Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2005 (10/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 10 de febrero de 2005

pondiente a los E.P. Varones Tacna (poblacion penal), Varones Tacna (personal INPE), Mujeres Tacna (poblacion penal) y Mujeres Tacna (personal INPE), respectivamente, cuya vigencia del contrato es hasta el 31 de diciembre de 2004; finalmente la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0001-2004-INPE/300 "Suministro de Alimentos Preparados para internos y personal INPE que labora 24 x 48 horas del Establecimiento Penitenciario Samegua MORDAZA de la Direccion Regional Sur Arequipa", declarandose desierto y llevandose a cabo la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0120-2004-INPE/300, adjudicandose los items I y II, correspondiente a los E.P. Samegua MORDAZA (poblacion penal) y Samegua MORDAZA (personal INPE), cuya vigencia del contrato es hasta el 31 de diciembre de 2004; Que, asimismo el referido informe senala que se ejecutaron anticipadamente los citados contratos como consecuencia del aumento de la poblacion penal, por lo que se dispuso la ejecucion de prestaciones adicionales, posteriormente se realizaron procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia y finalmente se ejecutaron las ampliaciones contractuales de todos los contratos, debiendo culminar aproximadamente el 31 de enero de 2005, en los E.P. de Socabaya Varones, Mujeres, Chivay y Camana; y el 8 de febrero de 2005 en los E.P. de Tacna Varones, Tacna Mujeres y Samegua Moquegua; Que, ante esta circunstancia la Direccion Regional Sur MORDAZA manifiesta que es necesario declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente, por el periodo de setenta y uno (71) dias calendario, la contratacion del Suministro de Alimentos Preparados para internos y personal INPE que labora las 24 x 48 horas para los Establecimientos Penitenciarios de Tacna Varones, Tacna Mujeres y Samegua Moquegua; y por el periodo de setenta y siete (77) dias calendario, para los Establecimientos Penitenciarios de Socabaya Varones, Socabaya Mujeres, Chivay y Camana, hasta por la suma de Cuatrocientos Cuarenta y Siete Mil Seiscientos Veintiuno con 00/100 Nuevos Soles (S/. 447,621.00), importe que servira para cubrir los gastos de alimentos preparados mientras se realicen los procesos de seleccion correspondientes, ya que los internos de los mencionados Establecimientos Penitenciarios requieren de ellos porque su desabastecimiento compromete directamente los servicios esenciales que presta el Instituto Nacional Penitenciario, teniendo en cuenta que el suministro de alimentos no puede ser suspendido porque su ausencia puede ocasionar grave deterioro en la salud de la poblacion penal, asi como actos de violencia, reclamos y protestas de estos que comprometerian directa e inminentemente, tanto la seguridad de los internos como de los Centros Penitenciarios; debiendose tener presente que la situacion expuesta se encuentra prevista en el inciso c) del articulo 19º e inciso a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, segun el articulo 21º del acotado dispositivo legal, se considera Situacion de Desabastecimiento Inminente cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; por lo que dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; debiendo adquirirse en forma directa mediante acciones inmediatas, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparencia y economia en el MORDAZA de adjudicacion de acuerdo al articulo 3º de la referida MORDAZA legal; Que, mediante los articulos 141º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, se encuentran senalados los procedimientos para los procesos de seleccion exonerados, debiendo la Direccion Regional Sur MORDAZA sujetarse estrictamente a la MORDAZA indicada para la compra de lo indispensable a fin de paliar la situacion; sin perjuicio de que se realicen los procesos de seleccion correspondientes para las adquisiciones definitivas;

Que, de otro lado se evidencia que la Direccion Regional Sur MORDAZA, ha contratado complementariamente el suministro de alimentos preparados, adicional al monto contratado, por lo que a fin de establecer si dicho adicional se encuentra dentro de los alcances del articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se debe disponer las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas a que hubiera lugar, cuya conducta negligente hubiese originado la presencia o configuracion de la situacion de desabastecimiento; Estando a lo solicitado por la Direccion Regional Sur MORDAZA y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica, contandose con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario y de las Oficinas Generales de Administracion y Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por los Decretos Supremos Nº 083-2004-PCM y Nº 084-2004-PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS, y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR en Situacion de Desabastecimiento Inminente la adquisicion de Suministros de Alimentos Preparados para internos y personal INPE que labora 24 x 48 horas, por el periodo de setenta y uno (71) dias calendario y para los Establecimientos Penitenciarios de Tacna Varones, Tacna Mujeres y Samegua Moquegua; y por el periodo de setenta y siete (77) dias calendario, para los Establecimientos Penitenciarios de Socabaya Varones, Socabaya Mujeres, Chivay y Camana, a partir de la fecha de la presente Resolucion, mientras se llevan a cabo los procesos de seleccion programados para los citados Establecimientos Penitenciarios de la Direccion Regional Sur MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- EXONERAR a la Direccion Regional Sur MORDAZA, del requisito de Licitacion Publica para la adquisicion de Alimentos Preparados a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR a la Direccion Regional Sur MORDAZA, para la adquisicion de Suministros de Alimentos Preparados para los internos y personal INPE que labora 24 x 48 horas en los Establecimientos Penitenciarios de la Unidad Ejecutora 007: Direccion Regional Sur MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: Nº ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO 1 SOCABAYA VARONES 2 SOCABAYA MUJERES 3 CHIVAY 4 CAMANA 5 SAMEGUA 6 TACNA VARONES 7 TACNA MUJERES TOTAL DIAS 77 77 77 77 71 71 71 TOTAL S/. 210,633.50 30,261.00 4,658.50 29,183.00 21,442.00 119,670.50 31,772.50 447,621.00

Dicha autorizacion es por los periodos de setenta y uno (71), y setenta y siete (77) dias calendario, respectivamente, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la Situacion de Desabastecimiento Inminente prevista en el articulo precedente debiendo de adquirir los alimentos preparados mediante procesos de adjudicacion de Menor Cuantia bajo responsabilidad, segun corresponda, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Articulo 4º.- COMUNICAR a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones

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