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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G33/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 5 de febrero de 2005 Artículo 2º.- Remítase copia de la presente resolu- ción al mencionado Procurador Público, para su cumplimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 02687 /G50/G72/G65/G63/G69/G6F/G73/G20/G43/G49/G46/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G56/G61/G72/G69/G61/G62/G6C/G65/G20/G41/G64/G69/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6F/G72/G65/G62/G61/G6A/G61/G20/G61/G72/G61/G6E/G63/G65/G6C/G61/G72/G69/G61/G20/G61/G20/G69/G6D/G70/G6F/G72/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6D/G61/GED/G7A/G2C/G20/G61/G7A/GFA/G63/G61/G72/G2C/G20/G61/G72/G72/G6F/G7A/G20/G79/G20/G6C/GE1/G63/G74/G65/G6F/G73 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 003-2005-EF/15 Lima, 4 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modifi- catorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modificó el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, por Decreto Supremo N° 075-2004-EF se dis- puso que las Tablas Aduaneras del Maíz, Arroz y Lác- teos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002- EF y la Tabla Aduanera del Azúcar a que se refiere el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 153-2002-EF ten- drán vigencia hasta el 30 de junio de 2005; Que, corresponde publicar los precios CIF de referen- cia para el período comprendido entre el 16 y el 31 de enero de 2005; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del Derecho Variable Adi- cional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche Entera en Polvo Del 16/1/2005 118 285 334 2 309 al 31/01/2005 Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Viceministro de Economía 02672 EDUCACIÓN /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G65/G73/G20/G79/G20/G61/G74/G72/G69/G62/G75/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/GED/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G79/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G2D /G6E/G61/G6E/G20/G61/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G72/G61/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G72/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0669-2004-ED Lima, 29 de diciembre de 2004CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27209, Ley de Gestión Pre- supuestaria del Estado, en concordancia con lo dispues- to en la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, que entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2005, se establecen las normas fundamenta- les que rigen las distintas fases del proceso presu- puestario, los criterios técnicos y los mecanismos ope- rativos que permitan optimizar la gestión administrativa y financiera del Estado; Que, por Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, y la Directiva Nº 001-2005-EF/76.01, para la aprobación del Presupues- to Institucional de Apertura de los Pliegos del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local para el Año Fiscal 2005, aprobada por Resolución Directoral Nº 055-2004-EF/76.01, se establecen las normas para el proceso presupuestario que deben observar los orga- nismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal 2005; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 668-2004- ED se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Egresos del Pliego 010 Ministerio de Educación para el Año Fiscal 2005, así como la Estruc- tura Funcional Programática de Apertura, por Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad y Proyecto; Que, conforme a la organización interna del Ministe- rio de Educación, aprobada por Decreto Supremo Nº 51-95-ED y al Reglamento de Organización y funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-96-ED, corres- ponde a la Secretaría General las funciones relativas a la gestión administrativa del Ministerio, a través de la Oficina de administración; Que, a afectos de lograr una gestión administrativa más dinámica en materia presupuestaria en el Ministerio de Educación, resulta pertinente delegar al Secretario General, las facultades que en materia presupuestal le corresponde al Titular del Pliego, en armonía a lo señala- do en los artículos 38º, 39º, 40º y 41º y demás pertinen- tes de la Ley Nº 28411-Ley General del Sistema Nacio- nal de Presupuesto, que no sean de exclusiva compe- tencia del Titular del Pliego; Que, asimismo, es necesario designar a los jefes de las Unidades Ejecutoras, responsables de la adminis- tración y ejecución presupuestaria a nivel de Funciones, Programas, Subprogramas, Actividades y Proyectos, Componentes y el logro de las Metas Presupuestarias previstas para el Ejercicio Presupuestario 2005; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación; y, De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Proce- dimiento Administrativo General, la Ley Nº 28247- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Orgánica del Minis- terio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nº 51-95-ED y Nº 002-96-ED y la Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Delegar a la Secretaría General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2005, las siguientes facultades y atribuciones del Titular del Pliego 010:Ministerio de Educación: a) De gestión y resolución respecto de las Funcio- nes, Programas, Subprogramas, Actividades y Proyec- tos a su cargo y el logro de las metas previstas para dicho ejercicio. b) De gestión y resolución que correspondan al Titu- lar del Pliego en materia presupuestaria, las mismas que se detallan a continuación: - Autorización de Modificaciones Presupuestarias en- tre Actividades y proyectos de una misma Unidad Eje- cutora o entre Unidades Ejecutoras. - Aprobación de las Resoluciones de Modificaciones Presupuestarias mediante créditos y anulaciones pre- supuestarias entre Unidades Ejecutoras. - Aprobación de las Resoluciones de Formalización de Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcio- nal Programático.