimiento al mandato del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razo- nables de la comisión de los delitos contra la Admi- nistración Pública - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los artículos 368º y 377º del Código Penal aprobado por Decreto Legislati- vo Nº 635 y normas modificatorias; Que, además, el Tribunal Fiscal mediante Resolución Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constitu- ye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sancio- nes a los funcionarios de la Administración Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en res- ponsabilidad penal, la que deberá hacer efectiva el Po- der Judicial a través del proceso penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procura- dor Público del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto, resulta procedente autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas para que, en re- presentación y defensa de los intereses del Estado, in- terponga las acciones judiciales pertinentes contra quie- nes resulten responsables de la comisión de estos deli- tos; Que, por otro lado, mediante Resolución Ministerial Nº 581-2004-EF/10 de 9 de diciembre de 2004, se autorizó al Procurador Público encargado de los asun- tos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas a interponer las acciones judiciales pertinentes contra los que resulten responsables de la Municipalidad Provincial de Talara por incumplimiento de lo dispues- to en la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 9554-4-2001 de fecha 30 de noviembre de 2001, habiéndose con- signado erróneamente en el Sexto Considerando de dicha Resolución Ministerial la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 580-4-2002, cuando la que corresponde es la precedentemente señalada Resolución del Tribunal Fiscal Nº 9554-4-2001, lo que amerita la correspon- diente modificación; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representación y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Ministerio de Econo- mía y Finanzas para que, en nombre y representación del Estado, interponga las acciones judiciales correspon- dientes contra los presuntos responsables de la Munici- palidad Provincial de Talara, por la comisión de los deli- tos contra la Administración Pública - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Modificar el Sexto Considerando de la Resolución Ministerial Nº 581-2004-EF/10 de 9 de diciembre de 2004, en el sentido que la Resolución