Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2005 (10/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, jueves 10 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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Disponen de caracter prioritario asignar recursos presupuestarios a la Oficina Regional de Control Institucional para cumplir con funciones fiscalizadoras
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 271-2005/GRP-CR MORDAZA, 5 de enero de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 002-2005/GRP-120000, de fecha 4 de enero del 2005, remitido por la Oficina Regional de Control Institucional, sobre priorizacion del Presupuesto del Organo de Control Institucional. CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto en el inciso 1) del articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, los articulos 11º y 13º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902, establecen que el Consejo Regional es el Organo Normativo y Fiscalizador del Gobierno Regional; Que, el articulo 75º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, senala que el Gobierno Regional esta sujeto a la fiscalizacion y control permanente del Consejo Regional y del Organo de Control Institucional, debiendo dichas acciones ejercerse en base a los principios de Gestion Publica; Que, el parrafo MORDAZA del articulo 17º de la Ley Nº 27785 - "Ley Organica del Sistema Nacional de Control", senala que el titular de la entidad tiene la obligacion de cautelar la adecuada implementacion del Organo de Auditoria Interna y la asignacion de recursos suficientes para la normal ejecucion de sus actividades de control; Que, el articulo 8º del Reglamento de los Organos de Control Institucional aprobado mediante Resolucion de Contraloria General Nº 114-2003-CG de fecha 8 de MORDAZA del 2003, establece que el Titular del Pliego de la entidad, bajo responsabilidad, debe implementar una unidad especializada con la denominacion de Organo de Control Institucional, cautelando su adecuado funcionamiento y asignacion de los recursos necesarios para la ejecucion de sus acciones y actividades de control; Que, en el articulo 34º del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado con Ordenanza Regional Nº 022-2003/GRP-CR, senala que, "el Organo de Control esta constituido por la Oficina Regional de Control Institucional, responsable de realizar las actividades de control de la gestion, administracion, economia y finanzas, de los recursos y bienes de la Region, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Organica del Sistema Nacional de Control, y de la Contraloria General de la Republica. El Jefe de la Oficina Regional de Control Institucional es un funcionario seleccionado y nombrado por la Contraloria General de la Republica, mediante concurso publico de meritos. Su ambito de control MORDAZA a todos los organos del Gobierno Regional y todos los actos y operaciones conforme a Ley"; Que, mediante Oficio Nº 002-2005/GRP-120000, de fecha 4 de enero del 2005, la Oficina Regional de Control Institucional alcanza un Proyecto de Ordenanza Regional, referente a la priorizacion de su presupuesto; Que, para garantizar el adecuado funcionamiento de la Oficina de Regional de Control Institucional del Gobierno Regional de MORDAZA, es necesario que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial realice las previsiones y asignaciones presupuestarias de acuerdo con los requerimientos que efectue dicha oficina, para el normal desarrollo de sus funciones conforme a ley; El Consejo Regional, en Sesion Extraordinaria Nº 01, celebrada el dia 5 de enero de 2005, en la MORDAZA de MORDAZA, con el MORDAZA unanime de sus miembros, y en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley Nº 27680, y Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902; ACUERDA: Articulo Primero.- Considerar de caracter prioritario la asignacion de Recursos Presupuestarios para la

Oficina Regional de Control Institucional del Gobierno Regional de MORDAZA, a fin que pueda cumplir sus funciones fiscalizadoras y de control conforme a Ley. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y a la Oficina Regional de Administracion, para que, previa evaluacion presupuestaria, efectuen las previsiones y asignaciones presupuestarias que garanticen el normal funcionamiento de la Oficina Regional de Control Institucional. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional MORDAZA 02884

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Modifican requisitos y derecho de pago de autorizacion para instalar y renovar elementos de seguridad en las vias locales del Cercado de MORDAZA
ORDENANZA Nº 743 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto, en Sesion de Concejo de fecha veintisiete de enero de 2005; con dispensa del tramite de aprobacion del Acta y por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LOS REQUISITOS Y EL DERECHO DE PAGO DE LA AUTORIZACION PARA LA INSTALACION Y RENOVACION DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD EN LAS VIAS LOCALES DEL CERCADO DE MORDAZA (CON REJAS BATIENTES, PLUMAS LEVADIZAS Y/O CASETAS DE SEGURIDAD) Articulo 1º.- Fijese en porcentajes de la UIT vigente, los montos de los derechos que se deben pagar para solicitar la Autorizacion para instalar Elementos de Seguridad en las Vias Locales del Cercado de MORDAZA, de la forma siguiente:
- Inspeccion Ocular por cada elemento de seguridad: - Autorizacion para la Instalacion por cada elemento de seguridad: 1.452% de UIT 4.670% de UIT

Articulo 2º.- Modifiquese en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Nº 591, el procedimiento 13.6 "Por Instalacion de Elementos de Seguridad en las Vias Locales del Cercado de MORDAZA (con Rejas Batientes, Plumas Levadizas y/o Casetas de Seguridad)", a cargo de la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA y agreguese los items 13.6.1 y 13.6.2, de acuerdo al detalle consignado en el anexo adjunto. Articulo 3º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de enero de dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA

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