Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (10/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 65

PÆg. 286635 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de febrero de 2005 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Aprueban Reglamento sobre la Participación de los Delegados Veci- nales en las sesiones del Concejo Muni- cipal DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2005-ALC/MSI San Isidro, 7 de febrero de 2005 EL ALCALDE DE SAN ISIDROCONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordanciacon el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídi-co; Que, conforme lo establece el artículo 197º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Leyde Reforma Constitucional Nº 27680, los gobiernos lo- cales promueven, apoyan y reglamentan la participa- ción vecinal en el desarrollo local; Que, es necesario fortalecer una cultura orientada a la participación y al establecimiento de co-responsabili- dades entre autoridades y ciudadanos para la vigilanciade la gestión pública como contrapeso y control necesa- rio al poder político; Que, los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno en la Municipalidad de su circunscripción, a través de mecanismos de participa-ción vecinal establecidos por cada Municipalidad, con- forme lo establece el artículo 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, la participación ciudadana en los asuntos relacio- nados a la gestión municipal, se asocia a los fenómenos de la democracia y la gobernabilidad de los sistemaspolíticos, teniendo en cuenta que un régimen democráti- co supone la existencia de mecanismos de participación ciudadana en el ejercicio del poder y en los asuntospúblicos, todo ello en base a los principios de transparen- cia en la gestión y participación en la toma de decisiones públicas; Que, mediante Ordenanza Nº 90-MSI se aprobó la Constitución de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro, así como el Reglamento de Organización y Fun-ciones de dichas organizaciones vecinales; Que las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro son organizaciones sociales autónomas conformadaspor vecinos de la jurisdicción del distrito de San Isidro, agrupados en subsectores delimitados geográficamen- te, las que se constituyen en mecanismos que fomentanla participación vecinal, conforme lo establece el artículo 28º de la Ordenanza Nº 90-MSI; Que, con fecha 28.11.04 se realizó las elecciones vecinales para elegir a los representantes de las prime- ras Juntas Vecinales del distrito de San Isidro; Que, los Delegados Vecinales pueden participar en las sesiones del Concejo Municipal, con voz pero sin voto, conforme lo señala el artículo 32º de la Ordenanza Nº 90-MSI; Que, es necesario reglamentar la participación de los Delegados Vecinales del distrito de San Isidro en las sesiones del Concejo Municipal de esta Corporación Edil,a fin de establecer los canales adecuados para atender las inquietudes de los mismos y de los vecinos a los que representan; Que, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, san- cionan los procedimientos necesarios para la correcta yeficiente administración municipal y resuelven o regulanasuntos de orden general y de interés para el vecinda- rio, que no sean de competencia del Concejo Municipal, conforme lo establece el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y, En uso de las facultades conferidas por los artículos 20º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Único.- APROBAR el Reglamento sobre la Participación de los Delegados Vecinales en las sesio- nes del Concejo Municipal de San Isidro, el mismo quecomo Anexo forma parte integrante del presente decre- to. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla.JORGE SALMON JORDAN Alcalde REGLAMENTO SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE LOS DELEGADOS VECINALES EN LAS SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO Artículo Primero.- El presente Reglamento tiene por objeto regular la participación exclusiva de los Delega-dos Vecinales del distrito de San Isidro en las sesiones del Concejo Municipal de esta Corporación Edil, a fin de establecer los canales adecuados para atender las in-quietudes de los mismos y de los vecinos a los que representan. Artículo Segundo.- Para efectos de lo establecido en la Ordenanza Nº 90-MSI, el Concejo Municipal se reunirá exclusivamente con los Delegados Vecinales con una periodicidad cuatrimestral en sesión extraordinaria.La convocatoria se efectuará a través de una Resolu- ción de Alcaldía específica. La publicación de dicha Resolución de Alcaldía debe- rá hacerse con una anticipación de 30 días a la celebra- ción de la sesión extraordinaria de Concejo, a fin que los Delegados Vecinales organicen su participación en elacto, así como presenten los asuntos que desean tratar en la sesión de Concejo, conforme a los procedimientos establecidos en el presente Reglamento. Artículo Tercero.- El Delegado Vecinal o Presidente de un Subsector puede participar en la sesión de Con- cejo a que se refiere el artículo anterior con voz pero sinvoto, en todos aquellos asuntos en los que tenga com- petencia, conforme a lo reglado en la Ordenanza Nº 90- MSI. Excepcionalmente podrá ser representado por unmiembro de su Junta Directiva, quien se acreditará con un poder simple con firma legalizada ante notario. Los temas a incorporarse a la Agenda de la sesión de Concejo, deberán cumplir los siguientes requisitos: 1. Los temas propuestos deben relacionarse con los objetivos de las Juntas Vecinales, descritos en el artícu- lo 30º de la Ordenanza Nº 90-MSI. 2. Los temas propuestos deberán estar sustentados en una hoja resumen, la misma que será suscrita por el Delegado Vecinal, adjuntando a la misma una copia cer- tificada por el fedatario municipal, del Acta de Asambleade la Junta Vecinal en la que se acordó que dichos temas fueran propuestos para ser incorporados en la Agenda. Dicho acuerdo deberá cumplir con todos y cada uno delos requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 90-MSI. 3. No podrá presentarse más de dos temas para ser incorporados en la Agenda. 4. La documentación requerida deberá ser presenta- da en un plazo no mayor de 15 días de haberse publica- do la convocatoria a sesión extraordinaria de Concejo. Artículo Cuarto.- La Subgerencia de Participación Vecinal es la encargada de recibir la documentación a que se hace mención en el artículo anterior y de dar su conformidad en cada caso. Si tuviera alguna observa-ción, deberá comunicarla por escrito al Delegado Vecinal interesado en un plazo no mayor de cuatro días de ha- ber recibido la referida documentación, para que éstelevante las observaciones formuladas en un plazo no