Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2005 (10/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, jueves 10 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 286629

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Precisan costos de tasa por estacionamiento vehicular en los servicios vespertino y nocturno
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2005-MDB MORDAZA, 26 de enero del 2005 EL MORDAZA DISTRITAL DE BARRANCO VISTA, la Ordenanza Nº 214-MDB de fecha 25 de octubre del 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 214-MDB se establecio en la jurisdiccion de Barranco la "Tasa por Estacionamiento Vehicular"; Que, en la referida ordenanza, por error, se establece como MORDAZA de estacionamiento vehicular la Av. Republica de Panama, siendo necesario precisar que dicha avenida no esta destinada a estacionamiento vehicular; Que, el articulo 6º de la Ordenanza Nº 214-MDB establece cual es el monto de la tasa por Estacionamiento Vehicular, precisandose en los literales b) y c) que el costo corresponde a cada hora o fraccion; Que, es necesario aclarar que el costo de la tasa por Estacionamiento Vehicular en el servicio vespertino se fija en S/ . 1.00 (UN MORDAZA SOL) por hora o fraccion y de 2 horas a mas en el monto unico de S/. 2.00 (DOS NUEVOS SOLES); Que asimismo, es necesario aclarar que el costo de la tasa por Estacionamiento Vehicular en el servicio nocturno se fija en S/. 1.00 (UN MORDAZA SOL) por hora o fraccion y de 3 horas a mas en el monto unico de S/. 3.00 (TRES NUEVOS SOLES); Que, la tercera disposicion final de la Ordenanza Nº 214-MDB faculta al MORDAZA para que reglamente la referida ordenanza para su adecuada aplicacion; En uso de las facultades conferidas por el articulo 20º inciso 6 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972 y la MORDAZA anteriormente mencionada; DECRETA: Articulo Primero.- Precisar que el costo de la tasa por Estacionamiento Vehicular en el servicio vespertino, en el distrito de Barranco, se fija en S/. 1.00 (UN MORDAZA SOL) por hora o fraccion y por 2 a mas horas en el monto unico de S/. 2.00 (DOS NUEVOS SOLES). Articulo Segundo.- Precisar que el costo de la tasa por Estacionamiento Vehicular en el servicio nocturno, en el distrito de Barranco, se fija en S/. 1.00 (UN MORDAZA SOL) por hora o fraccion y por 3 o mas horas, en el monto unico de S/. 3.00 (TRES NUEVOS SOLES). Articulo Tercero.- Modificar los literales b) y c) del articulo 6º de la Ordenanza Nº 214-MDB, segun la precision contenida en los articulos primero y MORDAZA de la presente ordenanza. Articulo Cuarto.- Precisar que la Av. Republica de Panama no esta destinada a Estacionamiento Vehicular. Articulo Quinto.- Dejar sin efecto el Decreto de Alcaldia Nº 021-2004-MDB. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 02839

EL MORDAZA DISTRITAL DE BARRANCO VISTA, la Ordenanza Nº 214-MDB de fecha 25 de octubre del 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 214-MDB se establecio en la jurisdiccion de Barranco la "Tasa por Estacionamiento Vehicular"; Que, en la referida ordenanza, se establece como MORDAZA de estacionamiento vehicular el MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en los tres turnos: diurno, vespertino y nocturno; Que, el literal c) del articulo 6º de la Ordenanza Nº 214-MDB, establece el turno nocturno entre las 21.01 y las 06.00 horas; Que, el estacionamiento de los vehiculos en el Jr. MORDAZA MORDAZA a partir de las 23.00 horas ocasiona molestias al vecindario; Que, a fin de evitar malestar en el vecindario del Jr. MORDAZA MORDAZA es necesario establecer que esta permitido el estacionamiento vehicular en sus cuadras 1, 2, 3 y 4, en el lado par y en sentido paralelo, en el turno nocturno unicamente desde las 21.01 a las 23.00 horas; Que, la tercera disposicion final de la Ordenanza Nº 214-MDB faculta al MORDAZA para que reglamente la referida ordenanza para su adecuada aplicacion; En uso de las facultades conferidas por el articulo 20º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 y la MORDAZA anteriormente mencionada; DECRETA: Articulo Primero.- Establecer que esta permitido el estacionamiento vehicular en las cuadras 1, 2, 3 y 4 (lado par) del Jr. MORDAZA MORDAZA, en sentido paralelo, en el turno nocturno, unicamente desde las 21.01 a las 23.00 horas. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia Municipal. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 02840

Modifican Cuadro de Estructura de Costos por el Servicio de Estacionamiento Vehicular
DECRETO DE ALCALDIA Nº 020-2004-MDB MORDAZA, 29 de diciembre del 2004 EL MORDAZA DISTRITAL DE BARRANCO VISTA, la Ordenanza Nº 214-MDB de fecha 25 de octubre del 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 214-MDB se establecio en la jurisdiccion de Barranco la "Tasa por Estacionamiento Vehicular"; Que, el articulo 11º de la Ordenanza Nº 214-MDB establece cuales son los costos del servicio de parqueo vehicular, precisandose el rubro "servicio de grua y MORDAZA mecanico", advirtiendose que dicho rubro no corresponde; Que, asimismo, se ha advertido que no se han incluido en los costos indirectos el rubro "movilidad, combustible y mantenimiento de vehiculos"; Que, la tercera disposicion final de la Ordenanza Nº 214-MDB faculta al MORDAZA para que reglamente la referida ordenanza para su adecuada aplicacion; Que, es necesario precisar cuales son los costos del servicio de parqueo vehicular; En uso de las facultades conferidas por el articulo 20º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 y la MORDAZA anteriormente mencionada;

Establecen zonas y horario en el turno nocturno para el estacionamiento vehicular en el MORDAZA MORDAZA MORDAZA del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2005-MDB MORDAZA, 31 de enero del 2005

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