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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (10/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 48

PÆg. 286618 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de febrero de 2005 Magistratura, Fiscal Superior Decano del Distrito Judi- cial de Lima, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 02942 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 241-2005-MP-FN Lima, 9 de febrero de 2005VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 082-2005-CNM, de fecha 25 de enero del 2005, el Consejo Nacional de la Magistratu- ra nombra a la doctora Edith Alicia Chamorro Bermúdez,actual Fiscal Adjunta Provincial Titular de Lima, promovi- da a Fiscal Provisional, como Fiscal Provincial en lo Pe- nal de Lima, Distrito Judicial de Lima, lo que hace nece-sario designarle el Despacho correspondiente; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica delMinisterio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora Edith Alicia Chamorro Bermúdez, comoFiscal Provincial Provisional de la Primera Fiscalía Penal Supraprovincial - Sede Lima, materia de la Resolución Nº 106-2003-MP-FN, de fecha 27 de enero del 2003. Artículo Segundo.- Designar a la doctora Edith Ali- cia Chamorro Bermúdez, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de laPrimera Fiscalía Penal Supraprovincial - sede en Lima. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Presidente del Consejo Nacional de laMagistratura, Fiscal Superior Decano del Distrito Judi- cial de Lima, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 02943 S B S Autorizan contratación de soporte y mantenimiento de hardware y software y otros servicios con diversas empre- sas RESOLUCIÓN SBS Nº 180-2005 San Isidro, 31 de enero de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTO:Los Informes Técnicos Nº 002-2005-ST, Nº 003-2005- ST, Nº 004-2005-ST emitidos por el Departamento deSoporte Técnico y el Memorándum Nº 550-2004-GOS, de la Gerencia de Organización y Sistemas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Técnico Nº 002-2005-ST de fecha 20 de enero de 2005, el Departamento de Soporte Técnico sustenta técnicamente las razones por las cua-les los equipos marca SUN MicroSystems deben contar con un servicio de soporte que garantice la continuidad de los servicios que éstos brindan, toda vez que dichosequipos forman parte esencial y crítica de la plataforma tecnológica central de la red de la Superintendencia de Baca y Seguros, recomendando contratar el servicio con un proveedor autorizado por el propio fabricante delos equipos; Que, en concordancia con lo anteriormente señala- do, mediante Carta de fecha 12 de enero de 2005, laempresa Sonda del Perú S.A. hace llegar a esta Super- intendencia, la constancia emitida por SUN Microsyste- ms Región Andes, de fecha 18 de octubre de 2004, me-diante la cual se acredita que la empresa Sonda del Perú, es la única empresa en el país autorizada por SUN para atender garantías, brindar soporte técnico y entre-gar servicios a los productos de SUN Microsystems; Que el Departamento de Soporte Técnico, mediante Informe Nº 004-2005-ST de fecha 20 de enero de 2005concluye que el servidor de almacenamiento EMC Sym- metrix 3330 es un componente esencial para soportar los sistemas de información de la Superintendencia Ad-junta de Administradora de Fondos de Pensiones, por lo que a fin de garantizar una alta disponibilidad del mencio- nado equipo, se requiere contar con un servicio de so-porte y mantenimiento de hardware y software brindado directamente por el fabricante o por un centro autoriza- do por éste, lo cual permitirá contar con las actualizacio-nes de software y reparar los componentes de hard- ware ante una falla de éstos; Que, en este sentido, mediante Carta EMC - 0113/04 de fecha 13 de enero de 2005, la empresa EMC Corpo- ration, deja constancia que la empresa EMC del Perú S.A. es la única subsidiaria directa para Perú de EMCCorporation, quien a su vez es el fabricante único del Arreglo de Discos Symmetrix Modelo 3330-18, contan- do con toda la infraestructura logística de repuestos ori-ginales, personal calificado y capacidad de soporte local y remoto vía los centros de soporte PSE Lab y Cs Tech Support, de acuerdo a los estándares de servicio que lacorporación mantiene para sus clientes; Que, de otro lado, mediante Informe Nº 003-20005- ST, el Departamento de Soporte Técnico concluye quelos servidores marca NCR con que cuenta la Superin- tendencia de Banca y Seguros, forman parte importante de la plataforma tecnológica central de la red, por lo quedeben contar con un servicio de soporte que garantice la continuidad de los servicios que brindan, para lo cual se deberá contar con un proveedor que esté autorizadopor el fabricante de los equipos para brindar el servicio a nivel local; Que, en concordancia con ello, con fecha 18 de ene- ro de 2005 se recibió la carta Nº WCS-C-003-05, me- diante la cual NCR del Perú S.A. informa que como em- presa subsidiaria de NCR Corporation, es la única com-pañía autorizada y respaldada en el Perú por NCR para brindar servicios de soporte a los equipos de marca NCR, como los que posee la Superintendencia de Ban-ca y Seguros; Que, finalmente, mediante Memorándum Nº 550- 2004-GOS, la Gerencia de Organización y Sistemasconcluye que los productos Oracle con los que cuenta la Superintendencia de Banca y Seguros deberán tener los niveles de soporte necesario para mantener la ope-ratividad de los sistemas de información de la Institu- ción, por lo que se hace necesaria la renovación del servicio de actualización y soporte de los mencionadosproductos; Que en concordancia con lo señalado anteriormente, la empresa Oracle Corporation, con fecha 26 de enerode 2004, remite a esta Superintendencia una carta en la cual indica que ésta es la empresa que cuenta con los derechos de distribución de los productos Oracle y comotal la empresa Sistemas Oracle del Perú S.A. es la única empresa autorizada por Oracle Corporation para ofre- cer la renovación del servicio de soporte técnico de Ora-cle, el cual incluye la instalación de software y el soporte de productos; Que en mérito a los antecedentes antes descritos, el Departamento Legal, mediante Informe Nº 086-2005-LEG señala que las empresas SONDA DEL PERU S.A., EMC del Perú S.A., NCR del Perú S.A. y Sistemas Oracle delPerú S.A., se constituyen en proveedores únicos, toda vez que son las únicas empresas autorizadas en el Perú para brindar los servicios descritos en los antecedentesdel presente informe, por lo que conforme a lo dispuesto por el literal e) del artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado me-